no proveido

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  • Resolución nº 2017_Q_01136 de Tribunal Fiscal - Sección Q, de 3 de Abril de 2017

    Se declara fundada la queja presentada en tanto la Administración no ha acreditado que la deuda materia de cobranza sea exigible coactivamente, toda vez que no ha remitido copia del valor, de la resolución que dio inicio al procedimiento de ejecución coactiva, ni de sus constancias de notificación, requeridos mediante proveído. Se dispone que la Administración concluya la cobranza y levante las...

  • Resolución nº 2016_Q_04088 de Tribunal Fiscal - Sección Q, de 21 de Noviembre de 2016

    Se declara fundada la queja presentada pues la Administración no ha acreditado que la deuda sea exigible coactivamente, dado que no cumplió con remitir lo solicitado mediante proveído. Se declara improcedente la queja en tanto se cuestiona temas de fondo que no pueden ser analizados en esta vía, como es cuestionar el cobro de servicios no prestados por la Administración Tributaria.

  • Resolución nº 2018_Q_03778 de Tribunal Fiscal - Sección Q, de 4 de Diciembre de 2018

    Se declara inadmisible la queja, al haber transcurrido el plazo otorgado mediante proveído sin que la quejosa hubiera cumplido con afiliarse a la notificación por medio electrónico del Tribunal Fiscal, quedando a salvo su derecho a presentar una nueva queja, cumpliendo con el requisito omitido y presentando la documentación respectiva.

  • Resolución nº 2018_Q_02087 de Tribunal Fiscal - Sección Q, de 3 de Julio de 2018

    Se declara inadmisible la queja, al haber transcurrido el plazo otorgado con proveído sin que la quejosa hubiera cumplido con afiliarse a la notificación por medio electrónico del Tribunal Fiscal, quedando a salvo su derecho a presentar una nueva queja cumpliendo con el requisito omitido y presentando la documentación respectiva.

  • Resolución nº 2018_Q_03136 de Tribunal Fiscal - Sección Q, de 9 de Octubre de 2018

    Se declara inadmisible la queja presentada, pues no se ha acreditado que la persona que suscribe la queja cuente con poder de representación, a pesar de haberse requerido ello mediante proveído.

  • Resolución nº 2018_Q_03729 de Tribunal Fiscal - Sección Q, de 29 de Noviembre de 2018

    Se declara inadmisible la queja, al haber transcurrido el plazo otorgado con proveído sin que el con quejoso hubiera cumplido con afiliarse a la notificación por medio electrónico del Tribunal Fiscal.

  • Resolución nº 2018_Q_01117 de Tribunal Fiscal - Sección Q, de 16 de Abril de 2018

    Se declara inadmisible la queja, al haber transcurrido el plazo otorgado mediante proveído sin que el quejoso hubiera cumplido con afiliarse a la notificación por medio electrónico del Tribunal Fiscal, quedando a salvo su derecho a presentar una nueva queja, cumpliendo con el requisito omitido y presentando la documentación respectiva.

  • Resolución nº 2017_Q_03370 de Tribunal Fiscal - Sección Q, de 17 de Octubre de 2017

    Se declara inadmisible la queja, pues al haber transcurrido el plazo otorgado mediante proveído sin que la quejosa hubiera cumplido con acreditar la representación de la persona que suscribió la queja, no corresponde admitirla a trámite, quedando a salvo su derecho a presentar una nueva queja, cumpliendo con el requisito omitido y presentando la documentación respectiva.

  • Resolución nº 2016_Q_03030 de Tribunal Fiscal - Sección Q, de 24 de Agosto de 2016

    Se declara inadmisible la queja, pues el quejoso no ha cumplido con acreditar la representación de la persona que suscribió la queja, no obstante haber transcurrido el plazo otorgado mediante proveído, quedando a salvo su derecho de presentar una nueva queja, cumpliendo con el requisito omitido y presentando la documentación respectiva.

  • Resolución nº 2019_Q_00020 de Tribunal Fiscal - Sección Q, de 4 de Enero de 2019

    Se declara inadmisible la queja, pues pese a haber transcurrido el plazo otorgado mediante proveído, la quejosa no ha cumplido con afiliarse a la notificación por medio electrónico del Tribunal Fiscal, quedando a salvo su derecho a presentar una nueva, cumpliendo con el requisito omitido y presentando la documentación respectiva.

  • Resolución nº 2018_Q_01582 de Tribunal Fiscal - Sección Q, de 22 de Mayo de 2018

    Se declara fundada la queja dado que la Administración no ha acreditado el debido inicio del procedimiento de ejecución coactiva, toda vez que no ha remitido la constancia de notificación de la resolución que le dio inicio, pese a haber sido requerida para ello mediante proveído. Se dispone que la Administración suspenda definitivamente el procedimiento y levante las medidas cautelares trabadas,...

  • Resolución nº 2018_7_01031 de Tribunal Fiscal - Sección 6, de 8 de Febrero de 2018

    Se dispone que la Administración adopte las medidas necesarias para recomponer el expediente, debido a que ella ni el recurrente han cumplido con remitir la documentación requerida por este Tribunal mediante un proveído, la cual resulta necesaria para emitir pronunciamiento sobre el caso de autos, luego de lo cual deberá devolver los actuados a este Tribunal para su resolución.

  • Resolución nº 2021_Q_00021 de Tribunal Fiscal - Sección Q, de 6 de Enero de 2021

    Se declara inadmisible la queja. Se señala que la quejosa no ha cumplido con acreditar los poderes de representación de la persona que suscribió la queja, pese a haber sido requerida para ello mediante proveído, por lo que no corresponde admitirla a trámite, quedando a salvo su derecho a presentar una nueva, cumpliendo con el requisito omitido y presentando la documentación respectiva.

  • Resolución nº 2017_Q_00698 de Tribunal Fiscal - Sección Q, de 24 de Febrero de 2017

    Se declara fundada la queja al no haberse acreditado en autos que la resolución de ejecución coactiva que inició la cobranza fue emitida de acuerdo a ley, toda vez que no atendió el proveido remitido dentro del plazo otorgado y no ha remitido documentación sustentatoria. Se declara improcedente en el extremo que cuestiona aspectos de fondo y se da trámite de reclamación contra los valores.

  • Resolución nº 2017_Q_01059 de Tribunal Fiscal - Sección Q, de 28 de Marzo de 2017

    Se declara fundada la queja presentada pues la Administración no ha acreditado haber elevado el recurso de apelación contra la resolución ficta denegatoria que desestimó la reclamación presentada contra la resolución ficta denegatoria de la solicitud de prescripción de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, dado que no cumplió con remitir lo solicitado mediante proveído.

  • Resolución nº 2017_Q_02237 de Tribunal Fiscal - Sección Q, de 12 de Julio de 2017

    Se declara fundada la queja dado que la Administracion no acredito que la deuda era exigible coactivamente, pues no remitio la informacion que asi lo acredite, pese a haber sido requerida para ello con proveido.

  • Resolución nº 2017_Q_01740 de Tribunal Fiscal - Sección Q, de 31 de Mayo de 2017

    Se declara fundada la queja presentada por no elevar el recurso de apelación de la recurrente, pues la Administración no ha informado las razones de su no elevación, pese a haber sido requerida expresamente mediante proveído de este Tribunal Fiscal, ni se observa del SITFIS que éste hubiera sido ingresado, no obstante, haber trascurrido el plazo legal previsto.

  • Resolución nº 2018_Q_01042 de Tribunal Fiscal - Sección Q, de 9 de Abril de 2018

    Se declara inadmisible la queja, al haber transcurrido el plazo otorgado mediante proveído sin que el quejoso hubiera cumplido con afiliarse a la notificación por medio electrónico del Tribunal Fiscal, quedando a salvo su derecho a presentar una nueva queja, cumpliendo con el requisito omitido y presentando la documentación respectiva.

  • Resolución nº 2018_Q_02208 de Tribunal Fiscal - Sección Q, de 12 de Julio de 2018

    Se declara inadmisible la queja, dado que la quejosa no cumplió con acreditar que la persona que la suscribe contara con facultades para ello, pese a haber sido requerida para ello mediante proveído. Se deja a salvo el derecho de la quejosa a presentar nueva queja cumpliendo con el indicado requisito, previsto por el artículo 23° del Código Tributario.

  • Resolución nº 2021_Q_00005 de Tribunal Fiscal - Sección Q, de 4 de Enero de 2021

    Se acumulan los procedimientos al guardar conexión entre sí. Se declaran inadmisibles las quejas presentadas, toda vez que la quejosa no cumplió con afiliarse a la notificación electrónica del Tribunal Fiscal pese a que fue requerida para ello mediante proveído. Se deja a salvo su derecho a formular nueva queja cumpliendo con el requisito omitido.

  • Resolución nº 2018_Q_01867 de Tribunal Fiscal - Sección Q, de 12 de Junio de 2018

    Se declara fundada la queja presentada debido a que la Administración no ha cumplido con elevar el recurso de apelación presentado por el quejoso, dentro del plazo establecido en el artículo 145 del Código Tributario. Se señala que pese a habérsele requerido mediante proveído, la Administración no cumplió con informar las razones por las cuales no elevo el mencionado recurso.

  • Resolución nº 2018_9_09378 de Tribunal Fiscal - Sección 9, de 23 de Noviembre de 2018

    Se dispone que la Administración adopte las medidas necesarias para recomponer el expediente de apelación, toda vez que en el expediente no obra la solicitud de prescripción, que fuera solicitada a la Administración mediante proveído.

  • Resolución nº 2018_7_01055 de Tribunal Fiscal - Sección 6, de 8 de Febrero de 2018

    Se dispone que la Administración adopte las medidas necesarias para recomponer el expediente, debido a que ella ni el recurrente han cumplido con remitir la documentación requerida por este Tribunal mediante un proveído, la cual resulta necesaria para emitir pronunciamiento sobre el caso de autos, luego de lo cual deberá devolver los actuados a este Tribunal para su resolución.

  • Resolución nº 2018_Q_01802 de Tribunal Fiscal - Sección Q, de 6 de Junio de 2018

    Se declara inadmisible la queja presentada, pues ha transcurrido el plazo otorgado mediante proveído sin que la quejosa hubiera cumplido con afiliarse a la notificación por medio electrónico del Tribunal Fiscal, quedando a salvo el derecho de la quejosa a presentar una nueva queja cumpliendo con el requisito omitido y presentando la documentación respectiva.

  • Resolución nº 2018_Q_01920 de Tribunal Fiscal - Sección Q, de 15 de Junio de 2018

    Se declara inadmisible la queja, pues ha transcurrido el plazo otorgado mediante proveído sin que la quejosa hubiera cumplido con afiliarse a la notificación por medio electrónico del Tribunal Fiscal, quedando a salvo el derecho de la quejosa a presentar una nueva queja cumpliendo con el requisito omitido y presentando la documentación respectiva.

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