RESOLUCION VICE MINISTERIAL N° 062-2014-VMPCIC-MC - Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a Monumento Arqueológico Prehispánico ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima

Fecha de publicación19 Julio 2014
Fecha de disposición19 Julio 2014
El Peruano
Sábado 19 de julio de 2014
528080
servidores o funcionarios públicos y representantes del
Estado con cargo a recursos públicos, salvo los viajes
que se efectúen en el marco de acciones de promoción
de importancia para el Perú, que se autorizan mediante
resolución del titular de la entidad;
Con el visado del Viceministro de Patrimonio
Cultural e Industrias Culturales, de la Secretaria
General, de la Directora General de la Dirección
General de Promoción y Difusión Cultural, actualmente
Dirección General de Industrias Culturales y Artes y
del Director General de la Oficina General de Asesoría
Jurídica, y;
De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 30114,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2014; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de
viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su
Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº
047-2002-PCM; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio
de Cultura; y, el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, que
aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del
Ministerio de Cultura;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de
servicios, de los señores Carla Patricia Picón Zapata,
Gabriela Fernanda Paliza Ravazzani, Irene del Carmen
Meza Lazarte y Diego Alonso Milla Rodríguez, del 21 al 26
de julio de 2014, a la ciudad de Málaga, Reino de España,
para los f‌i nes expuestos en la parte considerativa de la
presente resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución serán con cargo al Presupuesto
Institucional del Ministerio de Cultura, de acuerdo al
siguiente detalle:
Gabriela Fernanda Paliza Ravazzani
Pasajes: US$ 2 690,45
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, las personas indicadas en
el artículo 1 de la presente resolución, deberán presentar
ante el Ministerio de Cultura un informe detallado
describiendo las acciones realizadas.
Artículo 4º.- El viaje autorizado no dará derecho
a exoneración o liberación del pago de impuestos o
de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o
denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DIANA ALVAREZ-CALDERÓN
Ministra de Cultura
1113171-1
Declaran Patrimonio Cultural de la
Nación a Monumento Arqueológico
Prehispánico ubicado en el distrito de
Carabayllo, provincia y departamento
de Lima
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 062-2014-VMPCIC-MC
Lima, 17 de julio de 2014
Visto, el Informe Técnico N° 1266-2014-DSFL-DGPA-
MC, y;
CONSIDERANDO:
Que, los artículos IV y VII del Título Preliminar de la
Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, Ley N°
28296, indican que es de interés social y de necesidad
pública la identif‌i cación, registro, inventario, declaración,
protección, restauración, investigación, conservación,
puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la
Nación y su restitución en los casos pertinentes; siendo el
Ministerio de Cultura la autoridad encargada de registrar,
declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación
de conformidad con la Ley de Creación del Ministerio de
Cultura, Ley N° 29565;
Que, el literal a) del artículo 14 de la Ley de Creación
del Ministerio de Cultura, concordado con el numeral 9.1
del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio de Cultura aprobado mediante Decreto
Supremo N° 005-2013-MC, corresponde al Viceministro de
Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, la declaración,
administración, promoción, difusión y protección del
Patrimonio Cultural de la Nación, de conformidad con la
respectiva política nacional;
Que, con Of‌i cio N° 365-2014-DSFL-DGPA/MC del 17
de marzo del 2014, la Dirección de Catastro y Saneamiento
Físico Legal notif‌i có a la empresa Inversiones Centenario
S.A.A., del procedimiento de declaración del Patrimonio
Cultural de la Nación del Sitio Arqueológico Naranjito
Bajo, y aprobación del Expediente Técnico de delimitación
del mencionado monumento arqueológico;
Que, mediante el Informe Técnico N° 0971-2014-
DSFL-DGPA/MC del 14 de mayo de 2014, se indicó que
de acuerdo a las funciones de la Dirección de Catastro
y Saneamiento Físico Legal se procedió a solicitar el
Certif‌i cado de Búsqueda Catastral respecto al área
que comprendería al Sitio Arqueológico Naranjito Bajo,
resultando que este se encuentra parcialmente sobre
el ámbito inscrito en la Partida Electrónica N° 11041987
asiento B00001, cuya propiedad corre a favor de
Inversiones Centenario S.A.A.;
Que, en el Informe Técnico N° 1266-2014-DSFL-
DGPA-MC se indicó que con fecha 6 de junio de 2013,
se efectuó un reconocimiento pedestre, el mismo que
evidenció material arqueológico mueble e inmueble,
procediendo a la elaboración y edición de los planos y
documentos que conforman el expediente técnico del
monumento arqueológico, por lo que recomienda la
declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación del
Sitio Arqueológico Naranjito Bajo y la aprobación del
expediente técnico de delimitación (plano de delimitación,
memoria descriptiva y f‌i cha técnica), de acuerdo a la
información que se consigna a continuación:
Nombre
del Sitio
Arqueológico
Nº de Plano en Datum
WGS84 Área
(m2) Área
(ha) Perímetro
(m)
Naranjito Bajo PP-023_MC_DGPA/DSFL-
2013 WGS84 740.90 0.0740 110.01
Que, estando a los Informes Técnicos elaborados por
la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal se
advierte la necesidad de declarar Patrimonio Cultural de
la Nación al Sitio Arqueológico Naranjito Bajo, así como
establecer su área intangible para efectos de brindarle
la protección legal necesaria para su conservación, por
lo que corresponde realizar la modif‌i catoria necesaria y
aprobar el Expediente Técnico correspondiente;
Con el visado de la Directora (e) de la Dirección de
Catastro y Saneamiento Físico Legal, del Director General
de la Dirección de Patrimonio Arqueológico Inmueble, y
del Director General de la Of‌i cina General de Asesoría
Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley del
Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444;
Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, Ley N°
28296; Ley de Creación del Ministerio de Cultura, Ley N°
29565; el Reglamento de Organización y Funciones del
Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo
N° 005-2013-MC; y la Resolución Suprema N° 004-
2000-ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones
Arqueológicas, modif‌i cado por Resolución Suprema N°
012-2006-ED;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación
al Monumento Arqueológico Prehispánico cuya ubicación
se detalla en el siguiente cuadro:
Departamento Lima
Provincia Lima
Datum WGS84 Zona 18
Sitio Arqueológico Distrito UTM Este UTM Norte
Naranjito Bajo Carabayllo 276304.0282 8690347.7620

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