DECRETO SUPREMO N° 002-2015-MTC - Aprueban modificación del Fideicomiso de Administración destinado a facilitar y garantizar el adecuado cumplimiento de obligaciones derivadas del contrato de concesión para el diseño, financiamiento, construcción, equipamiento electromecánico, equipamiento de sistema y provisión de material rodante, operación y mantenimiento del proyecto 'Línea 2 y Ramal Av. Faucett - Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao'

Fecha de disposición26 Marzo 2015
Fecha de publicación26 Marzo 2015
El Peruano
Jueves 26 de marzo de 2015 549487
TRABAJO Y PROMOCION
DEL EMPLEO
Designan Jefe de la Oficina General de
Asesoría Jurídica del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 070-2015-TR
Lima, 25 de marzo de 2015
CONSIDERANDO:
Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe de Of‌i cina
General, Nivel Remunerativo F-5, de la Of‌i cina General de
Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción
del Empleo;
Que, es necesario emitir el acto de administración
interna mediante el cual se designe al funcionario que
desempeñará dicho cargo;
Con la visación de la Secretaría General del Ministerio
de Trabajo y Promoción del Empleo; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594,
Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en
el nombramiento y designación de funcionarios públicos
y el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar al señor EDUARDO
ALONSO GARCÍA BIRIMISA, en el cargo de Jefe de
Of‌i cina General, Nivel Remunerativo F-5, de la Of‌i cina
General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DANIEL YSAU MAURATE ROMERO
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
1216519-1
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
Aprueban modificación del Fideicomiso
de Administración destinado a facilitar y
garantizar el adecuado cumplimiento de
obligaciones derivadas del contrato de
concesión para el diseño, financiamien-
to, construcción, equipamiento electro-
mecánico, equipamiento de sistema y
provisión de material rodante, operación
y mantenimiento del proyecto “Línea 2
y Ramal Av. Faucett - Av. Gambetta de la
Red Básica del Metro de Lima y Callao”
DECRETO SUPREMO
Nº 002-2015-MTC
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto de Urgencia No. 008-2005,
se dictaron normas para facilitar el f‌i nanciamiento de las
concesiones de obras públicas de infraestructura y de
servicios públicos, autorizando en el artículo 2 de la citada
norma, a las entidades y organismos del gobierno nacional,
de los gobiernos regionales y de los gobiernos locales, a
constituir f‌i deicomisos con los recursos que aporten los
concesionarios o que se originen de las concesiones ya
otorgadas, que se destinen a la adquisición de bienes,
contratación de servicios, constitución de garantías o a
otros permitidos por ley, y que resulten necesarios para
el f‌i nanciamiento, desarrollo y ejecución, de los distintos
proyectos de concesión;
Que, el citado artículo 2 señala además que, tratándose
de concesiones de competencia del gobierno nacional,
la constitución de los f‌i deicomisos deberá ser aprobada
previamente mediante Decreto Supremo refrendado por
el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro del
sector bajo cuyo ámbito se desarrolla la concesión; lo
dispuesto, es de aplicación a los procesos de promoción
de la inversión privada en obras públicas de infraestructura
y de servicios públicos a que se ref‌i ere el Texto Único
Ordenado aprobado por Decreto Supremo No. 059-96-
PCM y sus normas reglamentarias y complementarias,
que lleva adelante el Estado a través de las entidades
competentes de sus tres niveles de gobierno, así como
para aquellas concesiones otorgadas al amparo de las
normas legales antes indicadas;
Que, conforme a lo señalado en el artículo 241 de la
Ley No. 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia
de Banca y Seguros, el f‌i deicomiso es una relación
jurídica por la cual el f‌i deicomitente transf‌i ere bienes en
f‌i deicomiso a otra persona, denominada f‌i duciario, para
la constitución de un patrimonio f‌i deicometido, sujeto al
dominio f‌i duciario de este último y afecto al cumplimiento
de un f‌i n específ‌i co en favor del f‌i deicomitente o un tercero
denominado f‌i deicomisario;
Que, del mismo modo el artículo 243 de la Ley No.
26702, dispone que para la validez del acto constitutivo
del f‌i deicomiso es exigible al f‌i deicomitente la facultad
de disponer de los bienes y derechos que transmite, sin
perjuicio de los requisitos que la ley establece para el acto
jurídico;
Que, con fecha 28 de abril de 2014, el Estado Peruano
en calidad de Concedente, representado por el Ministerio de
Transportes y Comunicaciones, y la Sociedad Concesionaria
Metro de Lima Línea 2 S.A., suscribieron el Contrato de
Concesión para el diseño, f‌i nanciamiento, construcción,
equipamiento electromecánico, equipamiento de sistema y
provisión de material rodante, operación y mantenimiento
del Proyecto “Línea 2 y Ramal Av. Faucett – Av. Gambetta
de la Red Básica del Metro de Lima y Callao”;
Que, a través del Decreto Supremo Nº 008-2014-
MTC, publicado en el Diario Of‌i cial El Peruano el 12 de
julio de 2014, se aprobó la constitución de un Fideicomiso
de Administración que suscribirán el Ministerio de
Transportes y Comunicaciones, Metro de Lima Línea 2
S.A. y Citibank del Perú S.A., en el marco del Contrato de
Concesión para el diseño, f‌i nanciamiento, construcción,
equipamiento electromecánico, equipamiento de sistema y
provisión de material rodante, operación y mantenimiento
del Proyecto “Línea 2 y Ramal Av. Faucett – Av. Gambetta
de la Red Básica del Metro de Lima y Callao”;
Que, con fecha 15 de julio de 2014, el Ministerio de
Transportes y Comunicaciones, Metro de Lima Línea 2
S.A. y Citibank del Perú S.A. suscribieron el Contrato de
Fideicomiso de Administración, al amparo de lo dispuesto
en el Decreto Supremo Nº 008-2014-MTC;
Que, con fecha 26 de diciembre de 2014, el
Concedente y el Concesionario suscribieron la Adenda
Nº 1 al Contrato de Concesión, la cual tiene por objeto
modif‌i car aspectos operativos, f‌i nancieros y corregir
errores materiales para la mejor ejecución del Contrato
de Concesión;
Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar la
modif‌i cación del Contrato de Fideicomiso de Administración
a efectos de compatibilizarlo con lo previsto en el Contrato
de Concesión y su Adenda Nº 1;
Que, conforme al artículo 6 del Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo
No. 021-2007-MTC, el Ministro es la más alta autoridad
política del Sector, es el titular del pliego presupuestal y
representa al Ministerio de Transportes y Comunicaciones,
pudiendo delegar las facultades y atribuciones que no
sean privativas de su cargo;
De conformidad con lo dispuesto por el inciso 24) del
DECRETA:
Artículo 1.- Aprobación la modif‌i cación del
Contrato de Fideicomiso de Administración

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