1064 1573-2005 - Autorizan al Banco Wiese Sudameris abrir agencias bancarias en el distrito de Chorrillos. provincia de Lima

Fecha de disposición31 Octubre 2005
Fecha de publicación31 Octubre 2005
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NORMAS LEGALES
Lima, lunes 31 de octubre de 2005
denotándose que para dichos servicios se contrató a los
mismos proveedores, para la ejecución de prestaciones
que se encontraban contempladas en el primer
requerimiento y contratación celebrada; siendo, asimismo,
que en lo correspondiente a la ejecución de lo contratado,
se dio la conformidad en plazos menores a los convenidos
y por una carga procesal que no reflejaba lo realmente
adjudicado; no obstante lo cual se procesaron los pagos
respectivos, generando un desembolso a la entidad por
la suma de S/. 129 000,00; hechos que evidencian la
existencia de indicios razonables que hacen presumir la
comisión de los Delitos de Corrupción de Funcionarios,
en la modalidad de Aprovechamiento Indebido de Cargo
y Abuso de Autoridad en la modalidad de Omisión,
rehusamiento o demora de actos funcionales, previstos y
penados en los artículos 397º y 377º del Código Penal,
respectivamente;
Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del
artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema
Nacional de Control y de la Contraloría General de la
República, constituye atribución de este Organismo
Superior de Control, disponer el inicio de las acciones
legales pertinentes en forma inmediata, por parte del
Procurador Público en los casos que en la ejecución
directa de una acción de control se encuentre daño
económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo
al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales
de la Contraloría General de la República el inicio de
acciones legales respectivas contra los presuntos
responsables comprendidos en el Informe de Visto; y,
De conformidad con lo establecido en el literal d) del
artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema
Nacional de Control y de la Contraloría General de la
República, y el Decreto Ley Nºs. 17537 y sus
modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público
encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría
General de la República, para que en nombre y
representación del Estado, inicie las acciones legales por
los hechos expuestos, contra los presuntos responsables
comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndose para
el efecto los antecedentes correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GENARO MATUTE MEJÍA
Contralor General de la República
18301
S B S
Autorizan al Banco Wiese Sudameris
abrir agencias bancarias en el distrito
de Chorrillos, provincia de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 1573-2005
Lima, 20 de octubre de 2005
EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO
DE BANCA Y MICROFINANZAS
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco Wiese Sudameris
para que se le autorice la apertura de la agencia ubicada
en Plaza Lima Sur, locales CF-14, CF-15 y CF-16,
Prolongación Paseo de la República s/n, Urbanización
Matellini, distrito de Chorrillos, provincia y departamento
de Lima; y,
CONSIDERANDO:
Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la
documentación pertinente que justifica lo solicitado;
Estando a lo informado por el Departamento de
Evaluación Bancaria "C", mediante Informe Nº 141-2005-
DEB "C"; y,
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de
la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia
de Banca y Seguros y la Circular Nº B-2147-2005; y, en
virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS
Nº 003-1998;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar al Banco Wiese Sudameris
la apertura de las agencias bancarias situadas en Plaza
Lima Sur, locales CF-14, CF-15 y CF-16, Prolongación
Paseo de la República s/n, Urbanización Matellini, distrito
de Chorrillos, provincia y departamento de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO GRADOS SMITH
Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas
18340
UNIVERSIDADES
Aprueban modificaciones al Texto
Único de Procedimientos Administra-
tivos 2005 de la Universidad Nacional
Agraria La Molina
RESOLUCIÓN Nº 588-2005-UNALM
La Molina, 10 de octubre del 2005
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Nº 223-2004-UNALM de fecha
19 de mayo del 2004, se aprobó el Texto Único de
Procedimientos Administrativos (TUPA) 2004 de la
Universidad Nacional Agraria La Molina;
Que, el Artículo 37º de la Ley Nº 27444, Ley del
Procedimiento Administrativo General, señala la
obligatoriedad para todas las entidades de la
Administración Pública de aprobar y publicar el Texto
Único de Procedimientos Administrativos (TUPA);
Que, la Oficina Administrativa de Planificación ha
realizado las modificaciones pertinentes a los
procedimientos del TUPA 2004 de la UNALM, el cual se
encuentra enmarcado dentro de los lineamientos legales
y vigentes de la UNALM, proponiendo para su aprobación
y publicación en el Diario Oficial El Peruano;
Que, de conformidad con el Artículo 38º numerales 38.1
y 38.2 de la Ley Nº 27444; Ley de Procedimiento
Administrativo General, establece que el Texto Único de
Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por
Resolución del Titular y que cada dos (2) años, las
entidades están obligadas a publicar el íntegro del TUPA;
sin embargo podrán hacerlo antes, cuando consideren que
las modificaciones producidas en el mismo lo ameriten;
Por estas consideraciones y estando a las atribuciones
conferidas al señor Rector;
SE RESUELVE:
1º.- Aprobar y publicar en el Diario Oficial El Peruano
las modificaciones al Texto Único de Procedimientos
Administrativos (TUPA) 2005 de la Universidad Nacional
Agraria La Molina, cuyas modificaciones constan en el
anexo que forma parte de la presente Resolución.
2º.- Establecer que es de cumplimiento obligatorio por
parte de las unidades orgánicas y dependencias respectivas
de la Universidad, lo dispuesto en la presente resolución.
Regístrese y comuníquese.
LUIS MAEZONO YAMASHITA
Rector

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