03 234-2006-PRODUCE - Establecen veda reproductiva y suspenden actividades de extracción del recurso merluza en áreas marítimas

Fecha de disposición27 Septiembre 2006
Fecha de publicación27 Septiembre 2006
NORMAS LEGALES
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328962 El Peruano
miércoles 27 de setiembre de 2006
Que, mediante Comunicación Nº PD.135.2006 de
fecha 7 de setiembre del presente año, el Presidente del
Directorio de la Sociedad Nacional de Pesquería solicita
se designe al señor Humberto Speziani Cuevas como
representante de la Sociedad Nacional de Pesquería ante
el Consejo Directivo del Fondo Nacional de Desarrollo
Pesquero - FONDEPES;
Que, en consecuencia, se debe dictar el acto de
administración que designa al nuevo representante de la
Sociedad Nacional de Pesquería ante el Consejo Directivo
del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero -
FONDEPES;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, la Ley
Nº 27789, Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de la Producción y el Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de la Producción,
aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-
PRODUCE;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluida, a partir de la
fecha, la designación del señor Rolf Klingenberger
Gonzáles, como Representante de la Sociedad Nacional
de Pesquería ante el Consejo Directivo del FONDEPES,
dándosele las gracias por los servicios prestados.
Artículo Segundo.- Designar al señor Humberto
Speziani Cuevas como representante de la Sociedad
Nacional de Pesquería ante el Consejo Directivo del
Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
RAFAEL REY REY
Ministro de la Producción
02479-3
Designan Director Ejecutivo del CEP
PAITA
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 013-2006-PRODUCE
Lima, 26 de setiembre del 2006
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 009-2002-
PRODUCE, del 3 de octubre del año 2002, se designó
como Director Ejecutivo del Centro de Entrenamiento
Pesquero de Paita - CEP PAITA, al señor Edwin Sandoval
Yarleque;
Que, el citado funcionario, con fecha 14 de junio del
2006 ha formulado renuncia al cargo conferido;
Que, mediante Acuerdo Nº 022-2006-PRODUCE/
CEP-PAITA-CD, el Consejo Directivo del Centro de
Entrenamiento Pesquero de Paita acuerda aceptar la
renuncia presentada por el señor Edwin Sandoval
Yarleque al cargo de Director Ejecutivo del Centro de
Entrenamiento Pesquero de Paita;
Que, mediante Oficio Nº 282-2006-PRODUCE/CEP-
PAITA-CD de fecha 16 de junio de 2006 se comunica al
señor Edwin Sandoval Yarleque la decisión adoptada por
el Consejo Directivo del Centro de Entrenamiento
Pesquero, mediante Acuerdo Nº 022-2006-PRODUCE/
CEP-PAITA-CD;
Que, mediante Oficio Nº 288-2006-PRODUCE/CEP-
PAITA-CD, la Presidenta del Consejo Directivo del Centro
de Entrenamiento Pesquero de Paita solicita se disponga
la tramitación y gestión para la aprobación y publicación
de la correspondiente Resolución Suprema;
Que, respecto de la solicitud mencionada en el
considerando anterior, la Secretaría General del Ministerio
de la Producción, solicitó ampliación de la información
alcanzada, habiéndola remitido el Consejo Directivo del
Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita mediante
Oficio Nº 343-2006-PRODUCE/CEP-Paita-CD, de fecha
10 de agosto de 2006;
Que, en consecuencia, se debe dictar el acto de
administración que dé por concluida la designación
del señor Edwin Sandoval Yarleque como Director
Ejecutivo del Centro de Entrenamiento Pesquero de
Paita, y que designe a la persona que ocupará el
mencionado cargo;
En uso de las facultades conferidas por el numeral 8)
conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo
Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27594;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluida, con eficacia
anticipada al 16 de junio de 2006, la designación del
señor Edwin Sandoval Yarleque como Director Ejecutivo
del Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita - CEP
PAITA.
Artículo Segundo.- Designar, a partir de la fecha, al
señor Juan Carlos Leigh Peña como Director Ejecutivo
del Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita - CEP
PAITA.
Artículo Tercero.- La presente Resolución Suprema
será refrendada por el Ministro de la Producción.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
RAFAEL REY REY
Ministro de la Producción
02479-4
Establecen veda reproductiva y
suspenden actividades de extracción
del recurso merluza en áreas marítimas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 234-2006-PRODUCE
Lima, 25 de setiembre del 2006
Visto el Oficio Nº DE-100-258-2006-PRODUCE/IMP
del 13 de setiembre de 2006, mediante el cual el Instituto
del Mar del Perú alcanza el Informe denominado
"Régimen Provisional de Pesca de Merluza al 10 de
setiembre de 2006" y el Informe Nº 285-2006-
PRODUCE/DGEPP-Dch, elaborado por la Dirección
General de Extracción y Procesamiento Pesquero;
CONSIDERANDO:
Decreto Ley Nº 25977, establece que los recursos
hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales
del Perú son patrimonio de la Nación, correspondiendo
al Estado regular el manejo integral y la explotación
racional de dichos recursos;
Que el artículo 9º de la citada Ley establece que el
Ministerio de Pesquería, hoy Ministerio de la Producción,
sobre la base de evidencias científicas disponibles y de
factores socioeconómicos determinará, según el tipo de
pesquería, los sistemas de ordenamiento pesquero, las
cuotas de captura permisible, temporadas y zonas de
pesca, regulación del esfuerzo pesquero, los métodos
de pesca, tallas mínimas de captura y demás normas
que requieran la preservación y explotación racional de
los recursos hidrobiológicos;

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