DECRETO SUPREMO N° 044-2013-EM - Modifican el Decreto Supremo N° 035-2013-EM

Fecha de disposición24 Noviembre 2013
Fecha de publicación24 Noviembre 2013
El Peruano
Domingo 24 de noviembre de 2013 507651
COMERCIO EXTERIOR
Y TURISMO
Autorizan viaje de representante de
PROMPERÚ a México, en comisión de
servicios
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA
Nº 073-2013-PROMPERÚ/DE
Lima, 15 de noviembre de 2013
Visto el Sustento Técnico de viaje de la Dirección
de Promoción de las Exportaciones de la Comisión de
Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo -
PROMPERÚ.
CONSIDERANDO:
Que, la Comisión de Promoción del Perú para
la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un
organismo público técnico especializado adscrito al
Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente
para proponer y ejecutar los planes y estrategias
de promoción de bienes y servicios exportables, así
como de turismo interno y receptivo, promoviendo y
difundiendo la imagen del Perú en materia turística y
de exportaciones;
Que, PROMPERÚ en cumplimiento de sus funciones
y con la participación de veinticinco (25) empresas
editoriales, ha programado su participación, en la “Feria
Internacional del Libro de Guadalajara”, a realizarse en la
ciudad de Guadalajara, Estados Unidos Mexicanos, del
30 al 4 de diciembre de 2013, con el objetivo de promover
la oferta editorial peruana, así como obtener información
sobre las principales tendencias del sector e identif‌i car
potenciales compradores para la Rueda de Negocios
que se desarrollará en el marco de la feria nacional “Perú
Service Summit”;
Que, es importante la participación de PROMPERÚ
en esta feria, por constituir México el principal destino
de nuestras exportaciones de libros, siendo los
principales géneros vendidos, los libros técnicos,
profesionales, gastronomía y literatura infantil;
además, la feria del libro de Guadalajara se especializa
en el comercio de libros al por menor y mayor, donde
se negocia la compra de libros físicos por parte de
bibliotecas públicas, librerías y distribuidores, así
como acuerdo de coedición y, en menor medida, la
venta de derechos de autor con editoriales y agentes
de libros; hechos que permitirán posicionar nuestra
oferta editorial en este importante mercado, generando
mayores oportunidades comerciales;
Que, en tal razón, la Dirección de Promoción de las
Exportaciones, ha solicitado que se autorice el viaje de
la señora Carla Cecilia Rojas Hinostroza, quien presta
servicios en dicha entidad, a la ciudad de Guadalajara,
Estados Unidos Mexicanos, para que en representación
de PROMPERÚ, desarrolle actividades de promoción
de exportación de nuestra oferta editorial, antes
mencionada;
Que, la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2013, prohíbe los viajes al
exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos
excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los
viajes que se efectúen en el marco de las acciones de
promoción de importancia para el Perú, los que deben
realizarse en categoría económica y ser autorizados por
Resolución del Titular de la Entidad;
De conformidad con la Ley N° 27619, que regula
la autorización de viajes al exterior de los servidores
y funcionarios públicos, sus modificatorias, el Decreto
Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de
Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú
para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje la señora Carla Cecilia
Rojas Hinostroza, a la ciudad Guadalajara Estados Unidos
Mexicanos, del 29 de noviembre al 4 de diciembre de 2013,
para que en representación de PROMPERÚ lleve a cabo
diversas acciones de promoción de las exportaciones, en
la feria mencionada en la parte considerativa de la presente
Resolución.
Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución se efectuarán con cargo al
Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del
Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de
acuerdo al siguiente detalle:
- Pasajes Aéreos : US $ 1 001.00
- Viáticos (US$ 440,00 x 5 días) : US $ 2 200,00
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes a su retorno al país, la señora Carla Cecilia
Rojas Hinostroza, presentará a la Titular del Pliego
Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre
las acciones realizadas y los logros obtenidos durante
la feria a la que asistirá; asimismo, deberá presentar la
rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley.
Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni
exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros,
cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
NANCY ARACELLY LACA RAMOS
Directora Ejecutiva (e)
1017562-1
ENERGIA Y MINAS
Modifican el Decreto Supremo N° 035-
2013-EM
DECRETO SUPREMO
N° 044-2013-EM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 del Texto Único Ordenado de la
Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado
mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, establece
que el Ministerio de Energía y Minas es el encargado de
elaborar, aprobar, proponer y aplicar la política del Sector,
así como de dictar las demás normas pertinentes;
publicado en el Diario Of‌i cial El Peruano el 28 de agosto
de 2013, se creó el Mecanismo de Compensación para
Transferencia de Ductos de Uso Propio;
Que, el literal a) del numeral 1.1 del artículo 1° del referido
Decreto Supremo, dispuso que en un plazo máximo de 60
(sesenta) días hábiles contados a partir del día siguiente de
la publicación del presente Decreto Supremo, el Generador
Eléctrico suscribirá con el Concesionario de Distribución
de Gas Natural un proyecto de contrato de Servicio de
Distribución de Gas Natural y un proyecto de contrato por
la transferencia de los bienes materia del ducto conectado
directamente al Sistema de Transporte de Gas Natural al
valor que determine OSINERGMIN, debiendo el Generador
Eléctrico en dicho plazo presentar al Ministerio de Energía y
Minas los referidos proyectos de acuerdo;
Que, debido a la complejidad de los contratos de
Servicio de Distribución de Gas Natural y de transferencia
de los bienes materia del ducto conectado directamente
al Sistema de Transporte de Gas Natural, el Ministerio
de Energía y Minas ha recibido solicitudes de ampliación
del plazo de acogimiento al mencionado Mecanismo de
Compensación, por parte de Generadores Eléctricos y
Concesionarios de Distribución de Gas Natural, por lo que

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