RESOLUCION Nº 1698-2009-MP-FN - Amplían la competencia territorial de las Fiscalías Penales Supraprovinciales y de Fiscalías Especializadas en Delitos Aduaneros y contra la Propiedad Intelectual del Distrito Judicial de Lima

Fecha de disposición26 Noviembre 2009
Fecha de publicación26 Noviembre 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 26 de noviembre de 2009
406646
y la Coca del Distrito de Catache, Provincia de Santa Cruz,
todos ellos del Departamento de Cajamarca.
Que, estando a lo antes expuesto, resulta necesario
ampliar la competencia territorial del Distrito Judicial de
Lambayeque.
De conformidad con las atribuciones conferidas por el
del Ministerio Público;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Incorporar al Distrito Judicial de
Lambayeque, los Distritos Niepos, La Florida; El Caserío de
Casa Blanca del Distrito de San Gregorio; y los Caseríos de
Taulis, El Palmito, Alto Palmito, Succhapampa, la Granadilla y
El Brete del Distrito de Calquis, de la Provincia de San Miguel; y
los Caseríos Udima, Monteseco, Monteseco Chico, El Chorro,
La Montillita, La Quemazón, El Naranjito, El Conde, El Espinal
y la Coca del Distrito de Catache, Provincia de Santa Cruz, que
actualmente forman parte del Distrito Judicial de Cajamarca.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la
presente Resolución, al Presidente de la Corte Suprema
de Justicia de la República, a los Presidentes de las Juntas
de Fiscales Superiores a nivel nacional, Gerencia General
y Of‌i cina de Registro y Evaluación de Fiscales, para los
f‌i nes pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PABLO WILFREDO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal Supremo Titular
Encargado del Despacho de
la Fiscalía de la Nación
427233-5
Amplían la competencia territorial de
las Fiscalías Penales Supraprovinciales
y de Fiscalías Especializadas en Delitos
Aduaneros y contra la Propiedad
Intelectual del Distrito Judicial de
Lima
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 1698-2009-MP-FN
Lima, 23 de noviembre de 2009
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº
1602-2005-MP-FN, de 11 de agosto de 2005, se dispuso
que las Fiscalías Penales Supraprovinciales - Sede Lima,
continúen con el ámbito de su competencia territorial de
Lima, Callao y Lima Norte; y con el ámbito funcional
para conocimiento de los delitos de Terrorismo y Lesa
Humanidad, Derechos Humanos y delitos conexos.
Que por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº
059-2007-MP-FN, de 23 de enero de 2007, se dispuso
que las Fiscalías Provinciales Penales Especializadas en
Delitos Aduaneros y Contra la Propiedad Intelectual de los
Distritos Judiciales de Lima, Lima Norte y Callao lleven a
cabo labores de prevención e investigación preliminar
en el ámbito de su Distrito Judicial.
Que con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 829-
2008-MP-FN, de 23 de junio de 2008, se resolvió que las
Fiscalías Provinciales Penales Especializadas en Delitos
Aduaneros y Contra la Propiedad Intelectual, conocerán
los delitos de su competencia, desde la investigación
preliminar hasta la culminación de la investigación judicial
en las acciones penales que promuevan, a partir de la
entrada en vigencia de la mencionada Resolución.
Que mediante Decreto Ley Nº 25680 modif‌i cado por
Ley Nº 28765 se desconcentró y descentralizó el Distrito
Judicial de Lima en los Distritos Judiciales de Lima Norte,
Lima Sur y Lima Este; en ese sentido, resulta necesario
ampliar el ámbito de la competencia territorial de las
Fiscalías Penales Supraprovinciales y de las Fiscalías
Provinciales Especializadas en Delitos Aduaneros y contra
la Propiedad Intelectual del Distrito Judicial de Lima para
que conozcan los delitos de su competencia funcional en
el ámbito de los Distritos Judiciales de Lima Sur y Lima
Este.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 64º del
Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio
Público.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Ampliar el ámbito de competencia
territorial de las Fiscalías Penales Supraprovinciales
del Distrito Judicial de Lima, a f‌i n de que ejerzan su
competencia funcional también en los Distritos Judiciales
de Lima Sur y Lima Este.
Artículo Segundo.- Ampliar la competencia de las
Fiscalías Especializadas en Delitos Aduaneros y contra la
Propiedad Intelectual del Distrito Judicial de Lima, para que
ejerzan su competencia funcional también en los Distritos
Judiciales de Lima Sur y Lima Este.
Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente
Resolución al Presidente de la Corte Suprema de Justicia
de la República, Presidente de la Sala Penal Nacional,
Juzgados Penales Supraprovinciales de Lima, Ministro del
Interior, Presidentes de las Juntas de Fiscales Superiores
de Lima y Lima Sur, Fiscal Superior Coordinador de la
Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales
Supraprovinciales, Gerencia General y Of‌i cina de Registro
y Evaluación de Fiscales, para los f‌i nes pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PABLO WILFREDO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal Supremo Titular
Encargado del Despacho de
la Fiscalía de la Nación
427233-6
Exoneran de proceso de selección
la adquisición de local para el
funcionamiento del Almacén Central
del Ministerio Público
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 1709-2009-MP-FN
Lima, 24 de noviembre de 2009
VISTO:
El Of‌i cio Nº 1255-2009-MP-FN-GG, de la Gerencia
General del Ministerio Público, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Of‌i cio N° 677-2009-MP-FN-GECLOG-
GEA del 21 de octubre de 2009, la Sub Gerencia de Almacén
del Ministerio Público, ante el incremento signif‌i cativo de
adquisición de bienes requeridos para la implementación
del Nuevo Código Procesal Penal en los diferentes Distritos
Judiciales, señala que requiere de ambientes adecuados y
suf‌i cientes para garantizar la integridad de dichos bienes,
por lo que solicita un área física aproximada de 5,000 m2
para almacenamiento de bienes;
Que, establecidas las especif‌i caciones técnicas por
la Sub Gerencia Central de Almacén, mediante Of‌i cio N°
10030-2008/SBN-GO de fecha 21 de octubre de 2008, la
Gerencia de Operaciones de la Superintendencia Nacional
de Bienes Estatales hace de conocimiento a la Entidad
que, habiendo evaluado el Listado N° 306-2008/JSIBIE,
remitido mediante Memorándum N° 6686-2008/SBN-GPD-
JSIBIE por la Jefatura de Sistema de Bienes del Estado, no
ha sido posible encontrar predios de propiedad del Estado
de libre disponibilidad que cumplan con las características
que requiere el Ministerio Público para ser adjudicada;
Que, conforme al artículo único de la Ley Nº 29330, se
exceptúa al Ministerio Público de la prohibición contenida
en la Ley N° 29289, Ley de Presupuesto para del Sector
Público para el año f‌i scal 2009, en lo relacionado a la
adquisición y construcción de inmuebles para sedes
institucionales para la implementación del Nuevo Código
Procesal Penal en el presente ejercicio;
Que, como resultado del estudio de las posibilidades
que ofrece el mercado a efectos de indagar sobre la
existencia del inmueble requerido, se ha concluido que
solamente existe en la localidad de Lima un único inmueble
recomendable para ser adquirido por el Ministerio Público
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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