La transformación del procedimiento administrativo y la LNPA (Ley Nacional de Procedimientos Administrativos)

AutorJuan Carlos Cassagne
CargoEs doctor en Derecho y Ciencias Sociales por la Universidad de Buenos Aires (UBA
Páginas29-45
La transformacn del procedimiento
administrativo y la LNPA (Ley Nacional
de Procedimientos Administrativos)
Administrative procedure transformation and the LNPA
(Administrative Procedure National Law, Argentina)
J UA N C AR LO S C A SS A GN E *
Resumen: El artículo parte de la premisa de que, si bien ya nadie discute si
la administración puede regular el procedimiento administrativo, no se puede
desconocer que el parlamento es el órgano competente para dictar las normas
que reglamentan el ejercicio de los derechos de los ciudadanos frente a la ad-
ministración. Seguidamente, el estudio realiza un análisis de la armonización
entre el principio de competencia y los de legalidad y eficiencia, y la importan-
cia de la participación de los ciudadanos en la toma de decisiones públicas las
audiencias de este tipo. Finalmente, se desarrollan los principales aspectos de
la relación entre el procedimiento administrativo y la tutela judicial efectiva,
así como algunas nuevas funciones del procedimiento administrativo como la
información y el consenso.
Palabras clave: Procedimiento administrativo – decisiones públicas – tutela
judicial
Summary: This article starts from one assumption: while attribution of the
Administration to regulate administrative procedures is not under discussion,
competency of parliament to make rules, in order to regulate the exercise
of citizen’s rights facing Administration, can not also be ignored. Then, an
analysis of harmonization among competition principle with legality and effi-
ciency principles, also importance of citizen participation in public decision-
making and public hearings, is carried out. Main aspects of relationship bet-
ween administrative procedure and effective judicial guardianship and some
new functions of administrative procedure, as information and consensus,
have been finally developed in this article.
Key words: Administrative Procedure public decisions – judicial
guardianship
* EsdoctorenDerechoyCienciasSocialespor laUniversidaddeBuenosAires(UBA).Asimismo,es
vicepresidentedelaAcademiaNacionaldeDerechoyCienciasSociales,dondesedesempeñacomo
especialistaenDerechoadministrativo,ypresidentedelInstitutodeDerechoAdministrativodedicha
corporación.
N° 67, 2011
pp. 29-45
J UA N C AR LO S C A SS A GN E
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Derecho PUCP, N° 67, 2011 / ISSN 0251-3420
CONT ENIDO: I. INTRO DUCCIÓ N. II. PROBLE MÁTICA COMPE TENCI AL. III. AR
MONI ZACIÓN ENTRE EL PRI NCIPIO DE COMP ETENC IA Y LOS D E LEGAL IDAD
Y EFI CIENCI A. IV. LA PAR TICIPACI ÓN DE LOS CIUDADA NOS EN L A TOMA DE
DECI SIONE S PÚB LICAS : LAS AUDI ENCIAS PÚB LICAS.  V. E L PRO CEDIM IEN
TO ADMI NISTR ATIVO Y LA TUTEL A JUDICI AL EFEC TIVA. V.1. LA FUN CIÓN DE
GARA NTÍA DEL PROCED IMIEN TO AD MINIST RATIVO Y LA T UTELA JUDI CIAL
EFEC TIVA. V.2.  EL R EQUIS ITO DEL AGOTAMI ENTO D E LA VÍ A ADM INISTR A
TIVA. V.3 . UN CAMBI O PARAD IGMÁTICO: LA J URISP RUDENC IA DE LA CO R
TE S UPREMA DE J USTICI A DE COSTA RI CA. VI.– HACIA NUEVAS FUNCI ONES
DEL PR OCEDIM IENTO AD MINIS TRATIVO: LA INFORM ACIÓN Y EL CONS ENSO.
I . I N T R O DU C C I Ó N
En la medida que es hija de su tiempo, y, consecuentemente, de las ideas
imperantes en una determinada época histórica, toda ley es temporal.
Las ideas nacen en el seno de las respectivas comunidades nacionales
o supranacionales y, como son por naturaleza comunicables, pronto se
expanden en los distintos ordenamientos, con lo que integran algo así
como el tronco común de la estructura básica de los distintos derechos
comparados.
La LNPA no se sustrajo al influjo de ese proceso comparatista y
adoptó, en su momento, las principales innovaciones provenientes del
Derecho de otros países y de la doctrina vernácula1. En ese entonces, se
pensaba en el procedimiento administrativo en términos procesales; es
decir, montado sobre una estructura bilateral que sostenía el principio
contradictorio.
Pero las cosas han cambiado y, como vamos a ver, las transformaciones
que se vienen operando en el procedimiento administrativo demandan
una reforma, a fin de actualizar el ordenamiento con la recepción de
nuevos instrumentos y fórmulas que encaucen la participación de los
ciudadanos en la toma de decisiones públicas.
Algunos piensan que el proceso de transformación debe generar el cam-
bio radical de las instituciones del procedimiento administrativo. Esta
creencia, aparte de ignorar la naturaleza evolutiva del Derecho, implica
una opción extrema y riesgosa que, al volcar el eje del sistema en la par-
ticipación pública, produce la desintegración de los fines a los cuales el
sistema debe servir para realizar el bien común o interés público.
Como la complejidad creciente de un sistema de participación de
los ciudadanos conduce a un aumento de las libertades y de las
1 Asílo señalaronen laExposición deMotivos losautoresde laLNPA (Éscola,Cozzi yYoung) al
reconocer,principalmente,lainfluenciaqueproyectaronenlanormativalas doctrinasdeMarienhoff
yLinares.

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