06 120-MDI - Ordenanza para ejecución de obras "Techo Propio" en sus modalidades de Mejoramiento de Vivienda y Construcción en Sitio Propio

Fecha de publicación20 Mayo 2006
Fecha de disposición20 Mayo 2006
Pág. 319190
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 20 de mayo de 2006
y México DF en México, para los fines expuestos en la
parte considerativa de la presente resolución.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de
Administración y Finanzas disponer la ejecución de los
gastos que irrogue la presente autorización de viaje, con
cargo al Presupuesto del INSTITUTO
METROPOLITANO PROTRANSPORTE DE LIMA, los
mismos que deberán ser rendidos dentro de los quince
días calendario siguientes a su retorno al país por los
funcionarios y personal cuyo viaje se autoriza por la
presente resolución, según el siguiente detalle:
Pasajes Lima -México DF-Lima : US$ 596.15 cada uno
Viáticos por seis días : US$ 1200.00 cada uno
Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 30.25 cada uno
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN ALBERTO ACHING ASHUY
Presidente Ejecutivo
PROTRANSPORTE
08991
MUNICIPALIDAD DEL CP DE
SANTA MARÍA DE HUACHIPA
Regulan el Régimen de Tenencia y
Registro de Canes en el Centro Poblado
ORDENANZA Nº 048-MCPSMH
C.P. de Santa María de Huachipa, 27 de abril de 2006
EL CONCEJO DEL CENTRO POBLADO
DE SANTA MARÍA DE HUACHIPA
POR CUANTO:
El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de la fecha;
y,
CONSIDERANDO:
Que se ha incrementado los casos de rabia y otras
enfermedades transmisibles entre los animales y el
hombre (zoonosis) en los canes en la ciudad de Lima,
por lo tanto se debe cautelar la salud de los vecinos de
esta jurisdicción y prevenir riesgos a la salud pública;
Que en cumplimiento de la Ley Nº 27596 - Ley del
Régimen Jurídico de Canes, su Reglamento - Decreto
Supremo Nº 006-2,002 SA y su modificatoria R.M.
Nº 841-2,003 SA/DM, se hace necesario regular la
crianza, educación, adiestramiento, comercialización,
tenencia y transferencia de canes en el ámbito de este
Centro Poblado;
Estando a lo dispuesto en la Ley Nº 27972 - Ley
Orgánica de Municipalidades, por unanimidad se aprueba
la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º.- APROBAR LA ORDENANZA QUE
NORMA EL RÉGIMEN DE LA TENENCIA Y REGISTRO
DE CANES EN EL CENTRO POBLADO DE SANTA
MARÍA DE HUACHIPA, el mismo que forma parte
integrante de esta disposición municipal.
Artículo 2º.- Publicar la Ordenanza en la Página Web:
www.munihuachipa.gob.pe., así como en el periódico
mural, ubicado en la parte exterior de la Municipalidad,
para cumplir con la difusión respectiva y hacer de
conocimiento del público en general.
Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia Municipal el
cumplimiento de la presente Ordenanza.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
MARÍA A. FONSECA ESPINOZA
Alcaldesa
08939
MUNICIPALIDAD DE
INDEPENDENCIA
Ordenanza para ejecución de obras
"Techo Propio" en sus modalidades de
Mejoramiento de Vivienda y
Construcción en Sitio Propio
ORDENANZA Nº 120-MDI
Independencia, 10 de mayo de 2006
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE INDEPENDENCIA
Vistos el Informe Nº 047-2006-GGU/MDI, de fecha 8
de mayo del 2006, procedente de la Gerencia de Gestión
Urbana, el Memorando Nº 418-2006-GM-MDI, de fecha
8 de mayo del 2006, emitido por la Gerencia Municipal, y
el Informe Nº 123-2006-UAL/MDI, de fecha 9 de mayo
del 2006, evacuado por la Unidad de Asesoría Legal,
mediante el cual propone el Proyecto de Ordenanza para
la ejecución de obras “Techo Propio” en sus modalidades
de Mejoramiento de Vivienda y Construcción en Sitio
Propio, al amparo de la Ordenanza Municipal Nº 114-
MDI (Ordenanza que crea el Programa Municipal de
Vivienda) de fecha 22 de febrero de 2006
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Estado, en su artículo
191º y siguientes, establece que las Municipalidades
cuentan con autonomía política, administrativa y
económica en los asuntos de su competencia, con
funciones normativas; autonomía que es reiterada por la
en su Artículo II del Título Preliminar;
Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades, señala en su Artículo 20º, inciso 1, que
es función del Alcalde y del Concejo velar por el
cumplimiento de la legalidad, de la defensa municipal y el
bienestar de los vecinos.
Que, de acuerdo a la Ordenanza Municipal Nº 114-
MDI de fecha 22 de febrero del 2006 se crea el Programa
Municipal de Vivienda que promueve la construcción
formal de viviendas, con intervención de la Municipalidad
como agente promotor de los mecanismos técnicos-
financieros existentes en el Programa Techo Propio y
facilitador en el proceso de postulación al Bono Familiar
Habitacional. El Programa está orientado a la organización
de la demanda, generación de ahorro y asistencia técnica
en el desarrollo de proyectos de Vivienda Nueva,
Construcción en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda.
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 117-MDI de
fecha 22 de marzo de 2006, se aprobó el Texto Único de
Procedimientos Administrativos (TUPA) de la
Municipalidad el mismo que establece los procedimientos
y los derechos para los trámites de obtención de
Certificados de Parámetros Urbanísticos y Edificaciones,
Licencia de Obra, Declaratoria de Fábrica, y otros
procedimientos similares, conforme a la Ley Nº 27157 y
sus normas complementarias, estando estos
procedimientos referidos a los proyectos presentados
por los propietarios de manera particular y ordinaria.
Que según lo dispuesto en el Artículo 5º, ítems 4 y 5
de la Ordenanza Municipal Nº 114-MDI (Ordenanza que
crea el Programa Municipal de Vivienda), se recomienda
crear mecanismos de gestión, ágiles y asequibles que
apliquen y recojan los principios de la simplificación
administrativa, la eliminación de barreras burocráticas y
la modernización de los servicios prestados a la
población local, con la finalidad de facilitar el proceso de
formalización de las viviendas.
Que siendo uno de los principales objetivos del
Programa Municipal de Vivienda el de promover la
construcción formal de las viviendas es necesario
establecer procedimientos específicos para facilitar el
tramite administrativo para la ejecución de obras del
Programa Techo Propio en sus modalidades de
Mejoramiento de Vivienda y Construcción en Sitio Propio.

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