RESOLUCION, Nº 03-2016/SUNAT/5F0000, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - Modifican Procedimiento General "Exportación Definitiva" INTA-PG.02 (versión 6)-RESOLUCION-Nº 03-2016/SUNAT/5F0000

Fecha de disposición25 Febrero 2016
Fecha de publicación26 Febrero 2016
SecciónSección Única

Callao, 25 de febrero de 2016

CONSIDERANDO:

Que por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 137-2009/SUNAT/A se aprobó el procedimiento general “Exportación Definitiva”, INTA-PG.02 (versión 6);

Que es necesario modificar el citado procedimiento a fin de adecuarlo a la normativa vigente y simplificar algunos procesos operativos; en ese sentido, se establecen los requisitos que debe cumplir el local designado por el exportador para embarques directos; se actualiza el monto máximo para efectuar el despacho simplificado de exportación; se detallan las reglas para declarar el valor FOB cuando hay diferencia entre el valor del flete consignado en el documento de transporte y en el comprobante de pago; se precisa que los requisitos para el acogimiento a la restitución de derechos arancelarios son exigibles cuando se presenta la solicitud de acogimiento al mencionado beneficio, entre otras mejoras;

En mérito a lo dispuesto en el inciso c) del artículo 89 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modificatorias, y estando a lo dispuesto por la Resolución de Superintendencia N° 172-2015/SUNAT.

SE RESUELVE:

Artículo 1 Modificación de las secciones II, III y V , y los numerales 20, 30, 31, 34 y 35 de la sección VI, del procedimiento general “Exportación Definitiva”, INTA-PG.02 (versión 6)

Modifíquense las secciones II, III y V, y los numerales 20, 30, 31, 34 y 35 de la sección VI, del procedimiento general “Exportación Definitiva”, INTA-PG.02 (versión 6), aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 137-2009/SUNAT/A, según los textos siguientes:

II. ALCANCE

Todas las dependencias de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT y a los operadores del comercio exterior que intervienen en el procedimiento del régimen de exportación definitiva.

III. RESPONSABILIDAD

La aplicación, cumplimiento y seguimiento de lo establecido en el presente procedimiento es de responsabilidad del Intendente de Gestión y Control Aduanero, del Intendente Nacional de Sistemas de Información, del Intendente Nacional de Desarrollo Estratégico Aduanero, de los intendentes de aduana de la República, jefaturas y del personal de las distintas unidades organizacionales que participan en el presente procedimiento.

V. BASE LEGAL

- Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo Nº 1053 publicado el 27.6.2008 y normas modificatorias. En adelante la Ley.

- Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2009-EF publicado el 16.1.2009 y normas modificatorias.

- Tabla de Sanciones aplicables a las infracciones previstas en la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Supremo Nº 031-2009-EF publicado el 11.2.2009 y normas modificatorias.

- Ley de los Delitos Aduaneros, Ley Nº 28008 publicada el 19.6.2003 y normas modificatorias.

- Reglamento de la Ley de los Delitos Aduaneros, aprobado por Decreto Supremo Nº 121-2003-EF publicado el 27.8.2003 y normas modificatorias.

- Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF publicado el 22.6.2013 y normas modificatorias.

- Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF publicado el 15.4.1999 y normas modificatorias.

- Establecen características de la constancia de ejecución del swap a que se refiere el numeral 2 del Artículo 33 del TUO de la Ley del IGV e ISC, a fin de acreditar exportación por parte del productor minero, Decreto Supremo Nº 105-2002-EF publicado el 26.6.2002.

- Reglamento de Comprobantes de Pago, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 007-99/SUNAT publicada el 24.1.1999 y normas modificatorias.

- Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna, Ley Nº 27688 publicada el 28.3.2002 y normas modificatorias.

- Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2006-MINCETUR, publicado el 11.2.2006, y normas modificatorias.

- Texto Único Ordenado de normas con rango de ley emitidas con relación a los CETICOS, aprobado por Decreto Supremo Nº 112-97-EF publicado el 3.9.1997.

- Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT publicado el 1.5.2014 y normas modificatorias.

- Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobada por Ley Nº 27444 publicada el 11.4.2001 y normas modificatorias.

- Normas para la emisión de cartas de porte aéreo emitidas por el servicio de transporte aéreo internacional de carga, aprobada por Resolución de Superintendencia N° 347-2013-SUNAT...

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