DECRETO SUPREMO N° 034-2013-RE - Crean el Consulado del Perú en Islamabad, con circunscripción en toda la República Islámica de Pakistán
Fecha de disposición | 10 Agosto 2013 |
Fecha de publicación | 10 Agosto 2013 |
El Peruano
Sábado 10 de agosto de 2013
500958
no incidan en un incremento del Presupuesto Analítico de
Personal – PAP de la Entidad, no requerirá de un nuevo
proceso de aprobación del CAP y que el reordenamiento de
cargos se aprueba mediante Resolución o dispositivo legal
que corresponda al Titular de la Entidad, previo informe del
órgano encargado de racionalización;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº
29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo
Nº 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Justicia
y Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 001-
2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece
disposiciones relativas a la publicidad, publicación de
proyectos normativos y difusión de normas legales de
carácter general; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº
28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,
aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y
los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del
Cuadro para Asignación de Personal – CAP, aprobados
mediante Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobación del reordenamiento del
CAP
Aprobar el reordenamiento del Cuadro para Asignación
de Personal – CAP del Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos, aprobado mediante Resolución Suprema Nº
120-2012-JUS, reordenado mediante Resolución Ministerial
Nº 0243-2012-JUS y modifi cado mediante Resolución
Ministerial Nº 0041-2013-JUS, conforme al Anexo que forma
parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2º.- Publicidad
Disponer la publicación del Anexo de la presente
Resolución Ministerial, en el Portal Institucional del
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.minjus.
gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
972646-1
RELACIONES EXTERIORES
Aprueban Texto Único de Procedimientos
Administrativos del Ministerio de
Relaciones Exteriores
DECRETO SUPREMO
Nº 033-2013-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
del Procedimiento Administrativo General, establecen la
obligatoriedad para todas las entidades de la Administración
Pública, el aprobar y publicar sus correspondientes Textos
Únicos de Procedimientos Administrativos-TUPA;
Que, mediante Decreto Supremo N° 079-2007-PCM,
se aprobaron los lineamientos para la elaboración y
aprobación del TUPA y se establecieron las disposiciones
para el cumplimiento de la Ley N° 29060, Ley del Silencio
Administrativo;
Que, por Decreto Supremo N° 062-2009-PCM, se
aprueba el formato del Texto Único de Procedimientos
Administrativos-TUPA, y se establecen disposiciones para
la elaboración del referido documento de gestión por parte
de las Entidades Públicas;
Que, con Decreto Supremo N° 064-2010-PCM, se
aprueba la metodología de determinación de costos de
los procedimientos administrativos y servicios prestados
en exclusividad comprendidos en los Textos Únicos de
Procedimientos Administrativos de las Entidades Públicas;
Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2011-PCM, se
aprueba la Metodología de Simplifi cación Administrativa y
establece disposiciones para su implementación, para la
mejora de los procedimientos administrativos y servicios
prestados en exclusividad;
Que, por Decreto Supremo N° 032-2006-RE, se
aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos
del Ministerio de Relaciones Exteriores; modifi cado por la
Resolución Ministerial N° 1264/RE del 29 de octubre de
2007 y por Resolución Ministerial Nº 0068/RE-2010 del 28
de enero de 2010, se aprobó el TUPA bajo el nuevo formato
establecido;
Que, es necesario aprobar el nuevo Texto Único de
Procedimientos Administrativos del Ministerio de Relaciones
Exteriores, estableciendo entre otros los procedimientos
y servicios exclusivos que permitan garantizar una mejor
atención al público usuario;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8
del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, el
artículo 38 de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento
Administrativo General, la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del
Poder Ejecutivo, la Ley N° 29357 - Ley de Organización
y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de
Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N°
135-2010-RE;
DECRETA:
Artículo 1.- Aprobación de denominación, requisitos
y derechos de pago de procedimientos administrativos
y servicios exclusivos del Ministerio de Relaciones
Exteriores
Apruébese, la denominación, requisitos y derecho
de tramitación de los procedimientos administrativos y
servicios brindados en exclusividad a cargo del Ministerio
de Relaciones Exteriores, que forman parte del Anexo N°1
del presente Decreto Supremo.
Artículo 2.- Aprobación del TUPA
Apruébese el Texto Único de Procedimientos
Administrativos –TUPA del Ministerio de Relaciones
Exteriores, el cual contiene los procedimientos
administrativos y servicios brindados en exclusividad por la
entidad que como Anexo N° 1 forma parte integrante del
presente Decreto Supremo.
Artículo 3.- Publicación
El presente Decreto Supremo será publicado en el
Diario Ofi cial El Peruano. El Texto Único de Procedimientos
Administrativos aprobado por el Artículo 2 del presente
Decreto Supremo, será publicado en el Portal de Servicios al
Ciudadano y Empresas - PSCE (www.serviciosalciudadano.
gob.pe), y en el Portal Institucional del Ministerio de
Relaciones Exteriores (www.rree.gob.pe), de acuerdo
con lo establecido en la Ley N° 29091, y su Reglamento,
aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2008-PCM.
Artículo 4.- Derogación
Deróguese el Decreto Supremo Nº 032-2006-RE que
aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos del
Ministerio de Relaciones Exteriores y demás disposiciones
modifi catorias.
Artículo 5.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por la
Ministra de Relaciones Exteriores.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve
días del mes de agosto del año dos mil trece.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
EDA A. RIVAS FRANCHINI
Ministra de Relaciones Exteriores
973192-3
Crean el Consulado del Perú en
Islamabad, con circunscripción en toda
la República Islámica de Pakistán
DECRETO SUPREMO
Nº 034-2013-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
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