SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCION Nº 346-2012-SUNAT-3B0000 - Dejan sin efecto designaciOn y designan Auxiliares Coactivos de la Intendencia de FiscalizaciOn y GestiOn de RecaudaciOn Aduanera RESOLUCION Nº 346-2012-SUNAT-3B0000

Fecha de disposición05 Julio 2012
Fecha de publicación05 Julio 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 5 de julio de 2012
administrador y cuya recaudación constituya ingreso de
una misma entidad;
Que el referido artículo establece que la compensación
podrá realizarse, entre otras formas, a solicitud de parte,
y que será efectuada por la Administración Tributaria
previo cumplimiento de los requisitos, forma, oportunidad y
condiciones que esta señale;
Que, en base a las facultades antes citadas, mediante
la Resolución de Superintendencia Nº 175-2007-SUNAT
se dictaron las normas para la compensación a solicitud
de parte y la compensación de ocio;
Que mediante Resolución de Superintendencia
039-2012/SUNAT se modicó la Resolución de
Superintendencia Nº 175-2007-SUNAT;
Que la Primera Disposición Complementaria Transitoria
de la Resolución de Superintendencia Nº 039-2012/SUNAT
establece que a n de adecuar el sistema informático de
la SUNAT a las modicaciones introducidas por la citada
norma a la Resolución de Superintendencia Nº 175-
2007-SUNAT, las solicitudes de compensación respecto
de las cuales existan procedimientos contenciosos y no
contenciosos en trámite sobre la deuda a compensar,
podrán ser presentadas hasta los noventa (90) días
hábiles siguientes a la fecha de entrada en vigencia de la
Resolución de Superintendencia Nº 039-2012/SUNAT;
Que estando próximo a vencer el plazo antes señalado
y a efecto de culminar con la adecuación del sistema
informático de la SUNAT, se considera necesario prorrogar
el plazo jado en la Primera Disposición Complementaria
Transitoria de la Resolución de Superintendencia Nº 039-
2012/SUNAT;
Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14º del
Reglamento que establece disposiciones relativas a la
publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión
de normas legales de carácter general, aprobado por el
Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y norma modicatoria,
no se prepublica la presente resolución por considerar
que ello resulta impracticable teniendo en cuenta la
proximidad del vencimiento del plazo jado en la Primera
Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución
de Superintendencia Nº 039-2012/SUNAT;
En uso de las facultades conferidas por el artículo 40º
del TUO del Código Tributario, el artículo 5º de la Ley Nº
29816, el artículo 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y
normas modicatorias, así como el inciso q) del artículo
19º del Reglamento de Organización y Funciones de la
SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo Nº 115-2002-
PCM y norma modicatoria;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- PRÓRROGA DEL PLAZO FIJADO
EN LA PRIMERA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA
TRANSITORIA DE LA RESOLUCIÓN DE
SUPERINTENDENCIA Nº 039-2012/SUNAT
Prorróguese por noventa (90) días calendario, el plazo
para la presentación de las solicitudes de compensación
a que se reere la Primera Disposición Complementaria
Transitoria de la Resolución de Superintendencia Nº 039-
2012/SUNAT.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
Única.- VIGENCIA
La presente resolución entrará en vigencia a partir del
día siguiente al de su publicación en el Diario Ocial El
Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TANIA QUISPE MANSILLA
Superintendente Nacional
809687-1
Dejan sin efecto designación y
designan Auxiliares Coactivos de la
Intendencia de Fiscalización y Gestión
de Recaudación Aduanera
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA
Nº 346-2012-SUNAT-3b0000
Callao, 2 de julio de 2012
CONSIDERANDO:
Que, es necesario dejar sin efecto la designación de
la señora Betzabé del Socorro Saldarriaga Palacios y del
señor Lauro Richarson Rodríguez Pajuelo como Auxiliares
Coactivos de la Intendencia de Fiscalización y Gestión de
Recaudación Aduanera y designar a nuevos Auxiliares
Coactivos para garantizar el normal funcionamiento de su
cobranza coactiva;
Que, el artículo 114º del Texto Único Ordenado del
Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 135-99-EF y modicatorias, establece los requisitos que
deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de
Auxiliar Coactivo;
Que, el personal propuesto ha presentado Declaración
Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados;
Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único
Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto
en el numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley Nº 26979, no es
de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria
cuyo personal ingresó mediante Concurso Público;
Que, el artículo 4º de la Resolución de Superintendencia
Nº 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de Aduana
Marítima del Callao, Intendente de Aduana Aérea del Callao,
Intendente de Fiscalización y Gestión de Recaudación
Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes
Nacionales, Intendentes de Aduanas desconcentradas y en
los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar, mediante
Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se
desempeñarán como Auxiliares Coactivos dentro del ámbito
de competencia de cada una de esas Intendencias;
En uso de las facultades conferidas en la Resolución
de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Dejar sin efecto la designación como
Auxiliares Coactivos de la Intendencia de Fiscalización y
Gestión de Recaudación a los funcionarios que se detallan
a continuación:
Señora Betzabé del Socorro Saldarriaga Palacios
Señor Lauro Richarson Rodriguez Pajuelo
Artículo 2º.- Designar como Auxiliares Coactivos
de la Intendencia de Fiscalización y Gestión de
Recaudación Aduanera a los funcionarios que se detallan
a continuación:
Señorita Ana Patricia Guzmán Álvarez
Señor Manuel Antonio Sánchez Saito
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GUSTAVO ANTONIO ROMERO MURGA
Intendente
Intendencia de Fiscalización y
Gestión de Recaudación Aduanera
809484-1
PODER JUDICIAL
CONSEJO EJECUTIVO
DEL PODER JUDICIAL
Disponen que las Salas Superiores de
las Cortes Superiores de Justicia, al
elevar expedientes a la Corte Suprema
de Justicia, adjunten un cuadro en el
que se consignen los días en los cuales
no existió despacho judicial, así como
el motivo que originó la suspensión de
labores
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 117-2012-CE-PJ
Lima, 22 de junio de 2012
470025

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR