RESOLUCION MINISTERIAL Nº 561-2010-MIMDES - Incorporan al Ministerio a ex-trabajadores inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente

Fecha de disposición30 Agosto 2010
Fecha de publicación30 Agosto 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, lunes 30 de agosto de 2010 424701
CUARENTA Y DOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y 00/100
NUEVOS SOLES ( S/. 4 642 560,00) para que cumpla con
elaborar la Cartografía detallada y actualizada de la zona
del VRAE, y de este modo las Fuerzas Armadas cuenten
con elementos de apoyo para cumplir sus funciones de
lucha contra el narcotráf‌i co en dicha zona.
2.3 Autorízase al pliego Instituto Nacional de Defensa
Civil – INDECI a incorporar en su presupuesto institucional
y ejecutar hasta la suma de UN MILLON DOSCIENTOS
CUATRO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 1 204 592,00), con el objeto de atender
los servicios de inspección técnica de seguridad de defensa
civil, delegaturas y verif‌i caciones ad hoc; así como, a ejecutar
los recursos necesarios para realizar acciones relacionadas
a la prevención y atención de desastres hasta por la suma
de UN MILLON TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL
DOSCIENTOS VENTIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES
(S/. 1 382 228,00). Asimismo, se autoriza al referido pliego a
realizar, en el marco de las disposiciones legales vigentes, las
modif‌i caciones en el nivel institucional que sean necesarias, a
efectos de asignar recursos a los Gobiernos Regionales hasta
por la suma de DOSCIENTOS TRECE MIL CUATROCIENTOS
NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 213 409,00), en el
marco de transferencias de funciones dentro del proceso de
descentralización, con el f‌i n de que los mismos puedan realizar
sus acciones vinculadas a la atención de desastres.
2.4 Autorízase al pliego Ministerio de Comercio Exterior
y Turismo para que modif‌i que con el mismo nivel de
norma, la Resolución Suprema N° 072-2010-MINCETUR,
a efectos de reprogramar su presupuesto aprobado de
proyectos de inversión en ejecución para el presente año,
quedando exonerada de los límites de gastos f‌i scales
vigentes a la fecha.
Artículo 3°.- Modif‌i cación Presupuestaria
Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas para
que mediante Decreto Supremo apruebe las modif‌i caciones
presupuestarias en el nivel institucional con cargo a la fuente
de f‌i nanciamiento recursos ordinarios del pliego Ministerio
de la Producción a favor del pliego Fondo Nacional de
Desarrollo Pesquero - FONDEPES hasta por el monto de
OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 850 000,00) y a favor del pliego Instituto
Tecnológico Pesquero del Perú - ITP hasta por el monto
de SETECIENTOS CUARENTA MIL Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 740 000,00), para que realicen actividades
científ‌i cas y tecnológicas de referencia para cumplir con
los estándares internacionales de pesca, en el marco de
inspecciones of‌i ciales que se realizarán próximamente, por
parte de la Autoridad Sanitaria de la Comunidad Europea.
Artículo 4°.- Medidas adicionales
Establézcase, de manera excepcional que el Ministerio
de Economía y Finanzas, en un plazo de cinco (05) días
hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación
de la presente norma, mediante Resolución Ministerial
y a propuesta de la Dirección General del Presupuesto
Público, previa opinión favorable de la Dirección General
de Asuntos Económicos y Sociales, podrá autorizar,
para casos urgentes, nuevos límites de gasto en bienes
y servicios y proyectos de inversión a cargo de las
entidades, en el marco de sus respectivos presupuestos
institucionales, conforme al objetivo establecido en el
artículo 1° de la presente norma; así como autorizar para
que conforme a las disposiciones legales vigentes, se
incorporen los recursos adicionales de ser necesarios,
para los objetivos antes mencionados.
Para efecto de lo establecido en el párrafo precedente,
sólo se tomará en cuenta los requerimientos que hayan
sido presentados al Ministerio de Economía y Finanzas a
la fecha de publicación del presente Decreto de Urgencia y
que resulten de urgente atención.
Artículo 5°.- Del seguimiento y la transparencia
5.1 Las Of‌i cinas de Presupuesto y Administración de
los pliegos autorizados son responsables del seguimiento
y monitoreo de la ejecución de los gastos que se realicen
con cargo a la autorización establecida en la presente
norma, con sujeción a las disposiciones legales vigentes.
5.2 Los pliegos autorizados publican en sus respectivos
portales institucionales, dentro del primer trimestre del año
2011, un informe respecto a las acciones realizadas en el
marco de la presente norma.
5.3 Las autorizaciones que se establecen en el
artículo 2° precedente o que se establezcan a través de la
Resolución Ministerial en el marco del presente Decreto de
Urgencia, se ciñen sólo a aspectos de orden f‌i scal.
Artículo 6°.- De la suspensión
Para efecto de la aplicación del presente Decreto de
Urgencia, déjese en suspenso las disposiciones legales y
administrativas en materia presupuestal y f‌i nanciera que
establezcan límites o restricciones de orden f‌i scal.
Artículo 7°.- Del refrendo
El presente Decreto de Urgencia será refrendado
por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro
de Defensa, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo,
el Ministro de la Producción y la Ministra de Economía y
Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve
días del mes de agosto del año dos mil diez.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN
Presidente del Consejo de Ministros
MARTÍN PÉREZ MONTEVERDE
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
RAFAEL REY REY
Ministro de Defensa
MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ
Ministra de Economía y Finanzas
JOSÉ GONZALES QUIJANO
Ministro de la Producción
537012-1
MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
Incorporan al Ministerio a ex trabajadores
inscritos en el Registro Nacional de
Trabajadores Cesados Irregularmente
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 560-2010-MIMDES
Lima, 27 de agosto de 2010
Vista la Nota Nº 364-2010-MIMDES/OGRH de la
Of‌i cina General de Recursos Humanos y el Memorando
Nº 1024-2010-MIMDES/OGPP de la Of‌i cina General de
Planif‌i cación y Presupuesto;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 27803, Ley que implementa las
recomendaciones derivadas de las comisiones creadas por
las Leyes Nº 27452 y Nº 27586, encargadas de revisar los
ceses colectivos efectuados en las empresas del Estado
sujetas a procesos de promoción de la inversión privada y
en las entidades del Sector Público y Gobiernos Locales,
se dispuso que los ex-trabajadores cuyos ceses hayan sido
declarados irregulares pueden optar, excluyentemente,
entre otros, por el benef‌i cio de la reincorporación o
reubicación laboral;
Que, por Resolución Ministerial Nº 374-2009-TR,
modif‌i cada por Resolución Ministerial Nº 005-2010-TR,
se establecieron las disposiciones para la ejecución
del benef‌i cio de reincorporación o reubicación laboral,
así como se determinó las etapas para la ejecución del
referido benef‌i cio, precisando, entre otros, que la etapa
de reubicación laboral general se encuentra a cargo del
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;
Que, con Resolución Ministerial Nº 309-2010-MIMDES,
se aprobó el Presupuesto Analítico de Personal – PAP del
período Enero – Diciembre 2010 del Pliego 039: Ministerio
de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES;
Que, en el marco del procedimiento establecido en la
Resolución Ministerial Nº 374-2009-TR, modif‌i cada por
Resolución Ministerial Nº 005-2010-TR, el Ministerio de
Trabajo y Promoción del Empleo, a través de la Resolución

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