DECRETO SUPREMO, N° 019-2018-VIVIENDA, PODER EJECUTIVO, VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO - Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 30533, Ley que autoriza al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a realizar intervenciones a través de Núcleos Ejecutores, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2017-VIVIENDA-DECRETO SUPREMO-N° 019-2018-VIVIENDA

Fecha de disposición11 Diciembre 2018
Fecha de publicación11 Diciembre 2018
MateriaDerecho Público y Administrativo

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 7.9 del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, aprobado por Decreto Supremo N° 094-2018-PCM (en lo sucesivo, el TUO de la Ley) autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, entre ellas, al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a implementar sus intervenciones de reconstrucción y soluciones de vivienda incluidas en el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, en el ámbito urbano y rural, a través de la modalidad de núcleos ejecutores con cargo a recursos del FONDES, quedando autorizadas a asignar financieramente los recursos a favor de los núcleos ejecutores, para cuyo efecto suscriben los convenios correspondientes;

Que, la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, precisa que para efecto de la autorización a que se refiere el numeral 7.9 del artículo 7 del TUO de la Ley, se entiende por asignación financiera a la transferencia financiera que autoriza el titular de la entidad mediante resolución a favor de núcleos ejecutores, en el marco de la citada norma;

Que, las intervenciones incluidas en el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 2.3 del artículo 2 del TUO de la Ley, son de tipo inversiones o actividades. Dichas inversiones cuando se ejecuten para la implementación de intervenciones de reconstrucción no constituyen proyectos de inversión, de acuerdo a lo establecido en el numeral 10.1 del artículo 10 del citado dispositivo legal;

Que, mediante Ley N° 30533, se autoriza al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el marco de sus competencias, y a través de sus programas, a realizar intervenciones mediante núcleos ejecutores, a favor de la población pobre y extremadamente pobre, para proyectos de inversión y actividades, conforme a lo establecido en el artículo 2 del Reglamento de la Ley N° 30533, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2017-VIVIENDA;

Que, el Programa Nacional de Saneamiento Rural conforme lo señala y sustenta en el...

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