Del síndrome de alienación parental a la justicia terapéutica

AutorLuis Bueno Ochoa
CargoUniversidad Pontificia Comillas de Madrid
Páginas13-29
VOX JURIS (40) 2, 2022 Lbueno@icade.Comillas.Edu
VOX JURIS, Lima (Perú) 40 (2): 13-29, 2022
DEL SÍNDROME DE ALIENACIÓN PARENTAL A LA
JUSTICIA TERAPÉUTICA
FROM PARENTAL ALIENATION SYNDROME TO
THERAPEUTIC JURISPRUDENCE
Luis Bueno Ochoa
Universidad Ponticia Comillas de Madrid
Orcid: 0000-0001-5076-5835
lbueno@icade.comillas.edu
https://doi.org/10.24265/voxjuris.2022.v40n2.02
España
Recibido: 31 de mayo de 2021 Aceptado: 15 de febrero de 2022
SUMARIO
Introducción.
Justicación.
Objetivos.
Método.
Resultados.
Discusión.
Limitaciones.
Líneas de investigación futuras.
Conclusiones.
Referencias.
RESUMEN
El trabajo ofrece una revisión de la literatura
sobre el Síndrome de Alienación Parental
(SAP) en España durante los últimos diez años
(2010-2020) distinguiendo entre partidarios
y detractores del constructo. Las posiciones
polarizadas en torno al constructo han puesto
de maniesto una pugna entre la Psicología y el
Derecho. Está en juego cómo se relacionan los
diagnósticos y los pronuncimientos judiciales.
Se echa de menos una colaboración, en clave
interdisciplinar, entre la perspectiva clínica y
la perspectiva forense. El régimen de guarda
y custodia de los menores ha tenido un papel
muy importante en la invocación judicial del
constructo SAP. Esta situación ha cambiado
con la adopción del criterio jurisprudencial
favorable a la custodia compartida, como
regla general, a partir de 2013. Las últimas
resoluciones judiciales recaídas emplean
una terminología alejada del SAP. El nuevo
paradigma legal de la “justicia terapéutica”
puede servir para articular nuevas formas de
relación entre la Psicología y el Derecho.
PALABRAS CLAVE
Síndrome de Alienación Parental (SAP),
Psicología, Derecho, Justicia Terapéutica.
ABSTRACT
This paper oers a review of the literature on
Parental Alienation Syndrome (PAS) in Spain
during the last ten years (2010-2020) and it
distinguishes between supporters and detractors
of the construct. The polarized positions
around the construct have revealed a conict
between Psychology and Law. At stake is how
diagnostics and judicial pronouncements are
related. A collaboration, in an interdisciplinary
key, between the clinical perspective and the
forensic perspective is missed. The system of
custody of minors has played a very important
role in the judicial invocation of PAS construct.
This situation has changed with the adoption of
the jurisprudential criterion favorable to Shared
custody, as a general rule, as of 2013. The
latest judicial resolutions use terminology far
from PAS. The Therapeutic Justice new legal
paradigm can serve to articulate new forms of
relationship between Psychology and Law.
Luis Bueno Ochoa
14
ISSN: 1812-6804
Lbueno@icade.Comillas.Edu
VOX JURIS, Lima (Perú) 40 (2): 13-29, 2022
KEYWORDS
Parental Alienation Syndrome (PAS),
Psychology, Law, Therapeutic Jurisprudence.
INTRODUCCIÓN
El polémico Síndrome de Alienación Parental
(SAP) tiene su origen en los trabajos del
también polémico psiquiatra estadounidense,
Richard Gardner (1931-2003), que vieron la
luz, originariamente, en 1985. La denición
del denominado Parental Alienation Syndrome
(PAS) fue la siguiente: «Un trastorno infantil
que surge casi exclusivamente en el contexto
de las disputas por la custodia de los niños.
Su manifestación primaria es la campaña de
denigración del niño contra un padre, una
campaña que no tiene justicación» (Gardner,
1985, p. 3).
Para una mejor comprensión del SAP se
hace necesario jarse en los ocho síntomas
primarios denidos por Gardner; a saber: 1)
existencia de una campaña de denigración;
2) racionalizaciones frívolas o absurdas del
rechazo al progenitor; 3) falta de ambivalencia
afectiva hacia las guras parentales; 4)
aparición del «fenómeno del pensador
independiente», esto es, se argumenta que la
decisión del rechazo es exclusiva del niño;
5) apoyo automático al padre «amado» en
cualquier tesitura; 6) ausencia de culpa en el
niño por la expresión del rechazo; 7) aparición
en el relato del hijo de escenarios prestados, que
el niño no ha vivido o no puede recordar; y 8)
la extensión del rechazo a la familia o entorno
del progenitor rechazado (Vilalta, 2011). La
sintomatología descrita admite diferentes
niveles de gravedad distinguiéndose, así, tres
momentos o tipos de síndrome: leve −etapa
inicial en la que no están presentes los ocho
síntomas enunciados−; moderado −cuando ya
está presente la totalidad de los ocho síntomas
descritos− y severo −que tiene lugar cuando los
ocho síntomas referenciados se dan con total
intensidad− (Segura, Gil y Sepúlveda, 2006).
Con propósito dignóstico Gardner elaboró
una escala, la Sexual Abuse Legitimacy Scale
(SALS; Gardner, 1987), a la que siguieron otros
instrumentos de evaluación (Oropeza, 2007).
La estrategia de intervención propuesta por
Gardner quedó concretada en la denominada
«terapia de amenaza» (Gardner, 1991) cuyo
«enfoque terapéutico primero debe implicar un
grado signicativo de manipulación de la gente
(por lo general por orden judicial) […dado
que] la amenaza de la custodia principal puede
también ayudar a tales madres el “recordarles
cooperar”» (Escudero et al., 2008, p. 303).
La polémica resaltada responde, por una parte,
al propio enclave del controvertido síndrome
que tiene que ver, según se desprende de
la expresada denición, con los procesos
judiciales contenciosos en los que se discuten
cuestiones que inciden en el ejercicio de la
patria potestad (art. 156 del Código Civil)
entre las que hay que destacar la guardia y
custodia hasta en tanto los hijos no alcanzan
la mayoría de edad, jada en los 18 años (art.
12 de la Constitución española en relación
con el art. 315 del Código Civil); y, por otra,
a la propia trayectoria personal-profesional de
Gardner envuelta en acusaciones de pedolia
y pederastia que culminaron en un trágico
suicidio (Cañellas, 2011).
El actual trabajo se inscribe en la modalidad
de trabajo de revisión dirigido a la búsqueda
de literatura cientíca sobre el SAP, gestada en
los últimos diez años en nuestro país y/o por
autores nacionales, con miras a dar respuesta
a la pregunta de investigación siguiente:
qué argumentos pueden invocarse a favor
defensores– y en contra –detractores– del SAP
en orden a considerarlo un trastorno merecedor
de reconocimiento y, llegado el caso, de inclusión
en sistemas diagnósticos tales como el DSM-5
(Asociación Americana de Psiquiatría −APA−,
2013) y la CIE-10 (Organización Mundial
de la Salud −OMS−, 1992). Dicho eventual
reconocimiento, debemos subrayarlo, también
puede tener consecuencias a nivel forense.
Los argumentos –antagónicos– que dotan de
contenido al trabajo se ven así enmarcados
en una eventual pugna entre la Psicología y el
Derecho. Corresponde plantearse qué relación
mantienen sendas disciplinas a propósito del
SAP: es decir, si existe o no alguna suerte de
condicionamiento acerca de sus respectivos
ámbitos de actuación.
Las posiciones polarizadas traídas a colación
–partidaria y desfavorable– es notoria, en
general y, en particular, en nuestro país. Como
ejemplo del antagonismo en que se desarrolla
la polémica es elocuente remitirse a los títulos
de algunos trabajos (Aguilar, 2004; Padilla,
2017), toda vez que, mientras en el primero
se identica el SAP con casos de «hijos
manipulados por un cónyuge para odiar al

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