RESOLUCION SUPREMA N° 324-2014-PCM - Autorizan viaje de funcionarios y servidora de DEVIDA a Brasil, en comisión de servicios

Fecha de disposición21 Septiembre 2014
Fecha de publicación21 Septiembre 2014
SecciónSección Única
El Peruano
Domingo 21 de setiembre de 2014
533020
el Informe Nº 243-2014-M.D.Y/D.O/C.E.E.S de fecha 11
de agosto de 2014, “Informe Técnico de Evaluación de
Deslizamiento en la Zona de Ranraccasa”, emitido por el
Secretario del Comité de Defensa Civil; el Memorandum
Nº 279-2014-GR.CUSCO/GRPPAT-SGPR de fecha
11 de setiembre de 2014 sobre “Certif‌i cación de No
Disponibilidad Presupuestal” emitido por el Sub Gerente
de Presupuesto y Crédito Público del Gobierno Regional
Cusco y los informes mencionados en el considerando
anterior; informa que la estimación probable de daños
en los pobladores de la zona de inf‌l uencia tendría como
resultado la afectación de 2600 personas, áreas de cultivo
y el tramo de la carretera al distrito de Paruro, por Peligro
Inminente generado por procesos de remoción en masa
(deslizamientos y f‌l ujo de detritos - huayco); por lo que
ha emitido opinión favorable para aprobar se gestione la
aprobación de la Declaratoria de Estado de Emergencia en
el sector de Ranraccasa, distrito de Yaurisque, provincia
de Paruro, departamento de Cusco;
Que, la magnitud de la situación descrita demanda
la adopción de medidas inmediatas que permitan, al
Gobierno Regional Cusco, la Municipalidad Provincial de
Paruro, y del Distrito de Yaurisque, según corresponda,
con la coordinación del Instituto Nacional de Defensa Civil
- INDECI, y la participación del Ministerio de Agricultura
y Riego, del Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento, del Ministerio de Educación, del Ministerio
de Transportes y Comunicaciones, del Ministerio de Salud,
del Ministerio de Cultura y demás instituciones públicas
y privadas involucradas, a ejecutar acciones inmediatas
y necesarias de respuesta y rehabilitación en cuanto les
corresponda, así como de reducción y minimización del
alto riesgo existente en las zonas afectadas; por lo que
se cuenta con la opinión favorable de la Secretaría de
Gestión del Riesgo de Desastres de la Presidencia del
Consejo de Ministros emitida con el Memorándum N°
394-2014-PCM-SGRD, considerando que corresponde
declarar el Estado de Emergencia;
De conformidad con el inciso 1 del artículo 137 de la
Constitución Política del Perú, con la Ley Nº 29158, Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo, así como con el artículo
68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley que crea el
(SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 048-
2011-PCM que regula el procedimiento de la Declaratoria
de Estado de Emergencia;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, y
con cargo a dar cuenta al Congreso de la República;
DECRETA:
Artículo 1.- Declaratoria de Estado de Emergencia
Declárese en Estado de Emergencia el sector
Ranraccasa, distrito de Yaurisque, provincia de Paruro,
departamento de Cusco, por el plazo de sesenta (60)
días calendario, ante el peligro inminente generado por
movimiento de tierras y deslizamientos.
Artículo 2.- Acciones a ejecutar
El Gobierno Regional Cusco, los Gobiernos Locales
involucrados, en coordinación con el Instituto Nacional de
Defensa Civil - INDECI, y la participación del Ministerio
de Agricultura y Riego, del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Educación,
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del
Ministerio de Salud, del Ministerio de Cultura y demás
instituciones públicas y privadas involucradas dentro de
sus competencias, ejecutarán las medidas de excepción
inmediatas y necesarias de reducción y minimización
del alto riesgo existente; así como de respuesta y
rehabilitación en cuanto correspondan; acciones que
pueden ser modif‌i cadas de acuerdo a las necesidades
y elementos de seguridad que se vayan presentando
durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos
de las entidades competentes.
Artículo 3.- Responsabilidad de las
coordinaciones
El Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, será
responsable de realizar las coordinaciones necesarias
entre el Gobierno Regional y los Sectores, instituciones
y organismos del Gobierno Nacional que deben ejecutar
las medidas de excepción inmediatas y necesarias
de respuesta y rehabilitación, así como de reducción
y minimización del alto riesgo existente en las zonas
afectadas, con la f‌i nalidad de que éstas se inicien o se
cumplan dentro del plazo de vigencia de la Declaratoria
de Estado de Emergencia, debiendo mantener informada
a la Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres de la
Presidencia del Consejo de Ministros del avance de las
mismas.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por
la Presidenta del Consejo de Ministros, por el Ministro
de Agricultura y Riego, por el Ministro de Vivienda,
Construcción y Saneamiento, por el Ministro de Educación,
por el Ministro de Transportes y Comunicaciones, por la
Ministra de Salud y por la Ministra de Cultura.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte
días del mes de setiembre del año dos mil catorce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ANA JARA VELÁSQUEZ
Presidenta del Consejo de Ministros
JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego
DIANA ALVAREZ-CALDERÓN GALLO
Ministra de Cultura
JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación
MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI
Ministra de Salud
JOSÉ GALLARDO KU
Ministro de Transportes y Comunicaciones
MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
1140592-4
Autorizan viaje de funcionarios y
servidora de DEVIDA a Brasil, en
comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 324-2014-PCM
Lima, 19 de setiembre de 2014
VISTOS:
El Of‌i cio OF.RE (DGM-DCD) N°1-0-C/278 de
la Dirección de Control de Drogas del Ministerio de
Relaciones Exteriores y el Of‌i cio N° 0511-2014-DV-SG de
la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas-
DEVIDA;
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo establece el Reglamento de
Organización y Funciones de la Comisión Nacional para
el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por
constituye en un Organismo Público Ejecutor adscrito al
sector Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin
Drogas – DEVIDA, conforme lo prescribe la norma antes
invocada, tiene como parte de sus funciones generales,
el diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial
de Lucha contra el Tráf‌i co Ilícito de Drogas y el Consumo
de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible
de las zonas cocaleras del país, en coordinación con
los Sectores competentes, tomando en consideración

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