RESOLUCION MINISTERIAL Nº 728-2009-MTC/03 - Otorgan concesión única a Yota del Perú S.A.C. para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones en todo el territorio de la República

Fecha de disposición26 Octubre 2009
Fecha de publicación26 Octubre 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, lunes 26 de octubre de 2009
405104
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
Otorgan concesión única a Yota del Perú
S.A.C. para la prestación de servicios
públicos de telecomunicaciones en todo
el territorio de la República
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 728-2009-MTC/03
Lima, 23 de octubre de 2009.
CONSIDERANDO:
Que, el inciso 3) del artículo 75º del Texto Único
Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por
Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corresponde
al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar
concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en
materia de telecomunicaciones;
Que, el artículo 121º del Texto Único Ordenado del
Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones,
aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, dispone
que los servicios portadores, f‌i nales y de difusión de carácter
público, se prestan bajo el régimen de concesión, la cual
se otorga previo cumplimiento de los requisitos y trámites
que establecen la Ley y el Reglamento y se perfecciona por
contrato escrito aprobado por el Titular del Ministerio;
Que, el artículo 123º del Texto Único Ordenado del
Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones
señala que el otorgamiento de la concesión, así como, las
asignaciones de espectro que correspondan, se efectuarán
obligatoriamente por Concurso público de Ofertas cuando:
a) en una determinada localidad o área de servicio, exista
restricción en la disponibilidad de frecuencias o banda de
frecuencias disponible, para la prestación de un determinado
servicio público de telecomunicaciones, b) se señale en el
Plan Nacional de Atribución de Frecuencias – PNAF;
Que, la Nota P67 del Plan Nacional de Atribución de
Frecuencias – PNAF aprobado con Resolución Ministerial
Nº 187-2005-MTC/03, modif‌i cado mediante Resolución
Ministerial Nº 476-2007-MTC/03 dispone que: “Las bandas
2 500 – 2 692 MHz está atribuida a título primario para
servicios públicos de telecomunicaciones. Los titulares
de asignaciones en la banda 2 500 – 2 692 MHz deberán
adecuarse a la canalización que apruebe el Ministerio”. En
la Provincia de Lima, la Provincia Constitucional del Callao,
la provincia de Trujillo y el departamento de Lambayeque,
la banda de 2 668 – 2 692 MHz será otorgado por concurso
público. En el resto del territorio nacional, la banda de 2 668
– 2 690 MHz se otorgará por concurso público;
Que, el artículo 159º del Texto Único Ordenado del
Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones,
señala que mediante Resolución del Titular del Ministerio
se podrá, para casos específ‌i cos, encargar a otra entidad
la conducción del Concurso Público de Ofertas y el
otorgamiento de la buena pro;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 660-2007-
MTC/03, publicada el 17 de noviembre de 2007, el Ministerio
de Transportes y Comunicaciones dispuso la realización
de Concurso Público de Ofertas para el otorgamiento de
la buena pro para la asignación de frecuencias y de ser el
caso, el otorgamiento de la concesión para la prestación
de servicios públicos de telecomunicaciones en la Banda
2 668 – 2 692 MHz en la provincia de Lima, la Provincia
Constitucional del Callao, la provincia de Trujillo y el
departamento de Lambayeque y la banda 2 668 – 2 690
MHz en el resto del territorio nacional, de acuerdo a las
condiciones que se establezcan en las Bases del Concurso;
asimismo, se encargó a la Agencia de Promoción de la
Inversión Privada -PROINVERSIÓN, la conducción del
citado Concurso Público de Ofertas y el correspondiente
otorgamiento de la Buena Pro;
Que, mediante la Resolución Suprema Nº 111-2007-EF,
publicada el 04 de diciembre de 2007, se ratif‌i có el acuerdo
del Consejo Directivo de PROINVERSION, en sesión de
fecha 20 de noviembre de 2007 en virtud del cual se incorporó
al Proceso de Promoción de la Inversión Privada la entrega
en concesión de la prestación de los servicios públicos de
telecomunicaciones en la Banda 2 668 – 2 692 MHz en la
provincia de Lima, la Provincia Constitucional del Callao, la
provincia de Trujillo y el departamento de Lambayeque y la
banda 2 668 – 2 690 MHz en el resto del territorio nacional;
Que, con fecha 06 de agosto de 2009, se adjudicó la
buena pro de la Licitación Pública Especial para la entrega
en concesión la prestación de servicios públicos de
telecomunicaciones y asignación de espectro radioeléctrico
en la banda 2 668 – 2 692 MHz en la provincia de Lima, la
Provincia Constitucional del Callao, la provincia de Trujillo y
el departamento de Lambayeque y la banda 2 668 – 2 690
MHz en el resto del territorio nacional;
Que, mediante Of‌i cio Nº 19394-2009-MTC/27 del 02 de
octubre de 2009, la Dirección General de Concesiones en
Comunicaciones, solicita al Comité de PROINVERSIÓN en
proyectos de Telecomunicaciones, Energía e Hidrocarburos
- PRO CONECTIVIDAD, que comunique a favor de quien se
otorgará la concesión;
Que, mediante documento registrado con P/D Nº 143090
del 05 de octubre de 2009 PROINVERSIÓN comunica que
la empresa concesionaria que prestará los servicios públicos
de telecomunicaciones en la banda 2 668 - 2 692 MHz en la
provincia de Lima, la Provincia Constitucional del Callao, la
provincia de Trujillo y el departamento de Lambayeque y la
banda 2 668 - 2 690 MHz en el resto del territorio nacional
es YOTA DEL PERÚ S.A.C.;
Que, mediante Informe Nº 1372-2009-MTC/27 la
Dirección General de Concesiones en Comunicaciones,
señala que es procedente el otorgamiento de concesión
única para la prestación de servicios públicos de
telecomunicaciones y asignación de espectro radioeléctrico
en la banda 2 668 – 2 692 MHz en la provincia de Lima, la
Provincia Constitucional del Callao, la provincia de Trujillo y
el departamento de Lambayeque y la banda 2 668 – 2 690
MHz en el resto del territorio nacional a favor de YOTA DEL
PERÚ S.A.C.;
De conformidad con lo dispuesto por el Texto
Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones,
Texto Único Ordenado del Reglamento General de la
Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto
Supremo Nº 020-2007-MTC, el Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº
021-2007-MTC, el Texto Único Ordenado de las normas
con rango de Ley que regulan la entrega en concesión
al sector privado de las obras públicas de infraestructura
y de servicios públicos, aprobado por Decreto Supremo
Nº 059-96-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto
Supremo Nº 060-96-PCM;
Con la opinión favorable del Director General de
Concesiones en Comunicaciones y la conformidad del
Viceministro de Comunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Otorgar a la empresa YOTA DEL PERÚ
S.A.C., concesión única para la prestación de los servicios
públicos de telecomunicaciones, por el plazo de veinte
(20) años en el área que comprende todo el territorio de la
República del Perú, estableciéndose como primer servicio a
prestar, el servicio portador local.
Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a
celebrarse con la empresa YOTA DEL PERÚ S.A.C.,
para la prestación de los servicios públicos de
telecomunicaciones, el que consta de veintiún (21)
cláusulas y nueve (09) anexos que forma parte integrante
de la presente resolución.
Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Concesiones
en Comunicaciones para que, en representación del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el
contrato de concesión que se aprueba en el artículo 2º de
la presente resolución, así como, en caso cualquiera de las
partes lo solicite, a f‌i rmar la elevación a Escritura Pública
del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al
mismo.
Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin
efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio
emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato
de concesión no es suscrito por la solicitante en el plazo
máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de
la publicación de la presente resolución.
Artículo 5º.- Remitir copia de la presente resolución
a la Dirección General de Control y Supervisión de
Comunicaciones para conocimiento y f‌i nes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
414049-1
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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