RESOLUCION JEFATURAL N° 351-2013-SUNARP-Z.R. N° IX/JEF - Disponen la habilitación anual de persona natural para ejercer el cargo de Martillero Público durante el año 2013

Fecha de disposición24 Enero 2014
Fecha de publicación24 Enero 2014
El Peruano
Viernes 24 de enero de 2014
514924
2013-SUNASA/CD, esta Superintendencia considera
necesario ampliar el plazo de recepción del plan de
trabajo y el cronograma correspondiente a ser remitido
por las IAFAS e IPRESS, que no fueron remitidos
oportunamente;
Que, la presente Resolución no aprueba
disposiciones que modifiquen sustancialmente la
normativa vigente, estando por ello su publicación
sujeta a las condiciones de excepción dispuestas en
el numeral 3.2. del artículo 14° del Decreto Supremo
N° 001-2009-JUS;
Que, en uso de las atribuciones conferidas por
los numerales 1) y 6) del artículo 23° del Decreto
Legislativo N° 1158, “Decreto Legislativo que
dispone medidas destinadas al Fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia
Nacional de Aseguramiento en Salud”, corresponde al
Superintendente ejercer la representación legal de la
institución y aprobar las normas de carácter general
de la Superintendencia;
Que, asimismo en uso de la atribución conferida
en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria
del citado decreto legislativo, el Superintendente de la
Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud
asume todas las funciones señaladas para el cargo de
Superintendente Nacional de Salud, hasta el término
de su designación, la cual fue establecida mediante la
Resolución Suprema N° 040-2012-SA publicada el 15 de
diciembre de 2012;
Que, conforme a lo establecido en el literal e)
corresponde al Superintendente aprobar las normas de
carácter general de la Superintendencia; y habiéndose
presentado el proyecto al Consejo Directivo, se cuenta
con su conformidad, según acuerdo adoptado en
Sesión N° 002-2013-CD de fecha 26 de diciembre de
2013;
Estando a las facultades conferidas por el Decreto
Legislativo N° 1158, así como por el literal w) del artículo
10° del Reglamento de Organización y Funciones de la
entidad, vigentes;
Con los vistos del Intendente de la Intendencia
de Regulación, Autorización y Registro - IRAR, del
Intendente de la Intendencia de Estudios y Gestión
de la Información y el Conocimiento – IEGIC y de la
Directora General de la Oficina General de Asesoría
Jurídica y;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Modif‌i car la Segunda Disposición
Transitoria de las Normas relacionadas al “Modelo
de Transacción Electrónica de Datos Estandarizados
de Facturación TEDEF-IPRESS-IAFAS”, “Modelo de
Transacción Electrónica de Datos Estandarizados TEDEF-
SUNASA” y del “Sistema de Acreditación de Asegurados”,
aprobado por la Resolución de Superintendencia N°
094-2013-SUNASA/CD del 20 de agosto de 2013, en los
siguientes términos:
“Segunda.- Las IAFAS privadas diferentes a EPS e
IPRESS privadas que pudieran tener alguna dif‌i cultad
para el cumplimiento de los plazos establecidos en la
presente Resolución deberán presentar a la SUNASA,
en un plazo no mayor al 24 de febrero de 2014, un plan
de trabajo adjuntando un cronograma de implementación,
el mismo que deberá ser revisado y aprobado por la
Intendencia de Estudios y Gestión de la Información y el
Conocimiento – IEGIC. El cronograma de implementación
no podrá exceder del plazo de seis (6) meses calendario,
contado desde su aprobación por la Superintendencia
Nacional de Salud”.
Artículo 2°.- La presente resolución entrará en
vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el
Diario Of‌i cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FLOR DE MARÍA PHILIPPS CUBA
Superintendente
1041160-1
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Disponen la habilitación anual de
persona natural para ejercer el cargo
de Martillero Público durante el año
2013
(Se publica la presente resolución a solicitud de la
Superintendencia Nacional de los Registros Públicos,
mediante Of‌i cio Nº 149-2014-SUNARP/SG, recibido el 23
de enero de 2014)
ZONA REGISTRAL Nº IX - SEDE LIMA
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 351-2013-SUNARP-Z.R.N°IX/JEF
LIMA, 26 de abril de 2013
VISTOS: El escrito de fecha 21 de enero de 2013
presentado por el Martillero Público Oscar Emilio Arias
Paredes, mediante Hoja de Trámite 2013-003396-
Z.R.N°IX/GBM del 22 de enero de 2013, el escrito del 01
de abril de 2013 presentado mediante Hoja de Trámite
2013-011217 -Z.R.N°IX/GBM del 03 de abril de 2013, el
Of‌i cio N°641-2013-SUNARP-Z.R.N°IX/GBM del 08 de
abril de 2013 y la Hoja de Envío N°1703-2013-Z.R.N°IX/
JEF del 08 de abril de 2013.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Jefatural N° 181-2013-
SUNARP-Z.R.N°IX/JEF del 19 de marzo de 2013, se
dispuso la habilitación de 179 Martilleros Públicos para
continuar ejerciendo sus funciones en el ámbito nacional
durante el período 2013.
Que, mediante el Decreto Supremo N°008-2005-JUS
se aprobó el Reglamento de la Ley N° 27728 - Ley del
Martillero Público, se establece que todo Martillero Público
mantendrá su inscripción vigente mediante la habilitación
anual para el ejercicio de sus funciones; también se
dispone que el Registro de Martilleros Públicos es único
de competencia nacional, teniendo su Sede en la ciudad
de Lima, habiéndose designado mediante Resolución
N°206-2005- SUNARP/SN, a esta Zona Registral
como Órgano Desconcentrado a cargo del Registro de
Martilleros Públicos.
Que, el artículo 11 ° del Reglamento de la Ley del
Martillero Público, establece que el Martillero Público
para la habilitación anual deberá presentar la solicitud
de habilitación dentro de los quince (15) primeros días
de cada año, cuyo plazo venció el 22 de enero de 2013,
para lo cual deberá presentar los siguientes documentos:
a) la actualización de la garantía otorgada ( 1.5 de una
UIT) y b) la relación de los remates realizados durante el
año anterior; estableciéndose que no podrá ser habilitado
para ejercer el cargo durante el año en curso, el Martillero
Público que no cumpla con presentar dichos requisitos.
Que, la Gerencia de Bienes Muebles, mediante el
Of‌i cio de Vistos señala que el señor Oscar Emilio Arias
Paredes, solicitó su habilitación anual como Martillero
Público para el año 2013, dentro del plazo establecido a
través de la Hoja de Trámite 2013-003396-Z.R.N°IX/GBM
del 22 de enero de 2013, adjuntando la actualización de
la garantía otorgada y la declaración jurada con f‌i rma
legalizada por notario de no haber efectuado remates
durante el año 2012; y que por un error involuntario no se
le incluyó en la relación de habilitación anual para ejercer
el cargo de Martilleros Públicos durante el año 2013.
Con los visados de la Gerencia de Bienes Muebles y
de la Of‌i cina Legal.
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo
86° del Reglamento de Organización y Funciones
de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema
N°139-2002-JUS, el artículo 32° del Estatuto de la
Superintendencia Nacional de los Registros Públicos,
aprobado por Resolución Suprema N° 135-2002-
JUS, el Decreto Supremo N°008-2005-JUS se aprobó
el Reglamento de la Ley N°27728 - Ley del Martillero

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