RESOLUCION DIRECTORAL Nº 009-2011-EF/51.01 - Amplían prórroga para la presentación de información financiera y presupuestaria del primer trimestre del ejercicio 2011, para todas las entidades gubernamentales comprendidas en la Directiva N° 001-2011-EF/51.01
Fecha de disposición | 15 Julio 2011 |
Fecha de publicación | 15 Julio 2011 |
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 15 de julio de 2011 446541
Aprueban el Estatuto del Colegio de
Contadores Públicos de Lambayeque
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 504-2011-EF/51
Lima, 14 de julio de 2011
VISTAS: Las Cartas Nºs. 090-2011-DS-CCPL y 102-
2011-DS/CCPL del Decano del Colegio de Contadores
Públicos de Lambayeque que solicita la aprobación de
su Estatuto, la Nota Nº 010-2011-EF/51.01 y el Informe
Nº 454-2011-EF/42.01 de la Dirección General de
Contabilidad Pública y de la Ofi cina General de Asesoría
Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas.
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso a) del
artículo 6º de la Ley Nº 28951 - Ley de Actualización de la
Ley Nº 13253, de profesionalización del Contador Público
y de creación de los Colegios de Contadores Públicos, los
estatutos de los Colegios de Contadores Públicos deberán
ser aprobados por Resolución Ministerial del Ministerio de
Economía y Finanzas;
Que, al amparo de la citada Ley el Decano del Colegio
de Contadores Públicos de Lambayeque mediante Carta
Nº 090-2011-DS-CCPL solicita la aprobación del Estatuto
del referido Colegio, remitiendo el Testimonio de la
Escritura Pública del 9 de octubre de 1982 que inserta la
Modifi cación Total de Estatuto aprobada en la Asamblea
General Extraordinaria del 7 de marzo de 1982;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº
28951, Ley de Actualización de la Ley Nº 13253, de
profesionalización del Contador Público y de creación de
los Colegios de Contadores Públicos;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aprobar el Estatuto del Colegio de
Contadores Públicos de Lambayeque que consta de
ocho (08) títulos, diecinueve (19) capítulos y ciento diez
(110) artículos, conforme con la Escritura Pública del 9 de
octubre de 1982, y cuyo texto forma parte integrante de la
presente Resolución Ministerial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ISMAEL BENAVIDES FERREYROS
Ministro de Economía y Finanzas
665905-1
Amplían prórroga para la presentación
de información financiera y
presupuestaria del primer trimestre del
ejercicio 2011, para todas las entidades
gubernamentales comprendidas en la
Directiva Nº 001-2011-EF/51.01
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 009-2011-EF/51.01
Lima, 14 de julio de 2011
CONSIDERANDO:
Que, los incisos a) y b) del artículo 7º de la Ley Nº
señalan como atribuciones de la Dirección General de
Contabilidad Pública, entre otras, la de emitir resoluciones
dictando y aprobando las normas y procedimientos
de contabilidad que deben regir en el sector público; y
elaborar la Cuenta General de la República, procesando
las rendiciones de cuentas remitidas por las entidades del
sector público;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 002-
2011-EF/51.01 se aprueba la Directiva Nº 001-2011-
EF/51.01 “Preparación y presentación de información
financiera y presupuestaria trimestral y semestral por
las entidades usuarias del Sistema de Contabilidad
Gubernamental”, dispone que el plazo de presentación
de la información financiera y presupuestaria trimestral
y semestral, será dentro de los treinta (30) días
hábiles siguientes a la finalización del período que se
informa;
Que, estando en proceso de implementación
la nueva versión del Sistema SIAF-SP para el
ejercicio 2011, mediante Resolución Directoral Nº
003-2011-EF/51.01 se prorrogó hasta el 15 de julio
del presente año, el plazo de presentación de la
información financiera y presupuestaria del primer
trimestre del ejercicio 2011, para todas las entidades
gubernamentales comprendidas en la Directiva Nº
001-2011-EF/51.01;
Que, la nueva versión del Módulo Administrativo en
el SIAF-SP que entre otros contiene las funcionalidades
necesarias para el registro y procesamiento de las
“Rendiciones de Gastos” y “Reasignaciones” se encuentra
en proceso de instalación y capacitación, por lo que es
necesario ampliar la prórroga para la presentación de la
indicada información;
Estando a lo propuesto por la Dirección de Normatividad
y con la visación de la Dirección de Gobierno Nacional
y Gobiernos Regionales y la Dirección de Gobiernos
Locales; y,
En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº
y la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración
Financiera del Sector Público.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Ampliación de prórroga.
Amplíese hasta el 15 de agosto del presente año,
la prórroga para la presentación de la información
fi nanciera y presupuestaria del primer trimestre del
ejercicio 2011, para todas las entidades gubernamentales
comprendidas en la Directiva Nº 001-2011-EF/51.01,
aprobada con la Resolución Directoral Nº 002-2011-
EF/51.01.
Artículo 2º.- Publicidad de la Resolución.
Publicar la presente Resolución, en el Diario Ofi cial
El Peruano y en el portal del Ministerio de Economía y
Finanzas: http://www.mef.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OSCAR A. PAJUELO RAMÍREZ
Director General
Dirección General de Contabilidad Pública
665512-1
EDUCACION
Modifican el D.S. Nº 007-2011-ED,
sobre creación del Centro Cultural de
la Alfabetización
DECRETO SUPREMO
Nº 016-2011-ED
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2011-ED
se dispuso la creación y funcionamiento del “Museo de
la Alfabetización” con la fi nalidad de difundir y exponer
las acciones de alfabetización y post alfabetización,
además de constituir un centro para la formación y
desarrollo de alfabetizadores y especialistas nacionales
e internacionales en alfabetización y educación de
adultos;
Que, es necesario ampliar el alcance de las acciones
del “Museo de la Alfabetización”, con otras actividades
relevantes y de importancia para el fomento y desarrollo
de la cultura de la población, por lo que se considera
conveniente el cambio de la denominación de “Museo de
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba