192 045-2005-EF/94.10 - Exoneran de proceso de selección la contratación de servicio de soporte y mantenimiento de servidores NCR

Fecha de publicación03 Julio 2005
Fecha de disposición03 Julio 2005
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NORMAS LEGALES
Lima, domingo 3 de julio de 2005
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
CONASEV
Aceptan desistimiento de procedimien-
to de inscripción de programa de emi-
sión de certificados de depósito nego-
ciables, formulado por BankBoston N.A.
Sucursal del Perú
RESOLUCIÓN GERENCIAL
Nº 040-2005-EF/94.45
Lima, 27 de junio de 2005
VISTOS:
El expediente Nº 2004026928 y el Informe Interno
Nº 0092-2005-EF/94.45.2 del 27 de junio de 2005;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el numeral 14 del artículo
221º de la Ley General del Sistema Financiero y del Siste-
ma de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Ban-
ca y Seguros, Ley Nº 26702, las empresas bancarias pue-
den emitir y colocar bonos y demás instrumentos represen-
tativos de obligaciones, en moneda nacional o extranjera,
siempre que sean de su propia emisión;
Que, por instrumento público del 9 de marzo de 2004
otorgado ante la señora Janice M. McHugh, Notario de
Boston, Estado de Massachussets, Estados Unidos de Amé-
rica, el señor Daniel F. Wheeler, ejecutivo autorizado de
BankBoston N.A. confiere poderes amplios y generales al
señor Luiz Felipe Mauger Cordenonsi, como gerente gene-
ral de BankBoston N.A. Sucursal del Perú;
Que, en virtud de las facultades conferidas como Ge-
rente General de BankBoston N.A. Sucursal del Perú, el
señor Luiz Felipe Mauger Cordenonsi acordó la emisión del
Primer Programa de Certificados de Depósito Negociables;
Que, BankBoston N.A. Sucursal del Perú solicitó la ins-
cripción de los certificados de depósito negociables deno-
minados “Primer Programa de Certificados de Depósito
Negociables - BankBoston, N.A. Sucursal del Perú” hasta
por un monto de US$ 100 000 000,00 (Cien Millones y 00/
100 Dólares de los Estados Unidos de América) y el regis-
tro del Prospecto Marco correspondiente, en el Registro
Público del Mercado de Valores;
Que, mediante escrito presentado el 27 de junio de
2005, los señores Carlos Blanco Cáceres y Juan Lavaggi
Bernales en su condición de Senior Vice Presidents de
BankBoston N.A. Sucursal del Perú, actuando según las
facultades conferidas mediante escritura pública del 30 de
abril de 2004 otorgada por el señor Luiz Felipe Mauger
Cordenonsi ante Notario Cecilia Hidalgo Morán e inscrita
en la Partida Registral Nº 11009408, han presentado de-
sistimiento del procedimiento administrativo legalizando
para estos efectos su firma notarialmente;
Que, el artículo 186º de la Ley Nº 27444, Ley del Pro-
cedimiento Administrativo General, señala que pondrán fin
al procedimiento las resoluciones que se pronuncian sobre
el fondo del asunto, el silencio administrativo positivo o
negativo, según corresponda; el desistimiento, la declara-
ción de abandono, los acuerdos adoptados como conse-
cuencia de conciliación o transacción extrajudicial que ten-
gan por objeto poner fin al procedimiento y la prestación
efectiva de lo pedido a conformidad del administrado en
caso de petición graciable;
Que, el numeral 115.2 del artículo 115º de la Ley del
Procedimiento Administrativo General, establece que para
el desistimiento del procedimiento, es requerido poder es-
pecial indicando expresamente el o los actos para los cua-
les fue conferido. Dicho poder especial, según el citado
numeral, debe ser formalizado mediante documento priva-
do con firmas legalizadas ante notario o funcionario públi-
co autorizado para el efecto;
Que, de la revisión de la ficha de Registros Públicos de
la inscripción de la escritura pública del 30 de abril de 2004
otorgado ante Notario Cecilia Hidalgo Morán, se despren-
de que los señores Carlos Blanco Cáceres y Juan Lavaggi
Bernales cuentan con facultad suficiente de representa-
ción para desistirse del procedimiento administrativo, y se
aprecia que han legalizado su firma ante Notario Público;
Que, en ese sentido, habiéndose verificado que los
representantes de BankBoston N.A. Sucursal del Perú
cuentan con facultades para desistirse del presente proce-
dimiento administrativo, resulta de aplicación lo expresado
por los numerales 6 y 7 del artículo 189º de la Ley del
Procedimiento Administrativo General;
Que, habiéndose comprobado la ausencia de los su-
puestos regulados en los citados numerales del artículo
corresponde aceptar el desistimiento presentado por Bank-
Boston N.A. Sucursal del Perú;
Que, el artículo 2º numeral 2 de las Normas Relativas a
la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por
los Órganos Decisorios de CONASEV, establece que las
resoluciones administrativas referidas a la inscripción de
los valores mobiliarios objeto de oferta pública en el Regis-
tro Público del Mercado de Valores y el registro de los
prospectos informativos correspondientes, deben ser di-
fundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario
Oficial El Peruano y de la página de CONASEV en Inter-
net; y,
Estando a lo dispuesto por los artículos 53º y siguien-
tes de la Ley del Mercado de Valores, el artículo 14º del
Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valo-
res Mobiliarios, así como lo establecido en sesión del Direc-
torio de CONASEV de fecha 18 de diciembre de 2000, de
acuerdo a lo cual el Gerente de Mercados y Emisores, se
encuentra facultado para aprobar el trámite anticipado de
inscripción de valores y/o registro de prospectos de bonos
de arrendamiento financiero, bonos subordinados y otros
que se emitan por oferta pública y tengan opinión favora-
ble de la Superintendencia de Banca y Seguros;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aceptar el desistimiento formulado por
BankBoston N.A. Sucursal del Perú del procedimiento ad-
ministrativo de inscripción del programa de emisión de cer-
tificados de depósito negociables denominado “Primer Pro-
grama de Certificados de Depósito Negociables - Bank-
Boston N.A. Sucursal del Perú”.
Artículo 2º.- Publicar la presente resolución en el Diario
Oficial El Peruano y en la página de CONASEV en Inter-
net.
Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución a Bank-
Boston N.A. Sucursal del Perú en su calidad de Emisor,
Entidad Estructuradora y Agente Colocador; a Cavali ICLV
S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima S.A.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HÉCTOR VALENTÍN HURTADO
Gerente de Mercados y Emisores
Comisión Nacional Supervisora de Empresas y
Valores
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Exoneran de proceso de selección la
contratación de servicio de soporte y
mantenimiento de servidores NCR
RESOLUCIÓN CONASEV
Nº 045-2005-EF/94.10
Lima, 30 de junio de 2005
VISTOS:
El Informe Nº 168-2005-EF/94.40 de la Gerencia de
Sistemas, que sustenta la necesidad de contratar el Servi-
cio de Soporte y Mantenimiento de Servidores NCR que
brinda la empresa NCR del Perú S.A. y el Informe Conjunto
Nº 017-2005-EF/94.35/94.20 de las Gerencias de Admi-
nistración y Finanzas y de Asesoría Jurídica, con los cuales
se presenta a la Gerencia General la solicitud de contrata-
ción de servicios que no admiten sustituto y existe provee-
dor único;
CONSIDERANDO:
Que, CONASEV cuenta con procesos computaciona-
les que reciben, procesan y proveen información, los cua-

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