RESOLUCION DIRECTORAL Nº 009-2011-EF/51.01 - Amplían prórroga para la presentación de información financiera y presupuestaria del primer trimestre del ejercicio 2011, para todas las entidades gubernamentales comprendidas en la Directiva N° 001-2011-EF/51.01

Fecha de disposición15 Julio 2011
Fecha de publicación15 Julio 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 15 de julio de 2011 446541
Aprueban el Estatuto del Colegio de
Contadores Públicos de Lambayeque
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 504-2011-EF/51
Lima, 14 de julio de 2011
VISTAS: Las Cartas Nºs. 090-2011-DS-CCPL y 102-
2011-DS/CCPL del Decano del Colegio de Contadores
Públicos de Lambayeque que solicita la aprobación de
su Estatuto, la Nota Nº 010-2011-EF/51.01 y el Informe
Nº 454-2011-EF/42.01 de la Dirección General de
Contabilidad Pública y de la Of‌i cina General de Asesoría
Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas.
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso a) del
artículo 6º de la Ley Nº 28951 - Ley de Actualización de la
Ley Nº 13253, de profesionalización del Contador Público
y de creación de los Colegios de Contadores Públicos, los
estatutos de los Colegios de Contadores Públicos deberán
ser aprobados por Resolución Ministerial del Ministerio de
Economía y Finanzas;
Que, al amparo de la citada Ley el Decano del Colegio
de Contadores Públicos de Lambayeque mediante Carta
Nº 090-2011-DS-CCPL solicita la aprobación del Estatuto
del referido Colegio, remitiendo el Testimonio de la
Escritura Pública del 9 de octubre de 1982 que inserta la
Modif‌i cación Total de Estatuto aprobada en la Asamblea
General Extraordinaria del 7 de marzo de 1982;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº
28951, Ley de Actualización de la Ley Nº 13253, de
profesionalización del Contador Público y de creación de
los Colegios de Contadores Públicos;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aprobar el Estatuto del Colegio de
Contadores Públicos de Lambayeque que consta de
ocho (08) títulos, diecinueve (19) capítulos y ciento diez
(110) artículos, conforme con la Escritura Pública del 9 de
octubre de 1982, y cuyo texto forma parte integrante de la
presente Resolución Ministerial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ISMAEL BENAVIDES FERREYROS
Ministro de Economía y Finanzas
665905-1
Amplían prórroga para la presentación
de información financiera y
presupuestaria del primer trimestre del
ejercicio 2011, para todas las entidades
gubernamentales comprendidas en la
Directiva Nº 001-2011-EF/51.01
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 009-2011-EF/51.01
Lima, 14 de julio de 2011
CONSIDERANDO:
Que, los incisos a) y b) del artículo 7º de la Ley Nº
señalan como atribuciones de la Dirección General de
Contabilidad Pública, entre otras, la de emitir resoluciones
dictando y aprobando las normas y procedimientos
de contabilidad que deben regir en el sector público; y
elaborar la Cuenta General de la República, procesando
las rendiciones de cuentas remitidas por las entidades del
sector público;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 002-
2011-EF/51.01 se aprueba la Directiva Nº 001-2011-
EF/51.01 “Preparación y presentación de información
financiera y presupuestaria trimestral y semestral por
las entidades usuarias del Sistema de Contabilidad
Gubernamental”, dispone que el plazo de presentación
de la información financiera y presupuestaria trimestral
y semestral, será dentro de los treinta (30) días
hábiles siguientes a la finalización del período que se
informa;
Que, estando en proceso de implementación
la nueva versión del Sistema SIAF-SP para el
ejercicio 2011, mediante Resolución Directoral Nº
003-2011-EF/51.01 se prorrogó hasta el 15 de julio
del presente año, el plazo de presentación de la
información financiera y presupuestaria del primer
trimestre del ejercicio 2011, para todas las entidades
gubernamentales comprendidas en la Directiva Nº
001-2011-EF/51.01;
Que, la nueva versión del Módulo Administrativo en
el SIAF-SP que entre otros contiene las funcionalidades
necesarias para el registro y procesamiento de las
“Rendiciones de Gastos” y “Reasignaciones” se encuentra
en proceso de instalación y capacitación, por lo que es
necesario ampliar la prórroga para la presentación de la
indicada información;
Estando a lo propuesto por la Dirección de Normatividad
y con la visación de la Dirección de Gobierno Nacional
y Gobiernos Regionales y la Dirección de Gobiernos
Locales; y,
En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº
y la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración
Financiera del Sector Público.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Ampliación de prórroga.
Amplíese hasta el 15 de agosto del presente año,
la prórroga para la presentación de la información
f‌i nanciera y presupuestaria del primer trimestre del
ejercicio 2011, para todas las entidades gubernamentales
comprendidas en la Directiva Nº 001-2011-EF/51.01,
aprobada con la Resolución Directoral Nº 002-2011-
EF/51.01.
Artículo 2º.- Publicidad de la Resolución.
Publicar la presente Resolución, en el Diario Of‌i cial
El Peruano y en el portal del Ministerio de Economía y
Finanzas: http://www.mef.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OSCAR A. PAJUELO RAMÍREZ
Director General
Dirección General de Contabilidad Pública
665512-1
EDUCACION
Modifican el D.S. Nº 007-2011-ED,
sobre creación del Centro Cultural de
la Alfabetización
DECRETO SUPREMO
Nº 016-2011-ED
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
se dispuso la creación y funcionamiento del “Museo de
la Alfabetización” con la f‌i nalidad de difundir y exponer
las acciones de alfabetización y post alfabetización,
además de constituir un centro para la formación y
desarrollo de alfabetizadores y especialistas nacionales
e internacionales en alfabetización y educación de
adultos;
Que, es necesario ampliar el alcance de las acciones
del “Museo de la Alfabetización”, con otras actividades
relevantes y de importancia para el fomento y desarrollo
de la cultura de la población, por lo que se considera
conveniente el cambio de la denominación de “Museo de

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