Sentencia nº 000166-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 25 de Enero de 2011

Fecha de Resolución25 de Enero de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente394-2009/CCO-INDECOPI-01-406
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0166-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 394-2009/CCO-INDE COPI-01-406
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : PANAMERICANA TELEVISIÓN S.A.
ACREEDOR : LUIS GERARDO AVALOS GÓMEZ
MATERIA : PROCEDIMIENTO CONCURSAL PREVENTIVO
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS LABORALES
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE RADIO Y TELEVISIÓN
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 4487-2010/CCO-INDECOPI, en el
extremo que reconoció créditos a favor del trabajador frente a la deudora
ascendentes a S/. 71 357,92 por capital y S/. 10 445,03 por intereses,
derivados de la CTS, vacaciones y gratificaciones del periodo del 1 de junio
de 2002 hasta el 30 de noviembre de 2007; debido a que el trabajador acreditó
el vínculo laboral con la empresa deudora durante el periodo en el que se
devengaron dichos créditos, así como la cuantía de aquellos créditos
devengados durante el periodo en que resulta aplicable la inversión de la
carga de la prueba a favor del deudor.
De otro lado, se REVOCA la Resolución 4487-2010/CCO-INDECOPI del 23 de
junio de 2010, en el extremo que reconoció créditos a favor del señor Luis
Gerardo Avalos Gómez frente a Panamericana Televisión S.A. ascendentes a
S/. 45 724,85 por capital y S/. 3 097,47 por intereses derivados de la CTS,
vacaciones y gratificaciones del periodo del 1 de diciembre de 2007 al 30 de
setiembre de 2009; y, reformándola, se declara improcedente dicho extremo
de la solicitud; debido a que el trabajador no acreditó el vínculo laboral con la
empresa deudora durante el periodo en el que se devengaron dichos créditos
Lima, 25 de enero de 2011
ANTECEDENTES
1. El 29 de marzo de 2010, el señor Luis Gerardo Avalos Gómez (en adelante, el
trabajador) solicitó ante la Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur
(en adelante, la Comisión) el reconocimiento de créditos de origen laboral
frente a Panamericana Televisión S.A.1 (en adelante, Panamericana)
ascendentes a S/. 143 190,25 por capital y S/. 28 749,82 por intereses2.
1 Publicación del sometimiento a concur so preventivo: 15 de febrero de 2010.
2 La autoliquidación present ada por el trabajador contiene el siguiente detalle:
Concepto Periodo Capital S/. Intereses S/.
CTS Del 01/06/2002 al 30/09/2009 24 548,17 8 115,89
Vacaciones e indemnización vac acional 2002-2003 a 2008-2009
Periodo trunco al 30/09/2009 45 491,60 3 184,41

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