DECRETO SUPREMO N° 194-2011-EF - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 a favor de los Pliegos Instituto Nacional de Defensa Civil y Gobierno Regional de Moquegua

Fecha de disposición05 Noviembre 2011
Fecha de publicación05 Noviembre 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 5 de noviembre de 2011
452788
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en
el Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2011 a favor de los Pliegos
Instituto Nacional de Defensa Civil y
Gobierno Regional de Moquegua
DECRETO SUPREMO
Nº 194-2011-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2011, se aprobó entre
otros el Presupuesto del Pliego 006: Instituto Nacional
de Defensa Civil y del Pliego 455: Gobierno Regional de
Moquegua;
Que, la Tercera Disposición Complementaria Final
de la Ley Nº 29628 - Ley de Equilibrio Financiero del
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011,
señala que en la Reserva de Contingencia se ha incluido
hasta la suma de CINCUENTA MILLONES Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00) a favor del Instituto
Nacional de Defensa Civil - INDECI, para destinarla a
realizar acciones durante el año f‌i scal 2011, a efectos de
brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran
magnitud, que permita mitigar los efectos dañinos por el
inminente impacto de un fenómeno natural o antrópico,
declarado por el organismo público técnico-científ‌i co
competente, y rehabilitar la infraestructura pública;
Que, los literales b) y c) de la Tercera Disposición
Complementaria Final de la Ley citada en el párrafo
precedente, establecen que el Instituto Nacional de Defensa
Civil - INDECI es responsable por el adecuado uso de los
recursos provenientes de la Reserva de Contingencia
a que se ref‌i ere la Ley en mención, correspondiendo
al Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la
Dirección General de Política de Inversiones - DGPI (ex
Dirección General de Programación Multianual del Sector
Público - DGPM), dictar los criterios y procedimientos para
sustentar la necesidad del uso de dichos recursos;
Que, el numeral 7.1 del artículo 7° de la Directiva Nº
002-2010-EF/68.01 - Directiva que establece los criterios
y procedimientos para el uso de los recursos a que se
ref‌i ere la Tercera Disposición Complementaria Final de
la Ley Nº 29628, aplicable para el año 2011 de acuerdo
con la Resolución Ministerial N° 040-2011-EF/15, señala
que es competencia del INDECI ser responsable por el
adecuado uso de los recursos antes señalados, así como
de solicitarlos a f‌i n de incorporarlos a su presupuesto y
transferirlos f‌i nancieramente;
Que, según el artículo 10º de la Directiva referida en el
considerando precedente, la emergencia por ocurrencia
de desastres de gran magnitud o peligro inminente del
mismo, se atiende a través de dos formas de intervención:
Actividades de Emergencia, que son evaluadas y
aprobadas por el INDECI; y Proyectos de Inversión Pública
de emergencia (PIP), que son presentados a la Dirección
General de Política de Inversiones - DGPI del Ministerio
de Economía y Finanzas, la que, de corresponder, los
declara elegibles, para su posterior aprobación por la
Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, asimismo, el numeral 7.2 del artículo 7° de la
citada Directiva, en concordancia con lo dispuesto en el
literal c) de la Tercera Disposición Complementaria Final
de la Ley N° 29628 - Ley de Equilibrio Financiero del
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011,
señala que para el f‌i nanciamiento de los Proyectos de
Inversión Pública (PIP) de emergencia, el INDECI remite
al Ministerio de Economía y Finanzas la relación de los
PIP de emergencia aprobados por la Presidencia del
Consejo de Ministros - PCM y declarados elegibles por la
Dirección General de Política de Inversiones - DGPI del
Ministerio de Economía y Finanzas;
Que, en aplicación de lo señalado en los
considerandos precedentes, el INDECI, a través de los
Informes Técnicos Nº 034-2011-INDECI/DNPE/EPEFT y
N° 034-2011-INDECI/14.0, ha determinado la procedencia
de incorporar recursos hasta por la suma de CIENTO
SESENTA MIL QUINIENTOS VEINTISIETE Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 160 527,00), los cuales serán
transferidos f‌i nancieramente a favor de la Municipalidad
Distrital de Acoria en la Provincia de Huancavelica del
Departamento de Huancavelica, para el alquiler de
maquinaria que permitirá la recuperación de la plataforma
de la trocha carrozable Acoria - Carpas, afectada por las
lluvias ocurridas el 05 de marzo del 2011;
Que, el INDECI, mediante los Informes Técnicos Nº 035-
2011-INDECI/DNPE/EPEFT y N° 035-2011-INDECI/14.0,
ha determinado la procedencia de incorporar recursos
hasta por la suma de CIENTO SEIS MIL SEISCIENTOS
OCHENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 106
683,00), los cuales serán transferidos f‌i nancieramente
a favor del Gobierno Regional de Moquegua, para la
adquisición de combustible que permitirá recuperar la
transitabilidad de 04 tramos de carretera del distrito de
Cuchumbaya, 01 tramo de carretera del distrito de La
Capilla, 02 tramos de carretera del distrito de Puquina,
03 tramos de carretera del distrito de San Cristóbal y 02
tramos de carretera del distrito de Yunga, que son tramos
afectados por las fuertes lluvias ocurridas el 08 de febrero
del 2011;
Que, el INDECI, a través de los Informes Técnicos
Nº 045-2011-INDECI/DNPE/EPEFT y N° 045-2011-
INDECI/14.0, ha determinado la procedencia de
incorporar recursos hasta por la suma de CIENTO
CINCUENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA
Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 154 376,00), los
cuales serán transferidos f‌i nancieramente a favor de la
Municipalidad Distrital de Surcubamba, Provincia de
Tayacaja del Departamento de Huancavelica, para el
alquiler de maquinaria pesada que permitirá recuperar la
transitabilidad de la carretera de Surcubamba - Sachacoto
del distrito de Surcubamba, Provincia de Tayacaja,
afectada por fuertes lluvias producidas el 21 de febrero
del 2011;
Que, el INDECI, mediante los Informes Técnicos
Nº 049-2011-INDECI/DNPE/EPEFT y N° 049-2011-
INDECI/14.0, ha determinado la procedencia de incorporar
recursos hasta por la suma de DOSCIENTOS SESENTA Y
CINCO MIL CUATROCIENTOS SEIS Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 265 406,00), los cuales serán transferidos
f‌i nancieramente a favor de las Municipalidades Distritales
de Singa, Chavín de Pariarca, Jircan, Codo del Pozuzo,
San Pedro de Chaulan, San Francisco de Cayran del
Departamento de Huánuco, para el alquiler de maquinaria
que permitirá la recuperación de la transitabilidad de las
carreteras Viscas - Singa - Pampam - Paucar - Singa,
Chavín de Pariarca - Perlapampa, Huancash - Tarapampa,
Pozuzo - Codo del Pozuzo, Mirador - Quircan Chico,
Ingenio Mirador, que son tramos críticos afectados por
huaycos y derrumbes ocurridos del 23 al 26 de marzo del
2011;
Que, el INDECI, a través de los Informes Técnicos
Nº 053-2011-INDECI/DNPE/EPEFT y N° 053-2011-
INDECI/14.0, ha determinado la procedencia de
incorporar recursos hasta por la suma de DOSCIENTOS
NOVENTA Y NUEVE MIL OCHENTA Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 299 080,00), los cuales serán transferidos
f‌i nancieramente a favor de la Dirección Regional Agraria
del Gobierno Regional de Ayacucho de la Provincia
Huamanga del Departamento de Ayacucho, para el
alquiler de maquinaria que permitirá efectuar trabajos
de descolmatación y reencauzamiento de los ríos Cachi,
Pongora, Yucaes y Huatatas, debido a la acumulación de
material de arrastre a consecuencia de intensas lluvias
ocurridas en Abril del 2011;
Que, el INDECI, a través de los Informes Técnicos
Nº 050-2011-INDECI/DNPE/EPEFT y N° 050-2011-
INDECI/14.0, ha determinado la procedencia de incorporar
recursos hasta por la suma de QUINIENTOS SETENTA
MIL OCHOCIENTOS VEINTISEIS Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 570 826,00), los cuales serán transferidos
f‌i nancieramente a favor de la Dirección Regional Agraria

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