RESOLUCION SUPREMA N° 395-2009-RE - Dan por terminadas funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia

Fecha de publicación05 Diciembre 2009
Fecha de disposición05 Diciembre 2009
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 5 de diciembre de 2009 407335
431363-7
Declaran en abandono procedimiento
administrativo de cambio de titular de
permiso de pesca
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 874-2009-PRODUCE/DGEPP
2 de noviembre de 2009
Visto el escrito con registro Nº 00041633-2009 de fecha
27 de mayo del 2009, presentados por el señor JOSE
OMAR PUESCAS GALAN.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191º de la Ley Nº 27444-Ley del
Procedimiento Administrativo General, establece que en
“los procedimientos iniciados a solicitud de parte, cuando
el administrado incumpla algún trámite que le hubiera sido
requerido que produzca su paralización por treinta días, la
autoridad de of‌i cio o a solicitud del administrado declarará
el abandono del procedimiento”;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 048-99-PRE/P,
de fecha 10 de junio del 1999, se otorgó permiso de pesca
al armador pesquero INOCENTE PUESCAS FIESTAS
E HIJOS, para operar una (01) embarcación pesquera
de bandera nacional, denominada “MI BARTOLITA” de
matrícula Nº PL-3533-BM con 36.00 m3 de capacidad de
bodega, construida en el año 1982, la cual se dedicará a
la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta
y sardina, para el consumo humano directo e indirecto,
utilizando cajas de hielo como sistema de preservación y
redes de cerco con longitud mínima de abertura de malla
de ½ (13 mm) y 1 ½ pulgadas (38 mm), respectivamente
en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (05)
millas costeras;
Que, mediante el escrito del visto el señor JOSE
OMAR PUESCAS GALAN solicita cambio de titular del
permiso de pesca para operar la embarcación pesquera
“MI BARTOLITA” con matrícula Nº PL-3533-BM, como
copropietario y representante de los señores INOCENTE
PUESCAS FIESTAS ( fallecido)y su cónyuge BARTOLA
GALAN DE PUESCAS, PEDRO PUESCAS GALAN y su
cónyuge JUANA FIESTAS FIESTAS, JUAN PUESCAS
GALAN y su cónyuge CONCEPCIÓN FIESTAS OLIVOS y
MAXIMINA LLENQUE LORO;
Que, mediante el Of‌i cio Nº 4266-2009-PRODUCE/
DGEPP-Dchi de fecha 1 de julio del 2009, se le requirió al
administrado la subsanación de observaciones encontradas
en su expediente de la embarcación pesquera “MI
BARTOLITA” de matrícula Nº PL-3533-BM, se le requirió la
presentación copia de carta poder vigente y la presentación
del Certif‌i cado Nacional de Arqueo vigente a f‌i n de verif‌i car
la capacidad de bodega real de la citada embarcación
pesquera;
Qué, hasta la fecha el administrado no ha cumplido
con subsanar las observaciones encontradas en
el expediente, a pesar de que la notif‌i cación fue
recepcionado con fecha del 08 de julio del 2009 por el
señor Mariano Galán Martínez, en el domicilio f‌i jado por
el administrado, como consta en el cargo de recepción
que se encuentra en el expediente; por lo que el
procedimiento administrativo fue paralizado por más de
treinta (30) días por causas imputables al administrado;
en consecuencia, procede declarar el abandono del
procedimiento administrativo iniciado, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 191º de la Ley Nº 27444-
Estando a lo informado por la Dirección de Consumo
Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y
Procesamiento Pesquero, mediante los Informes Nº 690 y
1087-2009-PRODUCE/DGEPP-Dchi, de fecha 10 de junio y
30 de setiembre del 2009 respectivamente, y con la opinión
de la Instancia Legal correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº
25977, Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado
por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y modif‌i cado por
Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, Ley Nº 26920 y
su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-
PE y sus modif‌i catorias, el Decreto Supremo Nº 004-2007-
PRODUCE el procedimientos administrativos Nº 06 del
Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado
por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y publicado
por Resolución Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE; y,
En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º
Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y en virtud al artículo
191º de la Ley Nº 27444;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Declarar en abandono el procedimiento
administrativo de cambio de titular del permiso de pesca
para operar la embarcación pesquera denominada “MI
BARTOLITA” de matrícula Nº PL-3533-BM, solicitado
por el señor JOSE OMAR PUESCAS GALAN, por los
fundamentos expuestos en la parte considerativa de la
presente Resolución.
Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución
Directoral a la Dirección General de Seguimiento,
Control y Vigilancia, a las Direcciones Regionales
Sectoriales de la Producción del litoral, y a la Dirección
General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de
Defensa, y consignarse en el Portal de la Página Web
del Ministerio de la Producción: :www.produce.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARCO ANTONIO ESPINO SÁNCHEZ
Director General de Extracción y
Procesamiento Pesquero
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RELACIONES EXTERIORES
Dan por terminadas funciones
de Embajador Extraordinario y
Plenipotenciario del Perú en el Estado
Plurinacional de Bolivia
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 395-2009-RE
Lima, 4 de diciembre de 2009
Vista la Resolución Suprema Nº 068-2006-RE, que
nombró al Embajador en el Servicio Diplomático de la
República Fernando Rojas Samanez, como Embajador
Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República
de Bolivia;
Vista la Resolución Ministerial Nº 0234-2006-RE, que
f‌i jó el 1 de abril de 2006, como la fecha en que el citado
funcionario diplomático debió asumir funciones como
Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la
República de Bolivia;
De conformidad con los artículos 7º, 13º inciso a) y
30° de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático
de la República y su modificatoria la Ley N° 29318; y
los artículos 62º, 185º inciso c), 187º y 189º inciso b)
del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la
República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº
130-2003-RE y su modificatoria el Decreto Supremo N°
065-2009-RE;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Dar por terminadas las funciones del
Embajador en el Servicio Diplomático de la República
Fernando Rojas Samanez, como Embajador Extraordinario
y Plenipotenciario del Perú en el Estado Plurinacional de
Bolivia.
Artículo 2º.- Cancelar las Cartas Credenciales y los
Plenos Poderes correspondientes.
Artículo 3º.- La fecha de término de funciones será
f‌i jada mediante Resolución Ministerial.
Artículo 4º.- Aplicar el egreso que irrogue la presente
Resolución a las partidas correspondientes del Pliego
Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE
Ministro de Relaciones Exteriores
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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