DECRETO SUPREMO N° 228-2015-EF - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor del pliego Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social

Fecha de disposición06 Agosto 2015
Fecha de publicación06 Agosto 2015
SecciónSección Única
558726 NORMAS LEGALES Jueves 6 de agosto de 2015 /
El Peruano
cumplir con incorporar en sus propuestas de Resolución
Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil
del Sector, una disposición que precise que, en los casos
que corresponda, el otorgamiento de la compensación
extraordinaria mensual por servicios en el extranjero, se
hará por días reales y efectivos, independientemente
de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el
reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil
del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-
2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modif‌i catorias;
Que, el artículo 26°, de la Ley N° 28359 - Ley de
Situación Militar de los Of‌i ciales de las Fuerzas Armadas,
modif‌i cado por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo
N° 1143, señala que el Of‌i cial nombrado en Comisión de
Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el
extranjero está impedido de solicitar su pase a la situación
de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido
en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo
previsto en el artículo 23° de la respectiva norma, más el
tiempo compensatorio señalado en el citado artículo 26º; y,
conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto
Supremo N° 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de
2005; y, sus respectivas modif‌i catorias el Decreto Supremo
N° 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y el
Decreto Supremo Nº 009-2013-DE, de fecha 02 de octubre
de 2013;
Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N°
1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Defensa; Ley Nº 30281 - Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2015; Ley Nº 27619
- Ley que regula la autorización de viajes al exterior
de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento
aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM
del 05 de junio de 2002 y sus modif‌i catorias; el Decreto
Supremo N° 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y
sus modif‌i catorias, que reglamentan los viajes al exterior
del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto
Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014,
que establece disposiciones respecto a montos por
Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero
en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior,
Misión de Estudios, Comisión de Servicio y Tratamiento
Médico Altamente Especializado de personal militar y
civil del Sector Defensa e Interior; el Decreto Supremo N°
002-2015-DE/ del 28 de enero de 2015, que determina la
jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo
que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y,
Estando a lo propuesto por el General de Ejército
Comandante General del Ejército y a lo acordado con el
Ministro de Defensa;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de
Estudios al Teniente Coronel EP Pablo Eduardo SANCHEZ
MERCADO, identif‌i cado con DNI Nº 43662329, para que
realice el Programa de Perfeccionamiento de Graduados
“Dirección de Inteligencia Estratégica Militar”, en el Instituto
de Inteligencia de las Fuerzas Armadas de Argentina, en
la Ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 10 de
agosto al 11 de diciembre de 2015, así como autorizar su
salida del país el 09 de agosto y su retorno al país el 12 de
diciembre de 2015.
Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa – Ejército del
Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al
Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2015, de acuerdo
a los conceptos siguientes:
Pasajes Ida y Vuelta:
Lima – Buenos Aires (República Argentina) - Lima (Clase económica).
US $ 800.00 x 01 persona US $. 800.00
Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero:
US $ 5,911.63/31 x 22 días x 01 persona
(10 Ago – 31 Ago 15) US $. 4,195.35
US $ 5,911.63 x 03 meses x 01 persona
(01 Set – 30 Nov 15) US $. 17,734.89
US $ 5,911.63/31 x 11 días x 01 persona
(01 Dic – 11 Dic 15) US $. 2,097.67
-----------------------
Total a pagar: US $. 24,827.91
Artículo 3º.- El otorgamiento de la compensación
extraordinaria mensual por servicios en el extranjero, se hará
por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme
a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto
Supremo Nº 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus
modif‌i catorias; y, de acuerdo a las disposiciones establecidas
en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre
de 2014; que establece disposiciones respecto a montos por
Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero
en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior,
Misión de Estudios, Comisión de Servicio y Tratamiento
Médico Altamente Especializado de Personal Militar y Civil del
Sector Defensa e Interior, con cargo al respectivo Presupuesto
Institucional del Año Fiscal correspondiente.
Artículo 4º.- El monto de la Compensación
Extraordinaria Mensual será reducida, por el Ejército del
Perú, en la misma cantidad que la bonif‌i cación otorgada de
conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8º del
Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo
párrafo del numeral 2.1 del artículo 2º del Decreto Supremo
Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014.
Artículo 5º.- El Ministro de Defensa queda facultado
para variar la fecha de inicio y término de la autorización
a que se ref‌i ere el artículo 1º, sin exceder el total de días
autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza
el viaje, ni el nombre del participante.
Artículo 6º.- El Of‌i cial Superior designado deberá
cumplir con presentar un informe detallado al titular de
la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de
los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha
de retorno al país.
Artículo 7°.- El Of‌i cial Superior designado revistará en
el Comando Administrativo del Cuartel General del Ejército
del Perú durante el período de tiempo que dure la Misión
de Estudios.
Artículo 8°.- El Of‌i cial Superior designado está
impedido de solicitar su pase a la situación militar de
disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en
su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el
tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia.
Artículo 9º.- La presente autorización no da derecho
a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de
ninguna clase o denominación.
Artículo 10º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por
el Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Presidente del Consejo de Ministros
JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ
Ministro de Defensa
1270841-5
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el
Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2015 a favor del pliego Ministerio de
Desarrollo e Inclusión Social
DECRETO SUPREMO
Nº 228-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se aprobó el
presupuesto institucional del pliego 040: Ministerio de
Desarrollo e Inclusión Social;
Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº
29792, Ley de Creación Organización y Funciones del
Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, compete a este
ministerio formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar,
supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales
en materia de desarrollo e inclusión social;
Que, mediante Decreto Supremo Nº008-2012-MIDIS
se creó el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali
Warma como programa social del Ministerio de Desarrollo
e Inclusión Social, con el propósito de brindar un servicio
NL20150806.pdf 8 8/6/2015 8:19:41 AM

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