DECRETO SUPREMO N° 036-2010-EM - Decreto Supremo que crea la Tarifa Única de Transporte de Gas Natural

Fecha de publicación24 Junio 2010
Fecha de disposición24 Junio 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 24 de junio de 2010 421123
Año Fiscal 2010, prorrogó, durante el presente año f‌i scal,
la autorización efectuada por Decreto de Urgencia Nº 031-
2009 para el nombramiento de siete (7) vocales y dos (2)
secretarios relatores para implementar dos (2) nuevas
Salas Especializadas y cubrir una (1) plaza vacante de
vocal producida en el año 2008 en el Tribunal Fiscal;
Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 020-2010,
se incorporó, dentro de los alcances de la citada Ley, el
nombramiento de siete (7) vocales y dos (2) secretarios
relatores para implementar, adicionalmente, dos (2) nuevas
Salas Especializadas en el Tribunal Fiscal y cubrir una (1)
plaza vacante de vocal producida en el año 2009;
Que, por Decreto Supremo Nº 097-2002-EF se
establece que en forma previa al nombramiento de los
secretarios relatores se efectuará proceso de selección
por concurso de méritos abierto al público, que estará a
cargo de una Comisión conformada por un representante
del Ministro de Economía y Finanzas, quien la presidirá y
tendrá voto dirimente, el Presidente del Tribunal Fiscal, los
Decanos de la Facultad de Derecho de las Universidades
Nacional y Privada más antigua;
Que, mediante Carta de fecha 3 de junio de 2010,
la Comisión del Concurso Nº 1-TF-2010 - Concurso de
Méritos Abierto al Público para selección de vocales y de
secretarios relatores del Tribunal Fiscal del Ministerio de
Economía y Finanzas constituida en el marco del Decreto
Supremo Nº 097-2002-EF, comunica que ha culminado
el proceso de selección para las cuatro (4) plazas de
secretarios relatores;
Que, el artículo 98º del Texto Único Ordenado del Código
Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF
establece que corresponde al Presidente del Tribunal Fiscal
proponer a los Secretarios Relatores, cuyo nombramiento
se efectuará mediante Resolución Ministerial;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594,
la Ley Nº 29465, el artículo 98º del Texto Único Ordenado
del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº
135-99-EF y el Decreto Supremo Nº 097-2002-EF;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Nombrar como Secretarios Relatores
del Tribunal Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas,
a las personas que a continuación se indican:
- FLORES PINTO, Luis Enrique.
- BARRERA VÁSQUEZ, Sarita Emperatriz.
- SÁNCHEZ GÓMEZ, Silvana Ofelia.
- TOLEDO SAGÁSTEGUI, Claudia Elizabeth.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ
Ministra de Economía y Finanzas
511437-3
EDUCACION
Modifican R.M. N° 0134-2010-ED que
aprobó convocatoria para incorporación a
la Carrera Pública Magisterial y ratifican
lo dispuesto en la R.M. N° 0131-2010-ED
en lo referente al puntaje a obtener en la
Prueba Nacional Clasificatoria
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 0185-2010-ED
Lima, 23 de junio de 2010
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0134-2010-
ED se aprueba la convocatoria para la Incorporación
a la Carrera Pública Magisterial, para profesores con
título pedagógico de las Áreas de Gestión Pedagógica e
Institucional que están nombrados según el Régimen de
la Ley Nº 24029, Ley del Profesorado modif‌i cada por Ley
Nº 25212;
Que, en el artículo 3º de la Resolución Ministerial Nº
0134-2010-ED, se aprueban las metas de incorporación
para los niveles magisteriales II, III, IV y V de la Carrera
Pública Magisterial, para el año 2010;
Que, de acuerdo al cronograma establecido por la
referida resolución las inscripciones al Programa de
Incorporación a la Carrera Pública Magisterial 2010,
culminaron el 05 de junio del 2010, estableciéndose un
número de postulantes inscritos por niveles magisteriales,
tal como se detalla a continuación:
II nivel magisterial 1,528 postulantes inscritos
III nivel magisterial 18,798 postulantes inscritos
IV nivel magisterial 4,704 postulantes inscritos
V nivel magisterial 544 postulantes inscritos
Que, uno de los objetivos de la Ley de la Carrera
Pública Magisterial es hacer un reconocimiento profesional
y económico, acorde con las capacidades, conocimientos y
méritos de los profesores, las que se verif‌i can a través de
las evaluaciones que se han previsto en el Programa de
Incorporación 2010;
Que, es afán del Gobierno brindar la oportunidad de
gozar del referido reconocimiento, a todos los profesores
que logren aprobar las evaluaciones señaladas, por lo
que el Ministerio de Educación considera pertinente
reajustar las metas de incorporación para el presente
proceso;
De conformidad con la Ley Nº 29062, Decreto Ley
Nº 25762, modif‌i cado por la Ley Nº 26510, y el Decreto
Supremo Nº 006-2006-ED y sus modif‌i catorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Modif‌i car el artículo 3º de la Resolución
Ministerial Nº 0134-2010-ED, el cual queda redactado de la
siguiente manera:
“Aprobar las siguientes metas de vacantes para la
incorporación de los profesores a la Carrera Pública
Magisterial, para el año 2010”:
- 1,500 para el II nivel magisterial
- 18,500 para el III nivel magisterial
- 4,500 para el IV nivel magisterial
- 500 para el V nivel magisterial”
Artículo 2°.- Ratificar lo dispuesto en la Resolución
Ministerial N° 0131-2010-ED, en el sentido que
para lograr clasificar en la primera etapa se requiere
necesariamente obtener 70/100 o más puntos en
la Prueba Nacional Clasificatoria y para lograr la
incorporación se requiere alcanzar 55/100 o más
puntos en la sumatoria de los puntajes obtenidos en las
evaluaciones de los diferentes criterios que componen
la segunda etapa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO
Ministro de Educación
511345-1
ENERGIA Y MINAS
Decreto Supremo que crea la Tarifa
Única de Transporte de Gas Natural
DECRETO SUPREMO
Nº 036-2010-EM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con el Artículo 72 del Decreto
Supremo Nº 042-2005-EM, Texto Único Ordenado
de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, cualquier
persona natural o jurídica, nacional o extranjera, podrá
construir, operar y mantener ductos para el transporte
de Hidrocarburos y de sus productos derivados, de
acuerdo a un contrato de concesión para el transporte,
que se otorgará con sujeción a las disposiciones que
establezca el reglamento que dictará el Ministerio de
Energía y Minas;

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