Dictamen recaído sobre el Proyecto Nº 8633/2003-CR, de 7 de Noviembre de 2012

EmisorEducación, Ciencia, Tecnología, Cultura y Patrimonio Cultural

DICTAMEN

Proyecto de Ley N° 8633/2003-CR, que

propone crear un Régimen Especial de

Inasistencias Justificadas y un Sistema

Especial de Evaluación para niños,

adolescentes y jóvenes embarazadas de

educación primaria o secundaria, sean

estos menores o de may ores edad, de

Colegios Estatales y No Estatales.

Señor Presidente: Ha sido enviado para dictamen el Proyecto de Ley N° 8633/2003-CR, que propone crear un Régimen Especial de Inasistencias Justificadas y un Sistema Especial de Evaluación para niñas, adolescentes y jóvenes embarazadas de educación primaria o secundaria, sean estos menores o de mayores edad, de Colegios Estatales y No Estatales, presentado por los señores congresistas Jonhy Peralta Cruz, José Luis Risco Montalván, Daniel Robles López y Mario Ochoa Vargas, como integrantes de la Comisión de Juventud y Deportes 2003-2004,

I.

CONTENIDO DEL PROYECTO DE LEY

El Proyecto propone crear un régimen especial de inasistencias y un sistema especial de evaluación para las niñas, adolescentes y jóvenes embarazadas, estudiantes en colegios estatales o no estatales y un régimen similar para los niños, adolescentes y jóvenes que se encuentren en condición de paternidad. El acceso al régimen –se propone- se hará a solicitud de los propios interesados y el director de su colegio, sin mas requisito que un certificado médico. El régimen permitirá a las madres inasistir a clases durante 90 días, que pueden fraccionarse antes y después del parto, así como una hora de lactancia. La ausencia a los exámenes y clases se recuperará en un régimen especial.

LEGISLACIÓN APLICABLE

a.

Derecho nacional aplicable:

Constitución Política del Perú, Arts. 1, 2 Inc. 1 y 6, • Código de los Niños y Adolescentes, Ley N° 27337, Art. IX y 14. • Ley General de Educación, Ley N° 28044, Art. 18.

b.

Derecho internacional aplicable:

• Convención relativa a la lucha contra la discriminación en la esfera de la enseñanza, Art. 4 Inc. c). • Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer, Art. 3, Art. 10 Inc. F). • Convención sobre los derechos del niño, Art. 18 Inc. 2.

• Protocolo adicional a la Convención Americana sobre Derechos humanos en materias de Derechos Económicos, Sociales y Culturales -Protocolo de San Salvador-, Art. 15 Inc. 3 literales a, b y c. • Convención Interamericana para prevenir y sancionar la violencia contra la mujer – Convención de Belem do Pará-, Art. 8 literal b.

El desarrollo de los contenidos de estas normas se detallan en el punto IV,

Análisis del Proyecto de Ley.

OPINIONES RECIBIDAS

• Opinión de la Secretaría Técnica (Of. N° 010/2003-2004/ST-CJD), recomienda que pase a estudio y solicitar opinión de los Ministerios de Educación y de la Mujer y Desarrollo Humano. • Opinión de CONAJU (Of. N° 246-2004-CNJ-CONAJU/P), opina que la ausencia de los escolares por razón de maternidad es una realidad que merece ser regulada, siendo una realidad diferente a la de los derechos laborales de trabajadores; la propuesta busca asegurar que las alumnas embarazadas no sean expulsadas e impedir la discriminación, coincidiendo con el Código del Niño y del Adolescente; concluye que el Proyecto debe ser evaluado por el Ministerio de Educación. • Opinión del Ministerio de Educación (Of. N° 884-2004-ME-DM(CR), coincide con la finalidad contenida en la propuesta, pero la protección de derechos y libertades del niño y el adolescente está en el Código respectivo, Ley 27377, por lo tanto no se requeriría de una Ley específica sino una norma de menor jerarquía.

ANALISIS DEL PROYECTO DE LEY

La Comisión advierte que el Proyecto de Ley tiene como finalidad evitar que jóvenes escolares pierdan el año...

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