Sentencia nº 000355-2005/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 7 de Abril de 2005

Fecha de Resolución 7 de Abril de 2005
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente190600-2003/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0355-2005/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 190600-2003
1-10
SOLICITANTE : CORPORACIÓN INFARMASA S.A.
OPOSITORA : GRUPO INTERNACIONAL FARMACÉUTICO GRUFARMA S.A.
Nulidad de la Resolución de Primera Instancia
Lima, siete de abril del dos mil cinco
I. ANTECEDENTES
Con fecha 15 de setiembre del 2003, Corporación Infarmasa S.A. (Perú) solicitó el
registro de la marca de producto EUCORAM, para distinguir productos
farmacéuticos, veterinarios; productos farmacéuticos para la medicina, productos
dietéticos para niños y enfermos; sustancias dietéticas para uso médico, alimentos
para bebés; emplastos, material para apósitos; material para empastar dientes y para
improntas dentales; desinfectantes; productos para la destrucción de malas hierbas y
animales dañinos; fungicidas, herbicidas, de la clase 5 de la Nomenclatura Oficial.
Con fecha 21 de noviembre del 2003, Grupo Internacional Farmacéutico Grufarma
S.A. (Colombia) formuló oposición manifestando lo siguiente:
(i) Es titular en Colombia de la marca EUCORAN, que distingue productos de la
clase 5 de la Nomenclatura Oficial, inscrita bajo certificado Nº 143359, vigente
hasta el 5 de agosto del 2013, la cual es idéntica al signo solicitado.
(ii) Los signos tienen como denominación el mismo término EUCORAN, siendo
gráfica y fonéticamente idénticos.
(iii) Fundamentó su oposición en el artículo 147 de la Decisión 486 y adjuntó
resoluciones que consideró aplicables al caso.
Mediante proveído de fecha 24 de noviembre del 2003, de conformidad con lo
previsto en el artículo 147 de la Decisión 486, la Oficina de Signos Distintivos requirió
a la opositora que cumpla con acreditar su interés real en el mercado peruano,
debiendo a tal efecto presentar copia de la solicitud de registro presentada en el Perú
de la marca EUCORAN, registrada previamente en Colombia, dentro del plazo de 48
horas, bajo apercibimiento de no considerarse como fundamento de la oposición.
Con fecha 10 de diciembre del 2003, Grupo Internacional Farmacéutico Grufarma
S.A. presentó una copia de la solicitud de registro de la marca EUCORAN en la clase
5 de la Nomenclatura Oficial, tramitada bajo expediente Nº 196367-2003, a fin de
acreditar su interés real en el mercado peruano.

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