395 216 - Prorrogan plazo para la presentación de Declaración Jurada Simple de Permanencia en el Giro Autorizado

Fecha de disposición09 Abril 2006
Fecha de publicación09 Abril 2006
Pág. 316469
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 9 de abril de 2006
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 060/MVMT de fecha
11.FEBRERO.2002 se aprueba el Texto Único de
Procedimientos Administrativos - TUPA - ratificado con
Acuerdo de Concejo Nº 065-MML de fecha
22.MAYO.2003, instrumento de gestión que establece
entre otros el pago correspondiente al derecho por
Constancia de Posesión ;
Que, existe el pedido de moradores de varios
Asentamientos Humanos y Ampliaciones que solicitan la
rebaja de los derechos administrados por Constancia
de Posesión, a fin de realizar trámites ante Instituciones
diversas;
Que, el Pleno del Concejo consciente de la difícil
situación económica que viene atravesando el país,
considera viable otorgar temporalmente lo solicitado;
De conformidad con los Artículos 9º, inciso 9) y 40º
de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades; con
el voto Unánime de los señores Regidores; y con la
dispensa de la lectura y aprobación del acta, se ha emitido
la siguiente:
ORDENANZA
Artículo Primero.- CONCEDER un Beneficio
Tributario que comprende la rebaja del 50% de los
derechos administrados por Constancia de Posesión
para todos los moradores de los Asentamientos Humanos
del distrito de Villa María del Triunfo.
Artículo Segundo.- Los interesados para acogerse
a los beneficios de la presente Ordenanza deberán
cumplir con los siguientes requisitos :
a) Solicitud dirigida al Alcalde
b) Copia del D.N.I. de ambos cónyuges
c) Constancia de posesión vecinal expedida por la
dirigencia vecinal, original y/o fedateada.
d) Declaración Jurada de no poseer lote en ningún
distrito de la jurisdicción de la provincia de Lima y de no
estar el lote que tiene en posesión en proceso judicial.
e) Pago por derechos.
Artículo Tercero.- ESTABLECER en 30 días el tiempo
de duración del beneficio indicado en el artículo primero,
a partir del día siguiente de la publicación de esta
Ordenanza.
Artículo Cuarto.- Los pagos efectuados con
anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza son
válidos y no se encuentran sujeto a compensación y/o
devolución alguna.
DISPOSICION TRANSITORIA
Disposición Única.- Suspender durante la vigencia
de la presente Ordenanza los requisitos para Constancia
de Posesión - contenidos en el Número de Orden 050
del Texto Unico de Procedimientos Administrativos
(TUPA) vigente de esta Municipalidad ; sólo para los
efectos de la presente Disposición.
DISPOSICION FINAL
Disposición Única.- El Despacho de Alcaldía dictará
las normas complementarias para la mejor aplicación de
esta Ordenanza.
Villa María del Triunfo, 30 de enero del 2006.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
WASHINGTON IPENZA PACHECO
Alcalde
06438
Prorrogan plazo para la presentación
de Declaración Jurada Simple de
Permanencia en el Giro Autorizado
ORDENANZA Nº 216
Villa María del Triunfo, 30 de enero del 2006
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA
DEL TRIUNFO
POR CUANTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30.ENERO.2006,
bajo la presidencia del señor Alcalde Dr. Washington Ipenza
Pacheco y con la asistencia de los señores Regidores Dr.
Emiliano Yrribarren Chamorro, Srta. Raquel Barriga Velazco,
Sra. Gina Casafranca Delgado, Sr. Javier Salas Zamalloa, Sr.
Eudaldo Viches Silva, Sr. David Romero Ríos, Dr. Donato Izarra
Palomino, Sr. Moisés Félix Olazábal, Dr. Elías Vara Franco, Sr.
José Guerra Velásquez, Sr. Wilfredo Bazán Ramírez y Sr.
Carlos Mejía Escajadillo; se trató sobre ampliación de plazo
para la presentación de la Declaración Jurada Simple de
Permanencia en el Giro Autorizado; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 69º, Inc. 2) de la Ley Nº 27972 - Orgánica
de Municipalidades, determina que es función de éstas en
materia de abastecimiento y comercialización de productos
“Otorgar licencias de apertura de establecimientos
comerciales e industriales y de servicios, así como controlar
su funcionamiento de acuerdo a ellas”;
Que, el Art. 71º del Texto Único Ordenado de la Ley
de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo
Nº 156-2004-EF, establece la obligatoriedad de la
presentación de la Declaración Jurada Anual de
Permanencia en el Giro Autorizado del establecimiento
Comercial, Industrial y/o de Servicios;
Que, concordante con dicha norma legal, el Artículo
Segundo de la Ordenanza Nº 056-2001/MVMT de fecha
29.DICIEMBRE.2001, establece que la declaración jurada
anual simple de permanencia en el giro autorizado deberá
ser presentada durante el mes de enero de cada Ejercicio
Fiscal; iniciándose tal obligación a partir del Ejercicio
Fiscal siguiente al que se hubiere obtenido la Autorización
Municipal de Funcionamiento Definitiva;
Que, la omisión o incumplimiento de la presentación de la
precitada declaración jurada constituye para los
contribuyentes infracción administrativa; y teniendo en cuenta
que los Gobiernos Locales promueven el desarrollo
económico local con incidencia en la micro y pequeña
empresa, el Pleno del Concejo considera atendible la prórroga
del plazo para tal efecto hasta el 28.FEBRERO.2006, por
considerarlo necesario acorde con la política tributaria de
beneficios y facilidades para el cumplimiento de las
obligaciones de los contribuyentes, estando a la difícil
situación económica por la que atraviesa nuestro país;
De conformidad con los Artículos 9º, inciso 8) y 40º de la
Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades; con el voto
Unánime de los señores Regidores; y con la dispensa de la
lectura y aprobación del acta, se ha emitido la siguiente:
ORDENANZA
Artículo Primero.- PRORROGAR en forma
excepcional y por única vez para el presente Ejercicio
Fiscal 2006, el plazo para la presentación de la
Declaración Jurada Simple de Permanencia en el Giro
Autorizado, hasta el 28.FEBRERO.2006.
Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la
presente Disposición a la Gerencia Municipal, Gerencia de
Rentas, Gerencia de Administración, Subgerencia de Imagen
Institucional y Agencias Municipales de Desarrollo.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
WASHINGTON IPENZA PACHECO
Alcalde
06441
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA
Aprueban Ordenanza de Gestión y
Manejo de Residuos Sólidos
ORDENANZA Nº 003-2006/MDV-CDV
Ventanilla, 22 de febrero de 2006

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