RESOLUCION SUPREMA N° 112-2014-RE - Autorizan al Ministerio de Producción efectuar pago de cuotas a organismos internacionales

Fecha de disposición11 Julio 2014
Fecha de publicación11 Julio 2014
El Peruano
Viernes 11 de julio de 2014 527491
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Dar término al nombramiento del
Embajador en el Servicio Diplomático de la República
Juan Fernando Javier Rojas Samanez, como Viceministro
de Relaciones Exteriores.
Artículo 2°.- Darle las gracias por los servicios prestados
a la Nación en el desempeño de sus funciones.
Artículo 3°.- La presente Resolución será refrendada
por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
GONZALO ALFONSO GUTIERREZ REINEL
Ministro de Relaciones Exteriores
1109201-6
Nombran Viceministro de Relaciones
Exteriores
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 111-2014-RE
Lima, 10 de julio de 2014
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 26º de la Ley Nº 28091, Ley del
Servicio Diplomático de la República, dispone que
el cargo constituye la función real y efectiva que se
encomienda al funcionario del Servicio Diplomático de
acuerdo a su categoría y a los requerimientos de la
política exterior del Estado;
Que, la Ley Nº 29357, Ley de Organización y
Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores,
establece que dentro de su estructura orgánica básica,
la Alta Dirección está conformada por tres funcionarios:
Ministro, Viceministro y Secretario General;
Que, la Ley Nº 29357, dispone que el Viceministro
de Relaciones Exteriores es un Embajador del Servicio
Diplomático de la República en situación de actividad, y,
entre otras, tiene la función de formular, coordinar, ejecutar y
supervisar, por encargo del Ministro de Relaciones Exteriores,
la política general del Estado, y, cumplir con las obligaciones
propias del cargo de Jefe del Servicio Diplomático;
De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio
Diplomático de la República y su modif‌i catoria la Ley Nº
29318; así como con su Reglamento aprobado mediante
el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y su modif‌i catoria el
Decreto Supremo Nº 065-2009-RE; la Ley Nº 29357, Ley
de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones
Exteriores y su Reglamento aprobado mediante el Decreto
Supremo Nº 135-2010-RE;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Nombrar al Embajador en el Servicio
Diplomático de la República Claudio Julio De la Puente
Ribeyro, Viceministro de Relaciones Exteriores.
Artículo 2º.- La presente Resolución será refrendada
por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
GONZALO ALFONSO GUTIERREZ REINEL
Ministro de Relaciones Exteriores
1109201-7
Autorizan al Ministerio de Producción
efectuar pago de cuotas a organismos
internacionales
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 112-2014-RE
Lima, 10 de julio de 2014
VISTO:
El Of‌i cio Nº 150-2014-PRODUCE/OGPP-OCTE de
fecha 2 de abril de 2014, del Ministerio de la Producción
(PRODUCE) por el que se solicita al Ministerio de Relaciones
Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que
autorice el pago de las cuotas correspondientes al año
2014, a la Comisión Interamericana del Atún Tropical
(CIAT) y a la Organización Latinoamericana de Desarrollo
Pesquero (OLDEPESCA);
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411,
Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,
autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con
cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del
Gobierno peruano a los organismos internacionales de
los cuales el Perú es miembro;
Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de
las cuotas a los organismos internacionales de manera
que permitan potenciar la capacidad de negociación en
las gestiones diplomáticas y acrecentar el benef‌i cio de los
f‌l ujos de cooperación y asistencia técnica internacional;
Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el
pago de las cuotas correspondientes al año 2014, a la
Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT) y a la
Organización Latinoamericana de Desarrollo Pesquero
(OLDEPESCA), con cargo al presupuesto del Ministerio
de la Producción;
De conformidad con lo establecido en el artículo
67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del
Sistema Nacional de Presupuesto según Texto Único
Ordenado aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-
EF; y el Anexo B: Cuotas Internacionales de la Ley N°
30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2014, y;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar al Ministerio de la Producción
a efectuar el pago de S/. 137,224.00 (Ciento Treinta
y Siete Mil Doscientos Veinticuatro y 00/100 Nuevos
Soles) a la Comisión Interamericana del Atún Tropical
(CIAT), correspondiente a la cuota del año 2014; y de
S/. 129,863.00 (Ciento Veintinueve Mil Ochocientos
Sesenta y Tres y 00/100 Nuevos Soles) a la Organización
Latinoamericana de Desarrollo Pesquero (OLDEPESCA),
correspondiente a la cuota del año 2014.
Artículo 2°.- Los gastos que demande lo dispuesto
en el artículo precedente, serán f‌i nanciados con cargo al
presupuesto del Ministerio de la Producción.
Artículo 3°.- La equivalencia en moneda extranjera
será establecida según el tipo de cambio vigente a la
fecha de pago.
Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
GONZALO ALFONSO GUTIERREZ REINEL
Ministro de Relaciones Exteriores
1109203-20
Autorizan al Ministerio de Transportes
y Comunicaciones efectuar pago de
cuotas a organismos internacionales
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 113-2014-RE
Lima, 10 de julio de 2014
VISTO:
El Of‌i cio N° 626-2014-MTC/09.01 de fecha 12 de junio
de 2014 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones,
por el que se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores
la expedición de la Resolución Suprema que autorice el

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR