DECRETO SUPREMO N° 135-2014-EF - Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Gobierno Regional del departamento de San Martin en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 para el financiamiento de proyectos de inversión pública de infraestructura vial

Fecha de disposición10 Junio 2014
Fecha de publicación10 Junio 2014
El Peruano
Martes 10 de junio de 2014
524940
2.2 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus veces
en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General
de Presupuesto Público, las codif‌i caciones que se requieran
como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas
de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los
Pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para
que elaboren las correspondientes “Notas para Modif‌i cación
Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo
dispuesto en el presente Decreto Supremo.
Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la transferencia de partidas a que hace
referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo
no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a f‌i nes
distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4º.- Del refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de
Educación.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve
días del mes de junio del año dos mil catorce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación
1094630-1
Autorizan Transferencia de Partidas
a favor del Gobierno Regional del
departamento de San Martín en el
Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2014 para el financiamiento
de proyectos de inversión pública de
infraestructura vial
DECRETO SUPREMO
Nº 135-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones establece
que dicho Ministerio tiene por f‌i nalidad formular, planear,
dirigir, coordinar, ejecutar, f‌i scalizar, supervisar y evaluar la
política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a
todos los niveles de gobierno; asimismo, en el marco de sus
competencias compartidas con los Gobiernos Regionales
y Locales en materia de transportes cumple la función de
planear, regular, autorizar, gestionar y evaluar los servicios
de transporte terrestre por carretera, transporte ferroviario
y transporte acuático, así como los servicios portuarios y
conexos, en el ámbito de su competencia;
Que, mediante el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley
N° 30191, Ley que establece medidas para la prevención,
mitigación y adecuada preparación para la respuesta ante
situaciones de desastre, se autoriza la incorporación de
recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2014, a favor de diversos
pliegos del Gobierno Nacional, Regional y Local, entre los
cuales se encuentra el Pliego 036 Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, al cual, de acuerdo al Anexo N° 1-B
“Proyectos de Inversión Pública de prevención y preparación
ante situaciones de desastre – Pliegos del Gobierno
Nacional” de la Ley N° 30191, se le ha asignado recursos
para la ejecución de seis (6) proyectos de inversión pública
de infraestructura vial en el Departamento de San Martín por
la suma de SETENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS
TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 77 232 450,00);
Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 30114,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2014, establece que los recursos públicos que se asignen
en los presupuestos institucionales de las entidades del
Gobierno Nacional para la ejecución de proyectos de
inversión en los Gobiernos Regionales o los Gobiernos
Locales se transf‌i eren bajo la modalidad de modif‌i cación
presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante
Decreto Supremo refrendado por el Ministro del sector
correspondiente y el Ministro de Economía y Finanzas,
previa suscripción de convenio;
Que, el numeral 11.2 del artículo citado en el considerando
precedente, señala que previamente a la transferencia
de recursos, los proyectos de inversión pública deben
contar con viabilidad en el marco del Sistema Nacional de
Inversión Pública (SNIP); y que sólo se autorizan hasta el
segundo trimestre del año 2014; asimismo, que cada pliego
presupuestario del Gobierno Nacional es responsable de
la verif‌i cación y seguimiento, lo que incluye el monitoreo
f‌i nanciero de los recursos, así como del cumplimiento de las
acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de
ejecución del proyecto de inversión pública;
Que, el numeral 80.2 del artículo 80 del Texto Único
Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional
de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-
2012-EF y modif‌i catoria, establece, entre otros, que las entidades
que tengan a cargo programas presupuestales pueden realizar
modif‌i caciones presupuestarias a nivel institucional con cargo
a los recursos asignados a dichos programas siempre que
el pliego habilitado tenga a su cargo productos o proyectos
del mismo programa; señalando que dichas transferencias
se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas, previo Informe favorable de
la Dirección General de Presupuesto Público;
Que, a través del Memorando N° 1103-2014-MTC/09.03,
la Of‌i cina General de Planeamiento y Presupuesto del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, hace suyo el
Informe N° 681-2014-MTC/09.03 de la Of‌i cina de Presupuesto
de la citada Of‌i cina General, y propone un proyecto de
Decreto Supremo que autoriza una transferencia de partidas,
a favor del Gobierno Regional del Departamento de San
Martín, en el marco de lo dispuesto en el artículo 11 de la
Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2014, para la ejecución de proyectos de inversión
pública de infraestructura vial declarados viables de acuerdo
al Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), asimismo,
indica que se ha suscrito el Convenio correspondiente y
que se cuenta con los recursos presupuestales asignados
en el presupuesto institucional del pliego 036 Ministerio de
Transportes y Comunicaciones para el Año Fiscal 2014,
Unidad Ejecutora 010 Provías Descentralizado, por la fuente
de f‌i nanciamiento Recursos Ordinarios; en virtud de lo cual,
con Of‌i cio N° 627-2014-MTC/04, el referido Ministerio solicita
la citada transferencia de recursos;
Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar una
Transferencia de Partidas hasta por la suma de SETENTA
Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MIL
CUATROCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES
(S/. 77 232 450,00), con cargo a la fuente de f‌i nanciamiento
Recursos Ordinarios, del Presupuesto Institucional 2014 del
Pliego 036 Ministerio de Transportes y Comunicaciones,
Unidad Ejecutora 010 Provías Descentralizado, a favor del
Gobierno Regional del Departamento de San Martín, para
f‌i nanciar la ejecución de seis (6) proyectos de inversión
pública de infraestructura vial, en el marco de lo señalado
en el artículo 11 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2014;
De conformidad con lo establecido en el artículo 11 de
la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2014 y el artículo 80 del Texto Único
Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto
Supremo N° 304-2012-EF y su modif‌i catoria;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014,
hasta por la suma de SETENTA Y SIETE MILLONES
DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS
CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 77 232 450,00),
del Pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones a
favor del Gobierno Regional del Departamento de San Martín,
para f‌i nanciar la ejecución de seis (6) proyectos de inversión
pública de infraestructura vial, conforme al siguiente detalle:

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