¿Sobredosis de regulación? Algunos apuntes sobre la regulación farmacéutica

AutorCarolina Vivanco Vargas
CargoAbogada por la Universidad de Lima
Páginas253-269
ADVOCATUS 36
LITIGIOS
PROCESALES
Y ARBITRALES
253
DERECHO
COMERCIAL
¿Sobredosis de regulación? Algunos apuntes sobre la regulación farmacéutica
¿Sobredosis de regulación? Algunos
apuntes sobre la regulación farmacéutica*
CArolinA vivAnCo vArgAs
Abogada por la Universidad de Lima.
Miembro Asociado de ADV Editores - Revista ADVOCATUS.
SUMARIO:
I. Sobre la Regulación.
II. El Sector Farmacéutico: la Normativa vigente.
III. El diagnóstico: la Industria Farmacéutica.
IV. Las cifras.
V. Los protagonistas: las Farmacias y Boticas.
VI. Exigencias legales para las Farmacias y Boticas: ¿regulación obsoleta?
1. Sobre los Químicos Farmacéuticos asistentes.
2. Sobre los Técnicos en Farmacia titulados.
VII. Otras trabas existentes en el Sector Farmacéutico.
VIII. La Receta Médica: ¿soluciones al problema?
IX. Precio tope de Medicamentos: ¿más regulación?
X. Reexiones nales.
* Ponencia en el VIII Congreso Nacional de Derecho Administrativo llevado a cabo el 10 de agosto en la Universidad
de Piura, Piura, Perú.
DOCTRINA
DOCTRINA
ADVOCATUS 36 Revista editada por alumnos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima
254 Carolina Vivanco Vargas
La industria farmacéutica es un mundo poco
explorado desde el punto de vista legal el
cual, por su importancia, merece ser tenido en
consideración. En el presente artículo se ana-
liza la regulación farmacéutica y los requisitos
legales para el adecuado funcionamiento de
las empresas involucradas en el sector, con el
n de reexionar sobre si la normativa actual
realmente regula de forma adecuada lo que, en
la práctica sucede en el sector farmacéutico, o
si se trata de normativa que, dado los cambios
en la industria, resulta obsoleta o burocrática.
I. SOBRE LA REGULACIÓN
De acuerdo a la Constitución, en nuestro país
existe la libertad de empresa. Esto quiere decir
que los particulares se encuentran en plena
libertad de poder desarrollar cualquier clase de
actividad económica que se encuentre permiti-
da por el ordenamiento jurídico, sin que deban
existir limitaciones o exigencias que puedan
menoscabar dicho derecho.
En efecto, la Constitución establece una serie de
garantías y derechos que deben ser respetados
durante la actividad diaria y comercial de las per-
sonas, naturales o jurídicas, que se desenvuelven
en sociedad. El modelo que recoge es la econo-
RESUMEN:
El presente artículo desarrolla la regulación farmacéutica desde el punto de vista de los títulos habilitantes necesarios para operar en
dicha industria. Asimismo, analiza la situación actual del sector farmacéutico de acuerdo con los diversos estudios realizados. Asimismo, iden-
tica algunas exigencias requeridas para el funcionamiento las farmacias y boticas que constituyen trabas para el adecuado desenvolvimiento
de dichos establecimientos farmacéuticos, comentando así las resoluciones emitidas por INDECOPI sobre el particular.
Palabras Clave: Farmacéutico, Farmacias, Boticas, Regulación, Salud.
ABSTRACT:
The following article analyzes pharmaceutical regulations from the point of view of the qualications that necessary to operate in said
industry. It also analyzes the current situation of the pharmaceutical sector, according to various studies. Additionally, it identies some prere-
quisites required for the operation of pharmacies and drugstores that constitute obstacles for the proper development of said pharmaceutical
establishments, commenting thus on the resolutions issued by INDECOPI on the particular.
Keywords: Pharmacist, Pharmacies, Drugstores, Regulation, Health.
mía social de mercado, modelo que, como bien
ha explicado nuestro Tribunal Constitucional:
“(…) parte de la premisa que el mejor sistema
para la asignación y distribución de los re-
cursos, es aquel que propicia la concertación
libre entre oferta y demanda, puesto que de
este modo se promueve el despliegue de las
iniciativas de los seres humanos, se incentiva
la competencia creadora y se impulsan las
innovaciones tecnológicas. Al Estado en este
esquema le corresponde crear las condiciones
para que las actividades económicas privadas
se desarrollen de manera libre y competitiva,
procurándoles un marco para su desarrollo
eciente, que redunde en mejores productos y
a precios competitivos para los consumidores
y usuarios”1 (Subrayado agregado).
Ahora bien, la libre oferta y demanda se traduce
en una serie de derechos reconocidos constitu-
cionalmente, dentro de los cuales se encuentra
el derecho a la libre empresa, recogido en el ar-
tículo 59° de la Constitución, el cual señala que:
“El Estado estimula la creación de riqueza y
garantiza la libertad de trabajo y la libertad de
empresa, comercio e industria. El ejercicio de
1. Sentencia recaída en el Expediente N° 0048-2004-AI.

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