SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES RESOLUCION Nº 14141-2008 - Dan por concluido proceso liquidatorio de OriOn CorporaciOn de CrEdito Banco en LiquidaciOn y declaran extinciOn de la personerIa jurIdica de la sociedad RESOLUCION Nº 14141-2008

Fecha de disposición12 Enero 2009
Fecha de publicación12 Enero 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, lunes 12 de enero de 2009
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necesarias para lograr la construcción de nuevos locales dentro
del mismo establecimiento penal, para lo cual se designará una
comisión que se encargue de tan alta responsabilidad.
En consecuencia, en uso de las facultades conferidas a
los Presidentes de Corte en el inciso 3) y 9) del Artículo 90° del
Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y
el Artículo 1° de la Constitución Política del Estado.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DESIGNAR la comisión de magistrados
y personal administrativo que se encargará de realizar las
gestiones para la construcción de Salas de Juzgamiento,
Despachos Judiciales y otros ambientes para el adecuado
desarrollo de la actividad jurisdiccional de los distintos órganos
jurisdiccionales que concurren diariamente al Establecimiento
Penal del Callao, que estará integrada por:
- Sr. Dr. César José Hinostroza Pariachi, Presidente de
la Corte Superior de Justicia del Callao, quien la presidirá.
- Sr. Dr. Miguel Fernández Torres, Vocal Provisional
Penal, quien la integrará.
- Sr. Dr. Ricardo Rodolfo Pastor Arce, Juez Penal Titular,
quien la integrará.
- Sr. Lic. Félix Candela Bartola, Administrador de la
Corte Superior del Callao.
- Sr. Lic. Daniel Vega Farias, Responsable de la Ocina
Distrital de Imagen Institucional de la Corte Superior de
Justicia del Callao.
Artículo Tercero.- PÓNGASE la presente Resolución
en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,
de la Ocina de Control de Magistratura, de la Gerencia
General del Poder Judicial, de la Ocina de Inspectoría
General del Poder Judicial, de los Magistrados designados,
de la Ocina de Administración Distrital y de la Ocina
Distrital de Imagen Institucional.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
CÉSAR HINOSTROZA PARIACHI
Presidente
299291-1
ORGANOS AUTONOMOS
SUPERINTENDENCIA
DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Dan por concluido proceso liquidatorio
de Orión Corporación de Crédito Banco
en Liquidación y declaran extinción de
la personería jurídica de la sociedad
RESOLUCIÓN SBS Nº 14141-2008
Lima, 30 de diciembre de 2008
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS
Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS
DE PENSIONES
VISTOS:
Los Informes Nºs. 003-2005, 36-2007 y 136-2008-
DACEL de fechas 24 de enero de 2005, 06 de julio de 2007
y 10 de diciembre de 2008, respectivamente, emitidos por el
Departamento de Administración de Carteras y Empresas en
Liquidación; así como el Informe Final de Cierre y el Informe
Complementario de Cierre de Orión Corporación de Crédito
Banco en Liquidación, en adelante Orión Banco (L), que
concluyen que el proceso liquidatorio de esta institución bancaria
se encuentra en condiciones de darse por culminado; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución SBS Nº 392-2000 de fecha
06 de junio de 2000, se declaró la disolución de Orión
Corporación de Crédito Banco, para la liquidación denitiva
de sus bienes y negocios;
Que, el Balance General inicial del proceso liquidatorio de
Orión Banco (L), elaborado al 30 de junio de 2000, registraba
Activos por S/. 2 229 mil (dos millones doscientos veintinueve
mil Nuevos Soles), Pasivos por S/. 116 411 mil (ciento
dieciséis millones cuatrocientos once mil Nuevos Soles), en
consecuencia, un Patrimonio negativo de S/. 114 182 mil (ciento
catorce millones ciento ochenta y dos mil Nuevos Soles);
Que, el mismo día que se declaró el estado de disolución
de la empresa y se inició el proceso liquidatorio de Orión Banco
(L), de acuerdo con lo establecido en el numeral 3 del artículo
107° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de
Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros,
Ley N° 26702, en adelante Ley General, la Superintendencia
mediante Resolución SBS N° 393-2000 procedió a transferir
a título oneroso, por la suma de US$ 56 100 mil (cincuenta y
seis millones cien mil Dólares Americanos), los activos de Orión
Banco (L), a favor de una empresa del sistema nanciero,
que comprendió bienes muebles, inmuebles, derechos de
crédito, incluyendo activos intangibles, tales como derechos de
Software, derechos de publicidad, entre otros;
Que, los ingresos obtenidos durante el proceso liquidatorio
de Orión Banco (L), ascendentes a S/. 2 963 mil (dos millones
novecientos sesenta y tres mil Nuevos Soles), así como los
recursos obtenidos de la venta de activos comentados en el
considerando anterior y los provenientes del Fondo de Seguro
de Depósitos, en cumplimiento del artículo 152° de la Ley
General, ascendentes a US$ 17 123 mil (diecisiete millones
ciento veintitrés mil Dólares Americanos), le permitió pagar
los créditos reconocidos por concepto de capital del orden
de prelación “A” y, parcialmente, el orden de prelación “B”,
dispuesto por el artículo 117° de la misma norma, incluyendo
una porción de las acreencias correspondientes al Fondo de
Seguro de Depósitos y al Ex Fideicomiso de Garantía creado
por el Decreto de Urgencia Nº 0056-99;
Que, los últimos activos de Orión Banco (L), conformados
al 31 de diciembre de 2003 por 343 (trescientos cuarenta y tres)
créditos, fueron vendidos a Servicios, Cobranzas e Inversiones
– SCI S.A.C., a través del Contrato de Transferencia de
Cartera suscrito el 07 de mayo de 2004; conjuntamente con
16,940 (dieciséis mil novecientos cuarenta) créditos castigados
durante el proceso liquidatorio, más un número indeterminado
de créditos castigados antes del inicio de éste que no guraban
en los estados nancieros de Orión Banco (L), por el precio de
US$ 250 314,00 (doscientos cincuenta mil trescientos catorce y
00/100 Dólares Americanos);
Que, los depósitos no reclamados por sus titulares,
a pesar de reiteradas convocatorias en diarios de mayor
circulación, con fecha 28 de octubre de 2004, han
sido consignados en el Banco Wiese Sudameris (hoy
Scotiabank Perú S.A.A.) a favor de 1,873 (mil ochocientos
setenta y tres) cuentas de ahorro en moneda nacional por
S/. 77 485,50 (setenta y siete mil cuatrocientos ochenta y
cinco y 50/100 Nuevos Soles), y a favor de 5,276 (cinco mil
doscientos setenta y seis) cuentas de ahorro en moneda
extranjera por el importe de US$ 49 703,94 (cuarenta y
nueve mil setecientos tres y 94/100 Dólares Americanos);
Que, en el Balance General de Cierre al 10 de diciembre
de 2004, publicado en el Diario Ocial El Peruano con fecha
17 de diciembre de 2004, Orión Banco (L) no registra activos,
ni contingencias, pero sí un pasivo por S/. 148 700 mil (ciento
cuarenta y ocho millones setecientos mil Nuevos Soles), por
lo que las obligaciones contenidas en los rubros, Depósitos
(S/. 71 696 mil – setenta y un millones seiscientos noventa
y seis mil Nuevos Soles), Adeudados a Bancos y Otras
Instituciones Financieras (S/. 17 788 mil – diecisiete millones
setecientos ochenta y ocho mil Nuevos Soles), Otros Pasivos
(S/. 6 666 mil – seis millones seiscientos sesenta y seis mil
Nuevos Soles), no podrán ser honradas por agotamiento de
activos;
Que, a la fecha, existen 02 (dos) procesos judiciales
laborales en giro iniciados contra Orión Banco (L) en etapa de
ejecución. Asimismo, existen 03 (tres) procesos penales en
curso, y 02 (dos) iniciados por el Banco y el otro en contra de
ex funcionarios de Orión Banco (L). En lo que respecta a los
procesos laborales, Orión Banco (L) ha cumplido con noticar
a los Juzgados correspondientes la imposibilidad de honrar el
mandato judicial de pago, en vista de no contar con activos. De
igual manera, ha presentado sendos escritos a los Juzgados
y Fiscalías provinciales, informándoles de la situación
inminente de cierre denitivo del proceso liquidatorio de Orión
Banco (L), por lo que se considera que la situación descrita
precedentemente, no impide que esta Superintendencia dé
por culminado el proceso liquidatorio de Orión Banco (L);
Que, en la última etapa del proceso liquidatorio de Orión
Banco (L), el Liquidador tomó conocimiento que la empresa VEO

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