DECRETO SUPREMO N° 001-2014-JUS - Aprueban Reglamento de la Ley N° 30137, Ley que establece criterios de priorización para la atención del pago de sentencias judiciales

Fecha de disposición15 Febrero 2014
Fecha de publicación15 Febrero 2014
SecciónSección Única
El Peruano
Sábado 15 de febrero de 2014
516938
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por concluido el nombramiento del
Comandante de la Policía Nacional del Perú en situación
de retiro Segundo Nemesio SALAZAR PAREDES, en
el cargo de Agregado Policial Adjunto de la Embajada
de Perú en los Estados Unidos Mexicanos, con ef‌i cacia
anticipada a partir del 2 de enero de 2014, de conformidad
con los fundamentos expuestos en la parte considerativa
de la presente resolución.
Artículo 2.- La Dirección de Economía y Finanzas de
la Policía Nacional del Perú, abonará al personal policial
indicado los conceptos económicos que le corresponda,
de conformidad con los dispositivos legales vigentes.
Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro del Interior y por la Ministra de
Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
WALTER ALBÁN PERALTA
Ministro del Interior
EDA A. RIVAS FRANCHINI
Ministra de Relaciones Exteriores
1051302-4
Dan por concluido nombramiento de
Agregado Policial de la Embajada del
Perú en la República de Colombia
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 057-2014-IN
Lima, 14 de febrero de 2014
VISTO, la Resolución Ministerial Nº 2344-2013-
IN/PNP de fecha 31 de diciembre de 2013, mediante
la cual el Coronel de la Policía Nacional del Perú Gino
Iván COLETTI DAVILA, pasa de la situación policial de
actividad a la situación policial de retiro, por la causal de
Renovación de Cuadros en la modalidad ordinaria, a partir
del 2 de enero de 2014,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 074-2012-IN
de fecha 15 de marzo de 2012, se designó al Coronel de
la Policía Nacional del Perú Gino Iván COLETTI DAVILA,
en el cargo de Agregado Policial de la Embajada de Perú
en la República de Colombia;
Que, teniendo en consideración los hechos expuestos,
resulta necesario dar por concluido el nombramiento
del Coronel de la Policía Nacional del Perú en situación
de retiro Gino Iván COLETTI DAVILA, en el cargo de
Agregado Policial de la Embajada de Perú en la República
de Colombia;
Que, el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº
establece que la autoridad podrá disponer en el mismo
acto administrativo que tenga ef‌i cacia anticipada a su
emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados,
y siempre que no lesione derechos fundamentales o
intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros
y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse
la ef‌i cacia del acto el supuesto de hecho justif‌i cativo para
su adopción;
De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo; Ley Nº 27619, Ley que regula la
autorización de viajes al exterior del país de servidores y
funcionarios públicos y su Reglamento aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modif‌i cado por el
Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; Ley de la Policía
Nacional del Perú, aprobada mediante Decreto Legislativo
Nº 1148; Ley de Organización y Funciones del Ministerio
del Interior, aprobada mediante Decreto Legislativo
Nº 1135, el Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 010-2013-IN y el Reglamento de Personal
Policial en Misión Diplomática, Agregaduría, Enlaces y
otras misiones, aprobado por Resolución Ministerial Nº
1105-2005-IN/PNP de fecha 03 de mayo de 2005.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por concluido el nombramiento del
Coronel de la Policía Nacional del Perú en situación
de retiro Gino Iván COLETTI DAVILA, en el cargo
de Agregado Policial de la Embajada de Perú en la
República de Colombia, con ef‌i cacia anticipada a
partir del 2 de enero de 2014, de conformidad con los
fundamentos expuestos en la parte considerativa de la
presente resolución;
Artículo 2.- La Dirección de Economía y Finanzas de
la Policía Nacional del Perú, abonará al personal policial
indicado los conceptos económicos que le corresponda,
de conformidad con los dispositivos legales vigentes.
Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro del Interior y por la Ministra de
Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
WALTER ALBÁN PERALTA
Ministro del Interior
EDA A. RIVAS FRANCHINI
Ministra de Relaciones Exteriores
1051302-5
JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS
Aprueban Reglamento de la Ley N°
30137, Ley que establece criterios de
priorización para la atención del pago
de sentencias judiciales
DECRETO SUPREMO
Nº 001-2014-JUS
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA:
CONSIDERANDO:
Que, la Sexagésima Novena Disposición
Complementaria Final de la Ley N.º 29812, Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012,
estableció que se constituya una comisión evaluadora de
las deudas del Estado generadas por sentencias judiciales
emitidas, con el objeto de proponer un proyecto de ley,
debidamente f‌i nanciado, que permita reducir los pagos
pendientes por pliego de acuerdo a una priorización
social y sectorial, dirigida por el Ministerio de Economía
y Finanzas en coordinación con el Ministerio de Justicia
y Derechos Humanos, además de organizar y priorizar,
buscar soluciones amistosas y/o conciliaciones de las
deudas pendientes de sentencia con la f‌i nalidad de reducir
costos al Estado;
Que, mediante Ley Nº 30137, se estableció los criterios
de priorización para la atención del pago de sentencias
judiciales en calidad de cosa juzgada a efectos de reducir
costos al Estado; precisando en su Primera Disposición
Complementaria Final que mediante Decreto Supremo
refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por
el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, se aprobará
su Reglamento;
Que, el presente Decreto Supremo tiene por f‌i nalidad
reglamentar la Ley N.º 30137, siendo su objeto def‌i nir el
procedimiento y aplicación de los criterios de priorización
del pago de obligaciones generadas por sentencias
judiciales con calidad de cosa juzgada, para efectos de
reducir costos al Estado, así como la responsabilidad de
las Entidades del Estado;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8)

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