DECRETO SUPREMO N° 330-2013-EF - Aprueban montos de los haberes de los fiscales del Ministerio Público

Fecha de publicación20 Diciembre 2013
Fecha de disposición20 Diciembre 2013
El Peruano
Viernes 20 de diciembre de 2013 509849
1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013,
hasta por la suma de CUARENTA Y DOS MILLONES
TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL SETECIENTOS
NOVENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 42 352
793,00), para los f‌i nes descritos en la parte considerativa
de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Nuevos Soles
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO : 009 Ministerio de Economía y Finanzas
UNIDAD EJECUTORA : 001 Administración Central
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD : 5000415 Administración del proceso
Presupuestario del Sector Público
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO : 1 Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.0 Reserva de Contingencia 42 352 793,00
-------------------
TOTAL EGRESOS 42 352 793,00
===========
A LA: En Nuevos Soles
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO : 011 Ministerio de Salud
UNIDAD EJECUTORA : 001 Administración Central - MINSA
ACCIONES CENTRALES
ACTIVIDAD : 5000003 Gestión Administrativa
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO : 1 Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 9 469 476,00
PLIEGO : 131 Instituto Nacional de Salud
UNIDAD EJECUTORA : 001 Instituto Nacional de Salud
ACCIONES CENTRALES
ACTIVIDAD : 5000003 Gestión Administrativa
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO : 1 Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 72 145,00
PLIEGO : 136 Instituto Nacional de Enfermedades
Neoplásicas
UNIDAD EJECUTORA : 001 Instituto Nacional de Enfermedades
Neoplásicas
ACCIONES CENTRALES
ACTIVIDAD : 5000003 Gestión Administrativa
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO : 1 Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 372 614,00
SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas
PLIEGO : Gobiernos Regionales
ACCIONES CENTRALES
ACTIVIDAD : 5000003 Gestión Administrativa
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO : 1 Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 32 438 558,00
-------------------
TOTAL EGRESOS 42 352 793,00
===========
1.2 El detalle de los montos y pliegos asociados a la
transferencia de partidas a que hace referencia el numeral
1.1 del presente Decreto Supremo, se encuentra en el
Anexo 1 “Valorización priorizada por atención primaria de
salud, valorización priorizada por atención especializada
y bonif‌i cación por guardias hospitalarias del personal
de la salud profesionales de la salud, a favor de los
pliegos Ministerio de Salud sus organismos públicos y los
Gobiernos Regionales, en el marco del Decreto Legislativo
N° 1153 y sus modif‌i catorias” y Anexo 2 “Valorización
principal, valorización priorizada por atención primaria de
salud del personal de la salud técnico y auxiliar asistencial,
a favor de los pliegos Ministerio de Salud sus organismos
públicos y los Gobiernos Regionales, en el marco del
Decreto Legislativo N° 1153 y sus modif‌i catorias”, los
mismos que forman parte integrante del presente Decreto
Supremo y se publicarán en los portales electrónicos del
Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y
del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe), en la misma
fecha de publicación de la presente norma en el Diario
Of‌i cial El Peruano.
Artículo 2º.- Procedimiento para la Aprobación
Institucional
2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en las
presentes Transferencias de Partidas, aprueban, mediante
Resolución, la desagregación de los recursos autorizados
en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático,
dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del
presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será
remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los
organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo
23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley
General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado
2.2 Las Of‌icinas de Presupuesto o las que hagan sus
veces en los Pliegos involucrados, solicitarán a la Dirección
General de Presupuesto Público las codif‌icaciones que
se requieran como consecuencia de la incorporación de
nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de
Medida.
2.3 Las Of‌icinas de Presupuesto o las que hagan sus
veces en los Pliegos involucrados instruirán a las Unidades
Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas
para Modif‌icación Presupuestaria” que se requieran, como
consecuencia de lo dispuesto en los artículos 1 y 3 de la
presente norma.
Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de las transferencias de partidas a
que hacen referencia el artículo 1 del presente Decreto
Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad,
af‌ines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve
días del mes de diciembre del año dos mil trece.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
1030401-1
Aprueban montos de los haberes de los
fiscales del Ministerio Público
DECRETO SUPREMO
Nº 330-2013-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 5 del artículo 186 del Texto Único
Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado
mediante Decreto Supremo N° 017-93-JUS y modif‌i cado
por la Ley N° 30125, establece en sus literales a) y b) que
el haber total mensual por todo concepto que perciben
los Jueces Supremos equivale al haber total que vienen

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