Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN

Fecha de publicación23 Julio 2009
Fecha de disposición23 Julio 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 23 de julio de 2009
399458
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL
CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que aprueba
el Reglamento de Organización y
Funciones del Centro Nacional de
Planeamiento Estratégico - CEPLAN
DECRETO SUPREMO
Nº 046-2009-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del
Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del
Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se creó el
CEPLAN como órgano rector, orientador y de coordinación
del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico,
constituyendo un organismo técnico especializado
adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, la cuarta disposición complementaria transitoria
del mencionado Decreto Legislativo establece que,
con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, el
Poder Ejecutivo deberá aprobar y poner en vigencia el
Reglamento de Organización y Funciones del CEPLAN,
en un plazo no mayor de sesenta días hábiles;
Que, en cumplimiento de la referida norma legal así
como por lo establecido por el artículo 28º, numeral 2) de
pertinente la aprobación del Reglamento de Organización
y Funciones del Centro Nacional de Planeamiento
Estratégico - CEPLAN;
Que, el proyecto de Reglamento de Organización y
Funciones cuenta con la opinión favorable de la Secretaría
de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de
Ministros;
De conformidad con el inciso 8) del artículo 118º de
la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27658 - Ley
Marco de Modernización de la Gestión del Estado, la Ley
Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto
Legislativo Nº 1088 y el Decreto Supremo Nº 043-2006-
PCM que aprueba los Lineamientos para la elaboración y
aprobación del Reglamento de Organización y Funciones
- ROF por parte de las entidades de la Administración
Pública;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1º.- Aprobación del Reglamento de
Organización y Funciones del Centro Nacional de
Planeamiento Estratégico - CEPLAN
Apruébese el Reglamento de Organización y
Funciones del Centro Nacional de Planeamiento
Estratégico - CEPLAN, que forma parte integrante del
presente Decreto Supremo, el cual consta de cuatro (4)
títulos, nueve (9) capítulos, cuarenta y dos (42) artículos y
tres (3) disposiciones complementarias f‌i nales.
Artículo 2º.- Publicación
El presente Decreto Supremo será publicado en el
Diario Of‌i cial El Peruano. El Reglamento de Organización
y Funciones - ROF del Centro Nacional de Planeamiento
Estratégico - CEPLAN aprobado por el artículo 1º del
presente Decreto Supremo deberá ser publicado en el
Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el
Portal Institucional del Centro Nacional de Planeamiento
Estratégico (www.ceplan.gob.pe), el mismo día de la
publicación del presente Decreto Supremo en el Diario
Of‌i cial El Peruano.
Artículo 3º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Presidente del Consejo de Ministros.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
FINALES
Primera.- Vigencia
El Reglamento de Organización y Funciones aprobado
por el presente Decreto Supremo entrará en vigencia a
partir del día siguiente de su publicación en los portales
institucionales.
Segunda.- Plazo para la elaboración del Cuadro
para Asignación de Personal
Otórguese un plazo de hasta treinta (30) días hábiles
posteriores a la publicación del presente reglamento para
la elaboración y presentación del Cuadro para Asignación
de Personal del CEPLAN.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA
DEROGATORIA
Única.- Norma derogatoria
Deróguese el Decreto Supremo Nº 056-2005-PCM
que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones
del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico y las
demás disposiciones que se opongan al presente.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós
días del mes de julio del año dos mil nueve.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN
Presidente del Consejo de Ministros
376075-1
Autorizan viaje de Ministra de la
Mujer y Desarrollo Social a Uruguay y
encargan su Despacho a la Ministra de
la Producción
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 189-2009-PCM
Lima, 22 de julio de 2009
CONSIDERANDO:
Que, mediante Facsímil (SAE-CSA) Nº 101 de
fecha 10 de julio de 2009, el Ministro Director General
de la Comunidad Sudamericana y de la Comunidad
Andina del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú
ha comunicado al Ministerio de la Mujer y Desarrollo
Social - MIMDES, que el Comité de Representantes de
la Asociación Latinoamericana de Integración - ALADI
aprobó la Resolución Nº 345, con la que se convocó a la
Reunión de Ministros del Área Social para el 31 de julio
de 2009, la misma que estará precedida por un encuentro
preparatorio de nivel técnico que se realizará el día 30
de julio del año en curso en la ciudad de Montevideo,
República Oriental del Uruguay;
Que, en el evento preparatorio a la Reunión de Ministros
del Área Social se formularán propuestas específ‌i cas
basadas en los lineamientos para la construcción de la
dimensión social en la agenda de la ALADI, en particular los
acápites referidos a la cooperación como herramienta de
apoyo a la inclusión social, y la profundización y facilitación
del comercio en apoyo a la inclusión social, siendo objetivo
del citado evento la identif‌i cación de elementos concretos
que sean sometidos a consideración de los Ministros, los
que podrán ser ratif‌i cados, ampliados o eliminados por los
Titulares del Área Social o su representante, a f‌i n de que
se conf‌i guren como insumos para la construcción del Plan
de Acción priorizado que corresponde debatir al Comité
de Representantes;
Que, la temática de la Reunión de Ministros del Área
Social comprende temas inherentes al componente social,
como es el caso del reforzamiento de la cooperación
en el ámbito de ALADI, pero también incluye aspectos
vinculados a la integración productiva y a la facilitación
del comercio como herramienta de la inclusión social;

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