Autorizan viaje del Viceministro de Transportes a EE.UU., en comisión de servicios *

Fecha de publicación17 Octubre 1997
Fecha de disposición17 Octubre 1997
DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
NORMAS LEGALES
Director: Enrique Sánchez Hernani
Lima, viernes 17 de octubre de 1997 AÑO XV - Nº 6321 Pág. 153553
"A
ÑO
DE
LA
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EFORESTACIÓN
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ILLONES
DE
A
RBOLES
"
CONGRESO DE LA
REPUBLICA
Exceptúan a la pesca artesanal de lo
previsto en Art. 24º de la Ley General
de Pesca, referido al requerimiento de
autorización de incremento de flota
LEY Nº 26867
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República ha dado
la Ley siguiente.
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA;
Ha dado la ley siguiente:
Artículo 1º.-
Exceptúase a la actividad pesquera artesanal
de las disposiciones previstas en el Artículo 24º de la Ley Nº
25977, "Ley General de Pesca", referidas al requerimiento de
contar con autorización previa de incremento de flota, para la
construcción y adquisición de embarcaciones pesqueras.
Artículo 2º.- En el Reglamento de la presente ley, se
establecerán los límites de capacidad de bodega y otros
requisitos que correspondan para la aplicación del Artículo
1º. El Reglamento será aprobado mediante Decreto Supremo
refrendado por el Ministro de Pesquería, en un plazo no
mayor de 60 días.
Comuníquese al señor Presidente de la República para su
promulgación.
Lima, nueve de octubre de mil novecientos noventa y siete.
CARLOS TORRES Y TORRES LARA
Presidente del Congreso de la República
EDITH MELLADO CESPEDES
Segunda Vicepresidenta del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPUBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días
del mes de octubre de mil novecientos noventa y siete.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Presidente Constitucional de la
República
LUDWIG MEIER CORNEJO
Ministro de Pesquería
11654
RELACIONES
EXTERIORES
Nombran Embajador del Perú en España
RESOLUCION SUPREMA
Nº 361-97-RE
Lima, 16 de octubre de 1997
De conformidad con el inciso 12) del Artículo 118º de la
Constitución Política del Perú, que establece la facultad del
señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y
Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de
Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso;
Estando a lo dispuesto por los Artículos 7º y 8º del Decreto
Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la Repú-
blica, del 24 de diciembre de 1996; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
SE RESUELVE:
1º.-
Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario
del Perú en España al Embajador en el Servicio Diplomático de
la República, don Armando Lecaros de Cossío.
2º.- Extender las Cartas Credenciales y Plenos Poderes
correspondientes.
3º.- La fecha en que el mencionado funcionario diplomá-
tico deberá asumir funciones será fijada por Resolución
Ministerial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
EDUARDO FERRERO COSTA
Ministro de Relaciones Exteriores
11655
M T C
Autorizan viaje del Viceministro de
Transportes a EE.UU., en comisión de
servicios
RESOLUCION SUPREMA
Nº 164-97-MTC
Lima, 14 de octubre de 1997
CONSIDERANDO:
Que U.S. TRADE AND DEVELOPMENT AGENCY ha
cursado invitación al Viceministro de Transportes del Minis-
terio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construc-
ción, para que asista a una visita guiada a las compañías
americanas y examinar la capacidad de navegación del
satélite U.S. que cuenta con tecnología de primera;
Que en dicha visita se conocerán a las empresas que son
líderes en la industria del tráfico aéreo y se tendrá la
oportunidad de apreciar la demostración del nuevo satélite
basado en el sistema GPS; asimismo, se asistirá a la confe-
rencia "Oportunidades de Infraestructura en América Lati-
na" y se expondrá a personas de negocios de Estados Unidos
de América, los planes que tiene el Perú en la etapa de
modernización de nuestros aeropuertos;
Que U.S. TRADE AND DEVELOPMENT AGENCY cu-
brirá parte de los gastos que ocasione la invitación cursada;
Que por lo expuesto precedentemente, debe autorizarse
el viaje del Viceministro de Transportes, dictándose el acto
administrativo del caso;
De conformidad con la Ley Nº 26706, Decreto Ley Nº
25862 y Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 074-85-PCM,
031-89-EF, 135-90-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero William
Jara Vidal, Viceministro de Transportes del Ministerio de
Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, a
Washington D.C., Estados Unidos de América, durante el
período comprendido del 29 de octubre al 6 de noviembre de

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