Atenuación de la pena: Confesión sincera y consideración criterios sociales e individuales. R. N. N° 1402-2004

AutorCésar Eugenio San Martín Castro
Cargo del AutorVocal titular de la Corte Suprema. Profesor principal de Derecho Procesal de la Pontificia Universidad Católica del Perú
Páginas332-334
JURISPRUDENCIA Y PRECEDENTE PENAL VINCULANTE332
establecida en la Ley N° 28002 de fecha 17 de Junio del 2003, argumentado que
esta última Ley, rebaja el mínimo que señalaba el artículo 297 de 25 años, y
considera para estos casos una pena mínima de 15 y máxima de 25 años.
Que, revisado los actuados se tiene que la penalidad establecida en la Ley N°
28002, que modifica el artículo 297 del Código Penal, señala un mínimo de 15 y un
máximo de 25 años de pena privativa de la libertad y habiéndosele impuesto a
dicha interna una pena de 12 años de pena privativa de la libertad, por tratar de
introducir en sus prendas íntimas Clorhidrato de Cocaína al penal de San Pedro,
Ex Lurigancho, dicha pena es inferior al mínimo establecido en la norma aludida,
por, lo que la resolución del Colegiado se encuentra arreglada a Ley.
En consecuencia, esta Fiscalía Suprema Penal, propone se CONFIRME la
resolución recurrida.
Lima, 06 de abril del 2004
[067] ATENUACIÓN DE LA PENA:
Confesión sincera y consideración de criterios
sociales e individuales
EXTRACTO
«… el imputado… ha admitido los hechos desde un inicio, lo que constituye una
circunstancia atenuante excepcional que, en las circunstancias del caso, autoriza a
disminuir la pena por debajo del mínimo legal; que el imputado, cuando los hechos,
era un joven de veintún años de edad;… que si se tiene en cuenta la confesión
sincera de los hechos, la juventud del imputado, su ausencia de antecedentes, su
condición de persona trabajadora y que ya estableció otro hogar, es de rigor imponer
una pena privativa de la libertad que posibilite la suspensión de su ejecución, en
tanto que, por lo anterior, no es de estimar que perpetrará otro delito, de conformidad
con lo dispuesto por los artículos cincuentisiete y cincuentiocho del Código Penal..»
TEMAS ABORDADOS:
Atenuación de la pena. Confesión sincera.
SALA PENAL PERMANENTE
R. N. N° 1402-2004
SAN MARTIN
Lima, tres de septiembre de dos mil cuatro.-

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