RESOLUCION N° 10012-2012-MML/GTU-SRT - Autorizan implementación de paraderos de transporte regular

Fecha de disposición18 Octubre 2012
Fecha de publicación18 Octubre 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 18 de octubre de 2012
476532
traslado de la agencia Bazar Naval según se indica en la
parte resolutiva; y,
CONSIDERANDO:
Que, el referido Banco ha presentado la documentación
pertinente que sustenta el pedido formulado;
Estando a lo opinado por el Departamento de
Supervisión Bancaria “D”; y,
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de
la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de
Banca y Seguros y la Resolución Nº 775-2008; y, en uso
de as facultades delegadas mediante la Resolución SBS
Nº 12883-2009, Resolución Nº 281-2012 y Memorándum
Nº 674-2012-SABM;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar al Banco Interamericano de
Finanzas el traslado de la agencia Bazar Naval, ubicada
en el Local Nº 26 del Centro Comercial Bazar Naval, en la
Dirección de Bienestar de la Marina, ubicada en la cuadra
Nº 34 sin número de la Av. Venezuela, distrito de San
Miguel, provincia y departamento de Lima, a su nueva
ubicación en el Local Nº 1 de la primera y segunda etapa
de la aludida Dirección de Bienestar.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES
Intendente General de Banca (a.i.)
853982-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Autorizan implementación de paraderos
de transporte regular
GERENCIA DE TRANSPORTE URBANO
SUB-GERENCIA DE REGULACIÓN
DEL TRANSPORTE
RESOLUCIÓN DE SUBGERENCIA
Nº 8897-2012-MML/GTU-SRT
Lima, 6 de setiembre de 2012
VISTOS:
La Resolución de Alcaldía Nº 367 de fecha 20 de setiembre
de 2011 y el Informe Nº 416-2012-MML/GTU-SETT de fecha
03 de agosto del 2012 emitido por la Subgerencia de Estudios
de Tránsito y Transporte, respecto a la implementación
de Paradero de Transporte Público en todo el eje de la
Panamericana Norte, Av. Puente Piedra, Av. Alfredo Mendiola,
Av. Zarumilla, Vía de Evitamiento y Panamericana Sur
encontrándose incluido el Corredor Complementario Nº 01; y,
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo al acápite 7.1 del inciso 7 del artículo
la Municipalidad Metropolitana de Lima goza de un régimen
especial, de conformidad al Artículo 198º de la Constitución,
teniendo en materia de transportes y comunicaciones
funciones especiales, entre las que se encuentra “7.1)
Planif‌i car, regular y gestionar el transporte público”;
Que. la Ordenanza Nº 341-MML, en su artículo 7º
establece que la Municipalidad Metropolitana de Lima tiene
a su cargo la ejecución, mantenimiento, remodelación,
señalización horizontal y vertical, semaforización, ornato,
publicidad y mobiliario urbano de las vías expresas,
arteriales y colectoras del sistema Vial Metropolitano, de
los Intercambios Viales y de todas las Vías del Cercado
de Lima;
Que, el artículo 100º de la Ordenanza Nº 812-MML
- Reglamento de Organizaciones y Funciones, establece
que: “La Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transporte
es el órgano responsable de la formulación de estudios,
proyectos, programas y planes estratégicos en materia de
transporte, tránsito y viabilidad en la provincia de Lima;
Que, el inciso 4 del artículo 103º de la Ordenanza Nº
812-MML, establece que:”Son funciones y atribuciones
de la Subgerencia de Regulación de Transporte las
siguientes: 4) Otorgar licencias, autorizaciones o permisos
para el servicio de transporte público regular y no regular,
pesado y de carga, dentro del ámbito de la provincia de
Lima”;
Que, el numeral 41 del artículo 5 de la Ordenanza Nº
1599-MML def‌i ne al Paradero de Transporte Regular como
“el punto de parada autorizado, provisto de mobiliario y/o
señalización, localizado en las vías que forman parte del
recorrido autorizado de una ruta y que es utilizado para el
embarque y desembarque de personas”;
Que, mediante el Informe Nº 416-2012-MML/GTU-
SETT de fecha 03 de agosto del 2012, la Subgerencia de
Estudios de Tránsito y Transporte considera conveniente
la implementación de paraderos de transporte público
por los siguientes fundamentos: 1) Que, de acuerdo a la
Ordenanza Nº 341 –MML que aprueba el Plano del Sistema
Vial Metropolitano de Lima, señala que la Av. Panamericana
Norte (E-10), (E-11), (E-12), (E-13) y la Panamericana Sur
(E-14), (E-15) tienen la categoría de vía Expresa; 2) Que,
actualmente la Gerencia de Transporte Urbano cuenta con
06 paraderos de transporte regular de acuerdo a la base
de datos en TransCAD, y las ubicaciones de los paraderos
autorizados se encuentran def‌i nidos en una extensión
de 40.05 km. de longitud del corredor Nº 01, 3) Que, de
acuerdo a la Resolución Directoral Municipal Nº 180-2004-
MML/DMTU se determinaron las distancias entre paraderos
de transporte (Distancia mínima 250 m., distancia ideal
300 m. y distancia máxima 500 m.), encontrándose estas
distancias dentro del rango establecido para paraderos de
zonas urbanas (Entre 300 m. y 500 m.) por el Manual de
Planeación y Diseño para la Administración del Tránsito,
4) Que, de acuerdo a la verif‌i cación de campo realizada
en las vías evaluadas, se procedió a ubicar los puntos con
mayor demanda de embarque y desembarque de pasajeros,
determinándose de manera inicial las posibles ubicaciones
de paraderos considerando los parámetros de distancia;
Que, las autoridades administrativas deben actuar con
respeto a la Constitución, la Ley, y el Derecho, dentro de
las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con
los f‌i nes para los que fueron conferidos, conforme a lo
dispuesto en el Numeral 1.1 del Artículo IV del Título
Preliminar de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento
Administrativo General;
Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº
Ley General Transporte y Tránsito Terrestre, la Ordenanza
Nº 1599-MML y el Informe Nº 416-2012-MML/GTU-SETT
de fecha 03 de agosto del 2012;
SE RESUELVE:
Artículo 1º: Autorizar la implementación de paraderos
de transporte regular en la vías Panamericana Norte
(Tramo Acceso a Santa Rosa – Pte. Trompeta), Av. Puente
Piedra (Tramo Ca. Faustino Sarmiento – Av. San Juan de
Dios), Av. Zarumilla (Tramo Pte. Trompeta – Intercambio
Vial Caquetá), Vía Evitamiento (Tramo Intercambio Vial
Caquetá – Intercambio Vial Javier Prado), y Panamericana
Sur (Tramo Intercambio Vial Javier Prado – Intercambio
Vial Pucusana), tal y como se detalla a continuación:
EJE UBICACIÓN
SENTIDO
N-S S-N
AC DC AC DC
Garita de Contro SUNAT 1 1
Ca. San Juan 1 1
Puerta de Ingreso (Asoc. Viv. Señor de la Asuncion
de Cachuy) 1 1

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