ORDENANZA Nº 315-MSI - Suspenden temporalmente la recepción de determinadas solicitudes de autorización municipal de ubicación de elementos de publicidad exterior

Fecha de publicación02 Octubre 2010
Fecha de disposición02 Octubre 2010
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 2 de octubre de 2010
426892
Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento de la
presente disposición a la Gerencia Municipal, Gerencia
de Asesoría Jurídica, Gerencia de Desarrollo Social y
Económico, Departamento de Participación Vecinal y
Departamento de Imagen Institucional.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
ROSA ELVIRA QUARTARA CARRIÓN DE RUAS
Alcaldesa
ANEXO DEL DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 008-2010-MDMM
CRONOGRAMA DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES DE
LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL
CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL
Nº ACTIVIDAD FECHA
1 Convocatoria a elecciones 04 de Octubre de 2010
2 Cierre de inscripciones en el Registro
Único de Organizaciones Sociales 07 de Octubre de 2010
3 Publicación de organizaciones
registradas (padrón) 11 de Octubre de 2010
4 Presentación de impugnaciones Del 12 al 14 de Octubre de
2010
5 Resolución de tachas 15 de Octubre de 2010
6 Publicación def‌i nitiva de organizaciones
inscritas 18 de Octubre de 2010
7 Taller de capacitación a delegados
electores de las organizaciones inscritas 19 de Octubre de 2010
8 Inscripción de candidatos 19 de Octubre de 2010
9 Acto Electoral-Palacio Municipal –Av.
Brasil Nº 3501 de 9:00 a.m. a 12 m. 20 de Octubre de 2010
10 Proclamación y juramentación 20 de Octubre de 2010
11 Publicación de resultados 21 de Octubre de 2010
12 Entrega de credenciales 22 de Octubre de 2010
550839-1
MUNICIPALIDAD DE
SAN ISIDRO
Suspenden temporalmente la recepción
de determinadas solicitudes de
autorización municipal de ubicación
de elementos de publicidad exterior
ORDENANZA Nº 315-MSI
EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO
POR CUANTO:
EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO
Visto, en sesión extraordinaria de Concejo de fecha 1°
de octubre de 2010; y,
CONSIDERANDO:
Que, los gobiernos locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos
de su competencia, conforme lo establece el artículo
194º de la Constitución Política del Estado, modif‌i cado
por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y en
concordancia con el artículo II del Título Preliminar de
precisando la última norma indicada, que la autonomía
de las municipalidades señalada en la Constitución
Política, radica en la facultad de ejercer actos de
gobierno, administrativos y de administración, con
sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, con Ordenanza Nº 248-MSI se reguló la
ubicación de elementos de publicidad exterior en el distrito
de San Isidro, norma que regula los aspectos referidos
a la ubicación de elementos de publicidad exterior bajo
una visión coherente del uso de los espacios urbanos,
salvaguardando la imagen visual del distrito y proteger la
calidad del paisaje urbano con relación a la publicidad,
así como el orden, el ornato y la calidad de vida de los
vecinos del distrito de San Isidro, preservando además
la seguridad de las personas, de la vía pública y de los
predios urbanos;
Que, si bien dicha norma fue emitida en concordancia
con lo estipulado con la Ordenanza Nº 1094-MML que
regula la ubicación de anuncios y avisos publicitarios en
la provincia de Lima, la Resolución Nº 2320-2010/SC1-
INDECOPI del Tribunal de Defensa de la Competencia
y de la Propiedad Intelectual conf‌i rmó en parte la
Resolución Nº 0143-2009/CEB-INDECOPI de la Comisión
de Eliminación de Barreras Burocráticas que declaró la
existencia de barreras burocráticas ilegales o carentes
de razonabilidad, con respecto a la prohibición de instalar
paneles monumentales, elementos de publicidad exterior
en azoteas, aires y techos de edif‌i caciones, paneles
publicitarios en estructuras tipo torres, paneles simples en
zonas residenciales y de la regulación del contenido de
los anuncios publicitarios;
Que, por estas razones se hace necesario modif‌i car
algunos aspectos de la Ordenanza Nº 248-MSI con
relación a los criterios que formaron parte de las
resoluciones citadas del Instituto Nacional de Defensa
de la Competencia y de la Protección de la Propiedad
Intelectual, y las Ordenanzas Nros.1337-MML y 1347-MML
que precisan las competencias de las municipalidades
distritales para autorizar y regular a través de ordenanzas
la colocación de elementos de publicidad en el marco de
la Ordenanza Nº 1094-MML;
Que, de acuerdo a lo señalado en los párrafos
precedentes, se hace necesario la suspensión
temporal de los ingresos de las solicitudes de
autorización municipal de ubicación de publicidad exterior
mencionados en el tercer párrafo de la parte considerativa
de la presente Ordenanza, a f‌i n de salvaguardar el interés
publico, consistente en la necesidad de prevenir un
escenario de saturación visual que cause inseguridad
y daño a la integridad de los vecinos, al no contar con
parámetros técnicos para su evaluación;
Que, dicha medida resulta idónea por su temporalidad,
por cuanto posibilita la realización de un análisis a corto
plazo que permita determinar los aspectos técnicos
necesarios a incorporar en la Ordenanza Nº 248-MSI,
sin que con ello, se logre perjudicar a los vecinos y a los
administrados;
Que, en ejercicio de las funciones específ‌i cas
exclusivas de las municipalidades distritales en materia de
organización del espacio físico y uso del suelo, previstas
Nº 27972, debe ejecutarse acciones inmediatas para la
intervención municipal y regulación de dichas actividades,
a f‌i n de restablecer el desarrollo urbano ordenado del
distrito; y,
En uso de las facultades conferidas por los artículos 9°
y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades27972, el
Concejo por unanimidad y con dispensa de trámite de
aprobación de Acta, ha aprobado la siguiente:
ORDENANZA
SUSPENDEN TEMPORALMENTE LA RECEPCIÓN
DE ALGUNAS SOLICITUDES DE AUTORIZACIÓN
MUNICIPAL DE UBICACIÓN DE ELEMENTOS DE
PUBLICIDAD EXTERIOR
Artículo Primero.- Suspender temporalmente por
un periodo de 90 días calendario o hasta la emisión

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