TRANSPORTES Y COMUNICACIONES RESOLUCION DIRECTORAL Nº 12333-2007-MTC/15 - Disponen inscripciOn provisional de AFOCAT Trujillo RegiOn La Libertad en el Registro de Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de TrAnsito RESOLUCION DIRECTORAL Nº 12333-2007-MTC/15

Fecha de disposición16 Septiembre 2007
Fecha de publicación16 Septiembre 2007
SecciónSección Única
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 16 de setiembre de 2007
353496
Localidad: Aramango
Plan de Asignación de Frecuencias
Plan de Canalización Plan de Asignación
Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)
2 55.25 59.75
4 67.25 71.75
5 77.25 81.75
7 175.25 179.75
9 187.25 191.75
11 199.25 203.75
13 211.25 215.75
Total de canales : 7
La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a
ser autorizada en esta localidad será: 0.1 KW.
Localidad: Balsas
Plan de Asignación de Frecuencias
Plan de Canalización Plan de Asignación
Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)
2 55.25 59.75
4 67.25 71.75
5 77.25 81.75
7 175.25 179.75
9 187.25 191.75
11 199.25 203.75
13 211.25 215.75
Total de canales : 7
La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a
ser autorizada en esta localidad será: 0.1 KW.
Localidad: Cumba
Plan de Asignación de Frecuencias
Plan de Canalización Plan de Asignación
Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)
2 55.25 59.75
4 67.25 71.75
6 83.25 87.75
8 181.25 185.75
10 193.25 197.75
12 205.25 209.75
Total de canales : 6
La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a
ser autorizada en esta localidad será: 0.1 KW.
Artículo 2º.- La Dirección General de Autorizaciones
en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de
la observancia de las condiciones técnicas previstas en los
Planes de Asignación de Frecuencias aprobados. En tal
sentido, en la evaluación de las solicitudes de autorización
y de modicación de características técnicas observará su
estricto cumplimiento.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI
Viceministra de Comunicaciones
108776-1
Disponen inscripción provisional de
AFOCAT Trujillo Región La Libertad en
el Registro de Asociaciones de Fondos
Regionales o Provinciales contra
Accidentes de Tránsito
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 12333-2007-MTC/15
Lima, 3 de agosto de 2007
VISTOS:
Los Expedientes con Registros Nºs. 053515, 061722 Y
064870 presentados por ASOCIACION FONDO CONTRA
ACCIDENTES DE TRANSITO DE LA REGION LA LIBERTAD
“AFOCAT - TRUJILLO REGION LA LIBERTAD” solicitando
su inscripción en el Registro de Asociaciones de Fondos
Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo
3º de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y
Tránsito Terrestre, el objeto de la acción estatal en materia
de transporte y tránsito terrestre se orienta a la satisfacción
de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus
condiciones de seguridad y salud, así como a la protección
del ambiente y la comunidad en su conjunto;
Que, mediante Ley Nº 28839, se modicó entre otros el
artículo 30º de la Ley General del Transporte y Tránsito Terrestre,
a efectos de incluir, como alternativa a la contratación del SOAT,
el Certicado de Accidentes de Tránsito - CAT emitido por las
Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra
Accidentes de Tránsito - AFOCAT, destinados para vehículos
de transporte regular de personas que presten servicios al
interior de la región o provincia, incluyendo el servicio de
transporte especial de personas en taxis y mototaxis;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 040-2006-MTC, se
aprobó el Reglamento de Supervisión de las Asociaciones
de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes
de Tránsito (AFOCAT) y de Funcionamiento de la Central
de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de
Tránsito, modicado por los Decretos Supremos Nºs. 012-
2007-MTC y 025-2007-MTC, el mismo que tiene como
objetivos, entre otros, regular las condiciones y requisitos
de acceso y operación de las AFOCAT, su organización y
el funcionamiento del Registro de Asociaciones de Fondos
Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito,
así como también regular la naturaleza, características,
nalidad, régimen de inversiones y condiciones técnicas
de gestión del fondo que administran;
Que, el artículo 24º del referido Reglamento establece los
requisitos para la inscripción de la AFOCAT en el Registro,
disponiendo asimismo que, una vez presentados éstos y
evaluados con arreglo a los principios de presunción de
veracidad y privilegio de controles posteriores establecidos en
los numerales 1.7 y 1.16 del artículo IV del Título Preliminar de
la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley 27444,
se celebra el contrato de deicomiso con la entidad duciaria
designada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones,
de manera tal que, con la presentación de una copia de dicho
contrato y la constancia de depósito del Fondo Mínimo, se
procede a la inscripción provisional de la AFOCAT en el
Registro, otorgándosele sesenta (60) días para que, de ser el
caso, cumpla con los demás requisitos establecidos;
Que, revisada la documentación presentada por la
ASOCIACION FONDO CONTRA ACCIDENTES DE
TRANSITO DE LA REGION LA LIBERTAD “AFOCAT
- TRUJILLO REGION LA LIBERTAD”, se advierte que
dicha AFOCAT cuenta con personería jurídica y, por tanto,
tiene capacidad para formular peticiones ante la autoridad
administrativa, pues se encuentra constituida por escritura
pública de fecha 11 de enero de 2006, otorgada ante
Notario Dr. Manuel R. Anticona Aguilar e inscrita en la
Partida Electrónica Nº 11049559 del Registro de Personas
Jurídicas de los Registros Públicos de Trujillo;
Que, por otro lado, la solicitante ha cumplido con
adjuntar la copia del contrato de deicomiso celebrado con
la CORPORACIÓN FINANCIERA DE DESARROLLO S.A.
COFIDE, designada como entidad duciaria por Resolución
Ministerial Nº 372-2007-MTC/01, así como la Constancia de
Depósito correspondiente al 30% del Fondo Mínimo conforme
a la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del
Reglamento, correspondiendo en consecuencia extenderle
la correspondiente inscripción provisional;
Estando a lo opinado por la Ocina de Registro de
AFOCAT, mediante Informe 003-2007-MTC/15. R
AFOCAT y de conformidad con la Ley Nº 27791, Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte
y Tránsito Terrestre, modicada por la Ley Nº 28839; y el
Reglamento de Supervisión de las Asociaciones de Fondos
Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito y de
Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad
derivada de Accidentes de Tránsito, aprobado por Decreto
Supremo Nº 040-2006-MTC;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer la INSCRIPCIÓN PROVISIONAL
de la ASOCIACION FONDO CONTRA ACCIDENTES DE
TRANSITO DE LA REGION LA LIBERTAD “AFOCAT -

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR