RESOLUCION MINISTERIAL Nº 776-2010-DE/SG - Dan por concluida designación y encargan la Vicepresidencia Administrativa de la Comisión Organizadora del Centro de Altos Estudios Nacionales

Fecha de publicación24 Julio 2010
Fecha de disposición24 Julio 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 24 de julio de 2010 422769
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008-AG,
el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, el Decreto Supremo
Nº 008-2005-AG, la Resolución Directoral Nº 09-2010-AG-
SENASA-DSV y con el visto bueno del Director General de
Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Establecer los requisitos f‌i tosanitarios
de necesario cumplimiento en la importación de f‌l ores
frescas cortadas de lirio (Iris spp.) de origen y procedencia
Chile de la siguiente manera:
1. Que el envío cuente con el Permiso Fitosanitario
de Importación emitido por el SENASA, obtenido por
el importador o interesado, previo a la certif‌i cación y
embarque en el país de origen o procedencia.
2. El envío deberá venir acompañado de un Certif‌i cado
Fitosanitario of‌i cial del país de origen, en el cual se
consigne:
2.1 Declaración adicional:
2.1.1 Producto libre: Botrytis gladiolorum
3. Los productos estarán contenido en envases nuevos
y de primer uso.
4. Inspección f‌i tosanitaria en el punto de ingreso al
país.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE BARRENECHEA CABRERA
Director General
Dirección de Sanidad Vegetal
Servicio Nacional de Sanidad Agraria
523185-1
Prorrogan reserva de recursos hídricos
a favor del Proyecto Especial Chira
Piura
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 473-2010-ANA
Lima, 22 de julio de 2010
VISTO:
El escrito de fecha 12 de julio de 2010, mediante el
cual el Gerente General del Proyecto Especial Chira Piura,
solicita la prórroga de la reserva de recursos hídricos a
favor del citado Proyecto; y,
CONSIDERANDO:
Que, según el artículo 103º de la Ley de Recursos
Hídricos, Ley Nº 29338, mediante resolución de la
Autoridad Nacional se puede reservar un volumen de agua
para el desarrollo de proyectos, asimismo el numeral 5º
del artículo 15º de la misma Ley, señala que es función
de la Autoridad Nacional, aprobar previo estudio técnico,
reservas de agua por un tiempo determinado cuando así lo
requiera el interés de la nación;
Que, el numeral 208.1 del artículo 208º, concordante
con el numeral 206.3 del artículo 206º del Reglamento
de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto
Supremo Nº 001-2010-AG, señala que la reserva de
recursos hídricos se otorga por un período máximo de dos
años prorrogables mientras subsistan las causas que la
motivan. Esta reserva no faculta el uso del agua;
prorrogó por dos (2) años adicionales, computados a partir
del 1 de septiembre de 2008, la reserva de agua otorgada
mediante Decreto Supremo Nº 056-2006-AG de las aguas
superf‌i ciales provenientes de los excedentes de la cuenca
del río Chira aguas abajo de la Presa Derivadora Sullana
y las aguas subterráneas del acuífero ubicado en el tramo
Presa Sullana-desembocadura del río Chira al mar, por un
volumen anual de 186 Hm³, para los f‌i nes del desarrollo
agrícola y agroindustrial de las tierras eriazas a que se
ref‌i ere la Ordenanza Regional Nº 110-2006/GRP-CR del
Gobierno Regional Piura;
Que, con el Informe Técnico Nº 0034-2010-ANA-
DCPRH-ASUP-FCC, la Dirección de Conservación y
Planeamiento de Recursos Hídricos concluye que, la
Reserva de Recursos Hídricos a favor del Proyecto
Especial Chira Piura del Gobierno Regional de Piura,
procede por un volumen de 179,2 hm3, ajustado al
descuento de los derechos otorgados con cargo a ésta;
y, Estando a lo opinado por la Of‌i cina de Asesoría
Jurídica, con los vistos de la Dirección de Conservación
y Planeamiento de Recursos Hídricos y de la Secretaría
General, y de conformidad con lo establecido por la Ley
de Recursos Hídricos, Ley Nº 29338 y el artículo 206º
del Reglamento de la citada Ley, aprobado por Decreto
Supremo Nº 001-2010-AG.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- De la Prórroga de la Reserva de
Recursos Hídricos
Prorróguese, a favor del Proyecto Especial Chira Piura,
por dos (02) años adicionales, computados a partir del
1 de septiembre de 2010, la reserva de recursos hídricos,
provenientes de los excedentes de la cuenca del río Chira
aguas abajo de la Presa Derivadora Sullana y las aguas
subterráneas del acuífero ubicado en el tramo Presa Sullana-
Desembocadura del río Chira al mar, por un volumen
anual de 179,2 hm3, para los f‌i nes del desarrollo agrícola
y agroindustrial de las tierras eriazas a que se ref‌i ere la
Ordenanza Regional Nº 110-2006/GRP-CR del Gobierno
Regional Piura, otorgada con Decreto Supremo Nº 056-2006-
AG y prorrogada por el Decreto Supremo Nº 012 2008-AG
Artículo 2º.- De la supervisión de la Reserva de
Recursos Hídricos
La Autoridad Administrativa del Agua Jequetepeque
Zarumilla y la Administración Local de Agua Chira, son
responsables de supervisar el cumplimiento de lo dispuesto
mediante la presente Resolución Jefatural, debiendo
informar periódicamente a la Dirección de Conservación y
Planeamiento de Recursos Hídricos.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER CARRASCO AGUILAR
Jefe
Autoridad Nacional del Agua
523555-1
DEFENSA
Dan por concluida designación y encargan
la Vicepresidencia Administrativa de la
Comisión Organizadora del Centro de
Altos Estudios Nacionales
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 776-2010-DE/SG
Lima, 21 de julio de 2010
Visto el Oficio N° 571-2010-MINDEF/VPD/B del
Director General de Educación y Doctrina, de fecha
07 de julio del 2010, mediante el cual solicita la
designación del Vicepresidente Administrativo de la
Comisión Organizadora del Centro de Altos Estudios
Nacionales (CAEN);
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Ministerial N° 930-2009 DE/SG
de fecha 02 de octubre del 2010, se designó con ef‌i cacia
anticipada a la Comisión Organizadora del Centro de Altos
Estudios Nacionales, la misma que estaba conformada por
el Doctor Segundo VARGAS Tarrillo, General de División
(r) José WILLIAMS Zapata y el señor Contralmirante (r)
William SCHMITT Luna;
Que, con Of‌i cio N° 966 CAEN/COM.ORG./PRES, de
fecha 07 de junio del 2010, el Presidente de la Comisión
Organizadora del Centro de Altos Estudios Nacionales,
comunica a la Dirección General de Educación y Doctrina
del Ministerio de Defensa, el sensible fallecimiento del

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR