RESOLUCION MINISTERIAL N° 197-2013-PRODUCE - Autorizan el inicio de actividades extractivas del recurso anchoveta y anchoveta blanca a ser realizadas por titulares de permisos de pesca de embarcaciones de mayor escala, menor escala y artesanales en zona del dominio marítimo por el término de diez días calendario

Fecha de disposición13 Junio 2013
Fecha de publicación13 Junio 2013
El Peruano
Jueves 13 de junio de 2013 497015
de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y
Productividad, del 13 al 17 de junio de 2013, a la ciudad
de Vancouver, Canadá, para los f‌i nes expuestos en la
parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto
de la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del
Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al
siguiente detalle:
Pasajes Aéreos : US $ 1 400,00
Viáticos (3 + 1 días) : US $ 1 760,00
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, el citado consultor deberá
presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado,
describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos
y la rendición de cuentas por los viáticos entregados.
Artículo 4°.- La presente norma no otorga derecho
a exoneración o liberación de impuestos de aduana de
cualquier clase o denominación a favor del consultor cuyo
viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
949632-1
JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS
Autorizan la realización de la XVIII
Convención de Representantes de
las Oficinas de Asesoría Jurídica y
Gerencias Legales del Sector Público
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0149-2013-JUS
Lima, 11 de junio de 2013
VISTO, el Informe Nº 007-2013-JUS/DNAJ-DDJ de
la Dirección General de Desarrollo Jurídico y Proyectos
Normativos de la Dirección General de Desarrollo y
Ordenamiento Jurídico;
CONSIDERANDO:
Que, la Dirección General de Desarrollo y Ordenamiento
Jurídico ha propuesto la realización de la XVIII Convención
de Representantes de las Of‌i cinas de Asesoría Jurídica
y Gerencias Legales del Sector Público: “Análisis de las
modif‌i caciones al Decreto Legislativo Nº 1017, Decreto
Legislativo que aprueba la Ley de Contrataciones del
Estado”, a realizarse los días jueves 20 y viernes 21 de
junio de 2013, en la ciudad de Lima;
Que, el literal f) del artículo de la Ley Nº 29809,
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos, establece que el Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos es competente en
materia de defensa, coherencia y perfeccionamiento del
ordenamiento jurídico;
Que, el literal g) del artículo 64º del Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-
2012-JUS, establece como función de la Dirección General
de Desarrollo y Ordenamiento Jurídico la coordinación de
las actividades funcionales de las Of‌i cinas de Asesoría
Jurídica o Gerencias Legales de las entidades del Sector
Público con la f‌i nalidad de mantener la coherencia del
ordenamiento jurídico;
Que, en cumplimiento de dicha función, resulta conveniente
autorizar la realización de la mencionada actividad;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29809,
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia
y Derechos Humanos, y el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos,
SE RESUELVE:
Articulo 1°.- Autorizar la realización de la XVIII
Convención de Representantes de las Of‌i cinas de Asesoría
Jurídica y Gerencias Legales del Sector Público: “Análisis
de las modif‌i caciones al Decreto Legislativo Nº 1017,
Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Contrataciones
del Estado”, a realizarse los días jueves 20 y viernes 21
de junio de 2013, en la ciudad de Lima.
Artículo 2º.- Encargar a la Dirección General de Desarrollo
y Ordenamiento Jurídico la ejecución de la XVIII Convención de
Representantes de las Of‌i cinas de Asesoría Jurídica y Gerencias
Legales del Sector Público: “Análisis de las modif‌i caciones al
Decreto Legislativo Nº 1017, Decreto Legislativo que aprueba
la Ley de Contrataciones del Estado”.
Artículo 3º.- Disponer la colaboración de la Of‌i cina General
de Administración, la Of‌i cina General de Tecnologías de
Información y de la Of‌i cina General de Imagen y Comunicaciones
en la ejecución de la XVIII Convención de Representantes
de las Of‌i cinas de Asesoría Jurídica y Gerencias Legales del
Sector Público: “Análisis de las modif‌i caciones al Decreto
Legislativo Nº 1017, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de
Contrataciones del Estado”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
949543-1
PRODUCE
Autorizan el inicio de actividades
extractivas del recurso anchoveta y
anchoveta blanca a ser realizadas
por titulares de permisos de pesca
de embarcaciones de mayor escala,
menor escala y artesanales en zona del
dominio marítimo por el término de
diez días calendario
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 197-2013-PRODUCE
Lima, 12 de junio de 2013
VISTOS: Los Of‌i cios Nos. PCD-100-328-2013-
PRODUCE/IMP y PCD-100-330-2013-PRODUCE/IMP del
Instituto del Mar del Perú - IMARPE; el Informe N° 115-2013-
PRODUCE/DGP-Diropa de la Dirección General de Políticas
y Desarrollo Pesquero; y, el Informe N° 036-2013-PRODUCE/
OGAJ-cfva de la Of‌i cina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley General de Pesca - Decreto Ley N° 25977,
en su artículo 2, establece que los recursos hidrobiológicos
contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son
Patrimonio de la Nación; en consecuencia, corresponde
al Estado regular el manejo integral y la explotación
racional de dichos recursos, considerando que la actividad
pesquera es de interés nacional;
Que, la citada Ley en su artículo 9, establece que el
Ministerio de la Producción, sobre la base de evidencias
científ‌i cas disponibles y de factores socioeconómicos,
determina, según el tipo de pesquerías, los sistemas de
ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible,
las temporadas y zonas de pesca, la regulación del esfuerzo
pesquero, los métodos de pesca, las tallas mínimas de
captura y demás normas que requieran la preservación y
explotación racional de los recursos hidrobiológicos;
Que, el Decreto Legislativo Nº 1084, Ley sobre Límites
Máximos de Captura por Embarcación, tiene por objeto
establecer el mecanismo de ordenamiento pesquero
aplicable a la extracción de los recursos Anchoveta
(Engraulis ringens) y Anchoveta Blanca (Anchoa nasus)
destinada al consumo humano indirecto. Asimismo, ref‌i ere
que de manera complementaria, se aplicará a la extracción
del recurso de Anchoveta para consumo humano indirecto,
otras medidas de ordenamiento pesquero contempladas

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