DECRETO SUPREMO N° 243-2015-EF - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor de los Gobiernos Regionales para financiar la contratación de profesores

Fecha de disposición02 Septiembre 2015
Fecha de publicación02 Septiembre 2015
560551
NORMAS LEGALES
Miércoles 2 de setiembre de 2015
El Peruano
/
Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Presidente del Consejo de Ministros
JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ
Ministro de Defensa
1282168-3
Aceptan y aprueban donación dineraria
efectuada a favor del Ministerio de Defensa
- Marina de Guerra del Perú
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 770-2015- DE/MGP
Lima, 28 de agosto de 2015
Visto, el O cio L.1000-1461 del Jefe del Estado Mayor
General de la Marina, de fecha 5 de agosto de 2015;
CONSIDERANDO:
Que, mediante O cio Nº 123/MAAG/NAVSEC de fecha
3 de marzo de 2015, el Jefe de la Sección Naval del Grupo
Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de
América, hace de conocimiento que la Comandancia de
la Fuerza de Submarinos del Atlántico (COMSUBLANT),
cuenta con una cantidad disponible ascendente a UN
MILLON CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CON
00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 1,468,000.00), a
favor de la Marina de Guerra del Perú, para ser usados
en apoyo de entrenamiento del despliegue del Submarino
Peruano B.A.P. “ANTOFAGASTA”, en el ejercicio
SUBDIEX 2015.
Que, el artículo 69 de la Ley 28411, Ley General
del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que
las donaciones dinerarias provenientes de Instituciones
Nacionales o Internacionales, públicas o privadas
diferentes a las provenientes de los convenios de
cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas
por Resolución del Titular de la Entidad, consignando la
fuente donante y el destino de estos fondos públicos; la
misma que deberá ser publicada en el Diario O cial “El
Peruano”, cuando el monto de la donación supere las
CINCO (5) Unidades Impositivas Tributarias;
Que, el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba
la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Defensa, señala en el numeral 37 de su artículo 10, que
es función del Ministerio de Defensa, emitir Resoluciones
Ministeriales en los asuntos que le corresponde conforme
a Ley;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411,
Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y
Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; y
estando a lo recomendado por el Jefe del Estado Mayor
General de la Marina y a lo opinado por el Comandante
General de la Marina;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aceptar y aprobar, la donación dineraria
efectuada por la Comandancia de la Fuerza de
Submarinos del Atlántico (COMSUBLANT), a través del
Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos
de América, a favor del Ministerio de Defensa – Marina
de Guerra del Perú, por un monto total de UN MILLÓN
CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CON 00/100
DÓLARES AMERICANOS (US$ 1’468,000.00), que
de acuerdo al tipo de cambio de TRES CON 14/100
NUEVOS SOLES (S/. 3.14) por dólar americano asciende
a la suma de CUATRO MILLONES SEISCIENTOS
NUEVE MIL QUINIENTOS VEINTE CON 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 4’609,520.00), para ser usados en
el entrenamiento del despliegue del Submarino Peruano
B.A.P. “ANTOFAGASTA”, en el ejercicio SUBDIEX 2015.
Artículo 2.- Agradecer al Gobierno de los Estados
Unidos de América y al Grupo Consultivo y de Ayuda Militar
del mencionado país por su importante contribución.
Artículo 3.- Encargar a la Dirección General de
Relaciones Internacionales del Despacho Viceministerial
de Políticas para la Defensa, la supervisión de la ejecución
de la donación dineraria materia de aprobación por parte
de la Marina de Guerra del Perú.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente
Resolución en el Diario O cial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAKKE VALAKIVI ALVAREZ
Ministro de Defensa
1281805-1
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en
el Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2015 a favor de los Gobiernos
Regionales para inanciar la contratación
de profesores
DECRETO SUPREMO
Nº 243-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General
de Educación, establece que el Ministerio de Educación
es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por nalidad
de nir, dirigir y articular la política de educación, cultura,
recreación y deporte, en concordancia con la política
general del Estado;
Que, la Ley Nº 30328, Ley que establece medidas
en materia educativa y dicta otras disposiciones, regula
el contrato de servicio docente, así como los derechos,
bene cios, requisitos y características de la remuneración
mensual que percibe el profesorado contratado de
educación básica y educación técnico-productiva;
Que, en ese contexto, la Segunda Disposición
Complementaria Final de la Ley Nº 30328, Ley que
establece medidas en materia educativa y dicta otras
disposiciones, autoriza a las instancias de gestión
educativa descentralizada correspondientes a contratar
al profesorado en las instituciones educativas públicas
de educación básica y educación técnico – productiva,
ubicadas en los distritos detallados en el Anexo de la Ley
bajo comentario, en las tres mil ochocientos sesenta y
ocho (3868) plazas que previamente han sido validadas
y creadas en base a la demanda educativa debidamente
sustentada;
Que, para la aplicación de la autorización dada por la
Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº
30328, la Octava Disposición Complementaria Final de
esa misma Ley exonera al Ministerio de Educación y a
los gobiernos regionales de la prohibición prevista en el
artículo 6, numeral 8.1 del artículo 8 y 16 de la Ley Nº
30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2015, según corresponda;
Que, la Novena Disposición Complementaria Final
de la Ley Nº 30328 establece que para efectos del
nanciamiento de, entre otras, la disposición referida en
el considerando precedente, se autoriza al Ministerio de
Educación para efectuar modi caciones presupuestarias
en el nivel institucional a favor de los pliegos Gobiernos
Regionales, hasta por la suma de DOSCIENTOS UN
MILLONES CIEN MIL TREINTA Y OCHO Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 201 100 038,00), para tal efecto
señala que, el Ministerio de Educación y los Gobiernos
Regionales quedan exceptuados de lo dispuesto en el
numeral 9.1 del artículo 9 de la Ley Nº 30281, Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015;
asimismo, precisa que las referidas modi caciones

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