DECRETO SUPREMO N° 014-2010-AG - Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA

Fecha de disposición18 Diciembre 2010
Fecha de publicación18 Diciembre 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 18 de diciembre de 2010 431145
Que, conforme con lo dispuesto por el numeral 113.5
del Reglamento Interno de Organización y Funciones
del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú,
aprobado por la Resolución Ministerial N° 128-2000-PCM
y el artículo 69° del Reglamento de Escalafón del Cuerpo
General de Bomberos Voluntarios del Perú, aprobado por la
Resolución Ministerial N° 129-2000-PCM, la elección de un
Brigadier Mayor para cualquiera de los cargos señalados
anteriormente implica la inmediata aprobación de su
ascenso a Brigadier General;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27067,
el Reglamento Interno de Organización y Funciones
del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú,
aprobado por Resolución Ministerial N°128-2000-PCM y el
Reglamento de Escalafón del Cuerpo General de Bomberos
Voluntarios del Perú, aprobado por la Resolución Ministerial
N°129-2000-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Ratif‌i car el ascenso a Brigadier General
CPB del Brigadier Mayor CBP AUGUSTO NÉSTOR VIÑAS
LÓPEZ.
Artículo 2º.- Ratif‌i car al Brigadier General CBP
AUGUSTO NÉSTOR VIÑAS LÓPEZ como Vicecomandante
General del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del
Perú para el período 2011 - 2012.
Artículo 3º.- Ratif‌i car al Brigadier General C.B.P. JUAN
GONZALO LOSTANAU SILVA como Presidente del Consejo
Nacional de Disciplina del Cuerpo General de Bomberos
Voluntarios del Perú para el período 2011 - 2012.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO
Presidente del Consejo de Ministros y
Ministro de Educación
579815-2
AGRICULTURA
Aprueban Texto Único de Procedimientos
Administrativos - TUPA del Servicio
Nacional de Sanidad Agraria - SENASA
DECRETO SUPREMO
Nº 014-2010-AG
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, los artículos 36º y 37º de la Ley del Procedimiento
Administrativo General - Ley Nº 27444, señalan que los
procedimientos, requisitos y costos administrativos se
establecen exclusivamente mediante Decreto Supremo
o normas de mayor jerarquía y que todas las entidades
elaboran y aprueban o gestionan la aprobación, de su
Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA,
el cual contiene entre otros aspectos, la relación de los
procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los
administrados para satisfacer sus intereses o derechos
mediante el pronunciamiento de cualquier órgano de
la entidad; la descripción clara y taxativa de todos los
requisitos exigidos para la realización completa de cada
procedimiento y la calif‌i cación de éstos precisando el
silencio administrativo aplicable en casos de procedimientos
de evolución previa; asimismo los derechos de tramitación,
los formularios a emplearse durante el procedimiento y la
relación de aquellos servicios prestados en exclusividad
por la entidad;
Que, por Decreto Supremo Nº 016-2002-AG se aprobó
el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA
del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA,
publicado el 23 de febrero del 2002, el mismo que fue
modif‌i cado mediante Decreto Supremo Nº 043-2005-AG
publicado el 4 de diciembre de 2005 y por las Resoluciones
Ministeriales Nos. 009-2003-AG, 126-2004-AG y 699-2007-
AG, publicadas el 10 de enero del 2003, el 14 de febrero del
2004 y el 29 de noviembre de 2007, respectivamente;
Que, la Ley General de Sanidad Agraria - Decreto
Legislativo N° 1059 y su Reglamento aprobado por
Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, introducen nuevos
procedimientos administrativos que requieren ser
incorporados, siendo necesario actualizar el TUPA vigente,
en armonía con la política de racionalización de las
actividades del Estado, para la correcta aplicación de los
procedimientos administrativos;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto
Legislativo N° 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, su
Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 018-2008-
AG, la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo
General, el Decreto Supremo N° 008-2005-AG - Reglamento
de Organización y Funciones del SENASA y Decreto
Legislativo Nº 997 Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Agricultura;
DECRETA:
Artículo 1.- Aprobación
Apruébase el Texto Único de Procedimientos
Administrativos -TUPA del Servicio Nacional de Sanidad
Agraria - SENASA, que consta de ochenta y ocho (88)
Procedimientos Administrativos con las tasas por dichos
procedimientos, según los Anexos 1, 2 y 3 que forman parte
integrante del presente Decreto Supremo.
Artículo 2.- Derogación
Derógase los Decretos Supremos Nos. 016-2002-AG
y 043-2005-AG y las Resoluciones Ministeriales Nos. 009-
2003-AG, 126-2004-AG y 699-2007-AG.
Artículo 3.- Publicación
El presente Decreto Supremo, será publicado en el
Diario Of‌i cial El Peruano. El TUPA y Anexos en el Portal
de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.
serviciosalciudadano.gob.pe), y en el portal del Servicio
Nacional de Sanidad Agraria - SENASA (www.senasa.gob.
pe).
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Ministro de Agricultura y entrará en vigencia al día siguiente
de su publicación el Diario Of‌i cial El Peruano,
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete
días del mes de diciembre del año dos mil diez.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
RAFAEL QUEVEDO FLORES
Ministro de Agricultura
579964-3
Aprueban Texto Único de Procedimientos
Administrativos - TUPA del Instituto
Nacional de Innovación Agraria - INIA
DECRETO SUPREMO
N° 015-2010-AG
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 37º de la Ley del Procedimiento
Administrativo General - Ley Nº 27444, establece que
todas las entidades elaboran y aprueban o gestionan
la aprobación, de su Texto Único de Procedimientos
Administrativos - TUPA, el cual contiene entre otros
aspectos, la relación de los procedimientos de iniciativa
de parte requeridos por los administrados para satisfacer
sus intereses o derechos mediante el pronunciamiento
de cualquier órgano de la entidad; la descripción clara y
taxativa de todos los requisitos exigidos para la realización
completa de cada procedimiento y la calif‌i cación de éstos
precisando el silencio administrativo aplicable en casos de
procedimientos de evolución previa; asimismo los derechos
de tramitación, los formularios a emplearse durante el
procedimiento y la relación de aquellos servicios prestados
en exclusividad por la entidad;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2006-AG se
aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos
del Instituto Nacional de Investigación y Extensión
Agraria-INIEA. Luego por Ley Nº 28987 se restableció
su denominación a Instituto Nacional de Investigación

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR