Sancionan a diversas personas naturales con suspensión de licencia de conducir e inhabilitación para obtener ésta *

Fecha de publicación07 Febrero 1997
Fecha de disposición07 Febrero 1997
NORMAS LEGALES
Pág. 146627
Lima, viernes 7 de febrero de 1997
Artículo 3º.-
Remitir todos los actuados a la Comisión
Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios
del Ministerio del Interior para que dentro del plazo de ley
concluya las acciones correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN BRIONES DAVILA
Ministro del Interior
Otorgan la nacionalidad peruana a
ciudadano español
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 0132-97-IN-050100000000
Lima, 5 de febrero de 1997
Visto, el Expediente Nº 26622/96, seguido por don
Roberto LOPEZ ORTIZ, de nacionalidad española sobre
otorgamiento de Nacionalidad Peruana.
CONSIDERANDO:
Que, se han cumplido con los requisitos y trámites que
para el otorgamiento de la Nacionalidad Peruana en favor
de extranjeros domiciliados en la república que exige el
Convenio de Doble Nacionalidad suscrito entre los Go-
biernos de Perú y España el 16.MAY.59, aprobado por
Resolución Legislativa Nº 13283 de 15.DIC.59, y su Regla-
mento D.S. Nº 488-RE de 22.JUL.60, Ley de Simplifica-
ción Administrativa Nº 25035 y Directiva Nº 01-95-IN-
DGGI/DIRMIN/SNAT, aprobado mediante Resolución
Ministerial Nº 350-95-IN-030100000000 del 30.MAR.95;
De acuerdo con la opinión favorable de la Dirección
General de Migraciones y Naturalización del MININTER
y a lo informado por la Oficina General de Asesoría
Jurídica del Ministerio del Interior; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.-
Conceder la Nacionalidad Peruana
a don Roberto LOPEZ ORTIZ, e inscribirlo en el Registro
respectivo y extenderle el Título de Doble Nacionalidad
correspondiente.
Regístrese, comuníquese y archívese.
JUAN BRIONES DAVILA
Ministro del Interior
M T C
Sancionan a diversas personas natu-
rales con suspensión de licencia de
conducir e inhabilitación para obtener
ésta
RESOLUCION DIRECTORAL
Nº 020-97-MTC/15.15
Lima, 30 de enero de 1997
VISTOS, el Oficio Nº 1346-96-ADUANAS/10 de la
Intendencia de Aduanas de Mollendo, Oficio Múltiple Nº
2949-96-CTAR/ST-PE-DIRTCV-CT de la Dirección Re-
gional de Circulación Terrestre de Arequipa, sobre infrac-
ción administrativa vinculada al contrabando - Ley Nº
26461.
CONSIDERANDO:
Que, mediante los oficios indicados en vistos, la Inten-
dencia de Aduanas de Mollendo, ha remitido a través de
la Dirección Regional de Circulación Terrestre de Arequi-
pa, la Licencia de Conducir Nº Q-123948, clase A, catego-
ría "III" (antes G-173086, clase 2, categoría E) a nombre de
Leopoldo Azabache Fernández, al habérsele encontrado
responsabilidad administrativa, vinculada al contraban-
do con el vehículo de placa Nº UI-4674;
Que, el literal a) del Artículo 31º de la Ley Nº 26461 Ley
de Delitos Aduaneros, establece que si se trata de persona
natural se le suspenderá la Licencia de Conducir por el
término de un (1) año, registrándose la sanción como
antecedente en el Registro de Conductores que corres-
ponda;
Estando a lo opinado por la Dirección de Asesoría
Legal en Informe Nº 021-97-MTC/15.15.al;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26461
y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 121-
95-EF, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas
Generales de Procedimientos Administrativos aprobado
por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS y Decreto Ley Nº
25862;
SE RESUELVE:
Primero.-
Sancionar a Leopoldo Azabache Fernán-
dez, con suspensión de su Licencia de Conducir Nº Q-
123948, categoría III, por el término de un (1) año, la que
se computará a partir del 11 de setiembre de 1996 fecha
de intervención y decomiso de la referida Licencia, según
Resolución de Intendencia Nº 325-96-ADUANAS/10, por
las razones expuestas en la parte considerativa de esta
Resolución.
Segundo.-
Transcribir la presente Resolución a la
Intendencia de Aduanas de Mollendo, Dirección Regional
de Circulación Terrestre de Arequipa, así como a la
Policía Nacional del Perú para su conocimiento y control
correspondiente.
Tercero.-
Encargar la ejecución de esta Resolución a
la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial.
Regístrese y comuníquese.
MARCO GAMBINI VIDAL
Director General
Dirección General de Circulación Terrestre
RESOLUCION DIRECTORAL
Nº 021-97-MTC/15.15
Lima, 30 de enero de 1997
VISTOS, el Informe Nº 251-96-MTC/15.15.pacv.lc de
la Subdirección de Otorgamiento de Licencias de Condu-
cir de la Dirección de Parque Automotor y Circulación
Vial y Expediente de Registro Nº 13244, sobre falsifica-
ción de Licencias de Conducir.
CONSIDERANDO:
Que, de los documentos indicados en vistos, se toma
conocimiento que el Touring y Automóvil Club del Perú
remite a la Dirección de Parque Automotor y Circulación
Vial para su verificación correspondiente, las Licencias de
Conducir siguientes:
L.C. Nº CATEG. APELLIDOS Y NOMBRES INF.
G-456131 CSEDANO CASTILLO,
LOURDES LILIANA F-1
G-337591 EMAZZO GARCIA,
ELIAS MARTIN F-1
Que, de la verificación efectuada por la Dirección de
Parque Automotor y Circulación Vial a las Licencias de
Conducir referidas, se ha determinado que éstas eviden-
cian signos de falsificación, en su formato, sellos oficiales
y firmas autorizadas; por lo tanto, las personas que venían
utilizando dichas Licencias de Conducir, han infringido lo
dispuesto en el literal F-1 del rubro Infracciones a la
Documentación del Artículo 3º del Reglamento de Infrac-
ciones y Sanciones de Tránsito, aprobado por Decreto
Supremo Nº 17-94-MTC; en consecuencia, son pasibles a
las sanciones establecidas en el literal e) del Artículo 6º del
Reglamento acotado;
Estando a lo opinado por la Dirección de Asesoría
Legal en Informe Nº 022-97-MTC/15.15.al;
De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento
aprobado por Decreto Supremo Nº 17-94-MTC, Texto
Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de
Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto
Supremo Nº 02-94-JUS y Decreto Ley Nº 25862;
SE RESUELVE:
Primero.-
SANCIONAR a las personas indicadas en
el primer considerando de esta Resolución, con INHABI-

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