La víctima en el Proceso Penal Peruano, ¿Recibe del estado la atención que requiere?

AutorMoisés N. Paz Panduro - Carlos A. Anglas Lostaunau
CargoAbogado por la PUCP. Candidato a Magister, en la Maestría en Derecho con mención en Derecho Penal, PUCP - Abogado por la Universidad Nacional Federico Villarreal
Páginas129-135
129
Derecho & Sociedad
Asociación Civil
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I. Concepto y características
En el proceso penal peruano la víctima, no ha sido
precisamente uno de los temas que con mayor amplitud
haya abordado la doctrina y la jurisprudencia nacional,
lo cual en gran medida, signica también la poca
importancia que se le ha asignado, no sólo desde
una óptica dogmática, sino inclusive desde aspectos
sociológicos y culturales.
El Derecho Penal clásico, caracterizado esencialmente
por una marcada constitucionalización de los límites al
poder penal, se convierte en una corriente garantista a
favor de los derechos del imputado, extremo éste que sí
ha alcanzado un desarrollo doctrinal vasto -aunque su
correlato con la realidad pueda aún ser cuestionable-;
todos los Códigos Penales modernos, contienen una
gran cantidad de normas y principios que garantizan
los derechos fundamentales del imputado frente al ius
puniendi que ejerce el Estado al momento de investigar
y sancionar delitos.
El maestro Antonio García-Pablos de Molina, señala
categóricamente que, es la víctima quien soporta
los efectos del crimen (físicos, síquicos, económicos,
sociales, etc.), además recibe la insensibilidad del sistema
legal, el rechazo, la insolidaridad de la comunidad y la
indiferencia de los poderes públicos, insistiendo además
* Abogado por la PUCP. Candidato a Magister, en la Maestría en Derecho con mención en Derecho Penal - PUCP. Profesor de cursos de Derecho Penal y Procesal Penal en la
Universidad San Ignacio de Loyola y Universidad Norbert Wiener respectivamente. Miembro asociado al INCIPP. Miembro del Consejo de Honor - Revista Derecho y Sociedad
(PUCP). Miembro de la Red Internacional por los Derechos Humanos - Sao Paulo, Brasil. Autor de la publicación de 14 artículos jurídicos en revistas especializadas. Socio y
Jefe del Área Penal del Estudio Paz Panduro Asesores y Consultores.
** Abogado por la Universidad Nacional Federico Villarreal. Con estudios de Maestría concluidos en la Maestría en Derecho con mención en Derecho Penal - PUCP. Es Fiscal
Provincial Titular en la 1º Fiscalía Provincial Penal del Callao.
1 GARCÍA-PABLOS DE MOLINA, Antonio. Criminología. Una Introducción a sus Fundamentos Teóricos. Iuris Consulti Editores. 2006. Lima, Perú. pg.66.
2 Al respecto, se pueden revisar el capítulo IV del informe «Cultura Política de la Democracia en el Perú. 2010», realizado por Julio Carrión, Patricia Zárate y Mitchell A. Seligson,
publicado por el Instituto de Estudios Peruanos, así como también se pueden revisar las cifras que presenta el Observatorio de Criminalidad del Ministerio Público, en su
Boletín No. 2 (febrero del 2011) en el artículo «Percepción de Inseguridad Ciudadana y Victimización. Enero – Diciembre 2010». Según este último, el 72.8% de las mujeres y
el 59.2% de los hombres encuestados considera que la delincuencia en su comunidad ha aumentado en los últimos doce meses.
La Víctima en el Proceso Penal Peruano,
¿Recibe del Estado la atención que requiere?
Por: Moisés N. Paz Panduro*
Carlos A. Anglas Lostaunau**
en la idea que, en el Estado moderno (al que denomina
Estado Social de Derecho) resulta paradójico que las
actitudes reales hacia la víctima del delito, oscilen
entre la compasión y la demagogia, la benecencia y
la manipulación1; todo ello quizá porque nadie quiere
identicarse con el «perdedor».
Día a día se constata el reclamo de decenas de las
víctimas de delitos (incluyendo sus familiares), pidiendo
justicia penal, frente al alarmante crecimiento de la
delincuencia cotidiana y la delincuencia organizada,
que además condiciona el aumento de la percepción de
inseguridad ciudadana (el cual es cada vez es más alto
en nuestro país).2
Asistimos también desde los últimos veinte o treinta
años, a un «renacimiento» o «redescubrimiento» del
papel de la víctima en el proceso penal, que parte
sobre todo de un reconocimiento de los derechos de
los ciudadanos afectados por la actividad criminal. La
víctima en momento histórico alguno fue considerada
por la ley penal ni por la ley procesal penal como sujeto
del proceso penal, relegándola a una posición de objeto
de prueba, de simple testigo de los hechos ocurridos en
su contra, a la cual re victimizaban por segunda y hasta
por tercera vez dentro de las investigaciones policiales
y del proceso penal, nunca fue valorada y considerada
como lo que fue, la agraviada por el hecho criminal.
El presente artículo trata en primer lugar de dilucidar el contenido que engloba la palabra “victima”, desde una
perspectiva penal. Asimismo, nos remitimos posteriormente a la legislación comparada para luego analizar el
estado de indefensa legal y material de las víctimas en el proceso penal peruano.
Por ultimo, el autor del presente artículo se encarga de desarrollar precisas consideraciones, para tratar de revertir
la presente situación de las victimas en nuestro sistema procesal penal.

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