DECRETO SUPREMO N° 045-2010-EF - Autorizan septuagésimo tercer tramo de la emisión de bonos soberanos en el marco del Decreto de Urgencia N° 040-2009

Fecha de publicación29 Enero 2010
Fecha de disposición29 Enero 2010
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 29 de enero de 2010
412350
Artículo 4°.- Suscripción de documentos
Autorícese al Director General de la Dirección
Nacional del Endeudamiento Público del Ministerio de
Economía y Finanzas a suscribir toda la documentación
que se requiera para implementar lo dispuesto en este
dispositivo legal.
Artículo 5º.- Atención del servicio de deuda
El servicio de amortización, intereses, comisiones y
demás gastos que ocasionen los bonos que se emitan
correspondientes al tramo que se autoriza en el Artículo
1° de esta norma legal, son atendidos por el Ministerio
de Economía y Finanzas, con cargo a los recursos
presupuestarios asignados al pago del servicio de la
deuda pública.
Artículo 6º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por la
Ministra de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho
días del mes de enero del año dos mil diez.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ
Ministra de Economía y Finanzas
451966-29
Autorizan septuagésimo tercer tramo
de la emisión de bonos soberanos en el
marco del Decreto de Urgencia Nº 040-
2009
DECRETO SUPREMO
Nº 045-2010-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 040-2009
y sus modif‌i catorias, se aprobó la emisión de bonos
soberanos hasta por S/. 2 600 000 000,00 (DOS MIL
SEISCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES),
en uno o varios tramos, durante el bienio 2009-2010, que
se destinarán a f‌i nanciar proyectos de inversión pública a
cargo de los Gobiernos Regionales;
Que, el numeral 1.3 del Artículo 1º del mencionado
Decreto de Urgencia establece que por decreto supremo
con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y el
refrendo del Ministro de Economía y Finanzas, se autoriza
cada tramo de la emisión de bonos soberanos, que pueden
ser colocados en una o varias fechas;
Que, asimismo, dicho dispositivo legal dispone que,
en el citado decreto supremo se f‌i jan las características
generales de los aludidos bonos soberanos y se
establecen los proyectos de inversión pública a cargo
de los Gobiernos Regionales a ser f‌i nanciados con los
recursos que se obtengan con la colocación del respectivo
tramo;
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 179-2009-
EF/75 se aprobaron los “Lineamientos para la Aplicación
del Decreto de Urgencia Nº 040-2009” y los índices de
distribución de los recursos provenientes de la emisión y
colocación de bonos soberanos;
Que, de la aplicación de los citados índices de
distribución, corresponde al Gobierno Regional del
Departamento de Ayacucho un f‌i nanciamiento de hasta la
suma de S/. 110 038 400,00 (CIENTO DIEZ MILLONES
TREINTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS Y 00/100
NUEVOS SOLES), de los cuales a la fecha existe un
saldo disponible de hasta S/. 9 053 407,79 (NUEVE
MILLONES CINCUENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS
SIETE Y 79/100 NUEVOS SOLES);
Que mediante la Segunda Disposición Complementaria
Final del Decreto de Urgencia Nº 094-2009, se dispuso
que el Proyecto “Construcción Carretera Nuevo Progreso
– Chalhuan” (Código SNIP 7825), cuya ejecución está
a cargo de la Municipalidad Distrital de Santillana,
Provincia de Huanta, en el Departamento de Ayacucho,
sea f‌i nanciado hasta por la suma de S/. 3 227 902,00
(TRES MILLONES DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL
NOVECIENTOS DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), con
cargo a los recursos asignados al Gobierno Regional del
Departamento de Ayacucho en el marco del Decreto de
Urgencia Nº 040-2009 y sus modif‌i catorias, precisando
dicha disposición la documentación sustentatoria que
debe presentarse para acceder a este f‌i nanciamiento;
Que, en tal sentido, la Municipalidad Distrital de
Santillana, Provincia de Huanta, en el Departamento
de Ayacucho, ha presentado a la Dirección Nacional
del Endeudamiento Público del Ministerio de Economía
y Finanzas, los documentos indicados en la Segunda
Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia
Nº 094-2009, para acceder al f‌i nanciamiento a que se ref‌i ere
el Decreto de Urgencia N° 040-2009 y sus modif‌i catorias,
hasta por la suma de S/. 3 227 902,00 (TRES MILLONES
DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS DOS
Y 00/100 NUEVOS SOLES), para f‌i nanciar el proyecto
de inversión pública denominado “Construcción Carretera
Nuevo Progreso - Chalhuan” (Código SNIP 7825);
Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar
el septuagésimo tercer tramo de la emisión interna de
bonos soberanos aprobada por el Decreto de Urgencia
Nº 040-2009, y sus modif‌i catorias, destinado a f‌i nanciar
el proyecto de inversión pública mencionado en el
considerando anterior a cargo de la Municipalidad Distrital
de Santillana, Provincia de Huanta, en el Departamento
de Ayacucho;
Que, han opinado favorablemente la Dirección Nacional
del Endeudamiento Público y la Of‌i cina General de Asesoría
Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y su modif‌i catoria;
el Decreto de Urgencia Nº 040-2009, modif‌i cado por los
Decretos de Urgencia Nº 058-2009, 080-2009 y 103-2009;
el Decreto de Urgencia Nº 094-2009; y, la Sexagésima
Segunda Disposición Final de la Ley Nº 29465, Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1º.- Autorización del septuagésimo tercer
tramo de la emisión interna de bonos soberanos
Autorícese el septuagésimo tercer tramo de hasta S/. 3
227 902,00 (TRES MILLONES DOSCIENTOS VEINTISIETE
MIL NOVECIENTOS DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) de la
emisión interna de bonos soberanos aprobada en el marco
del Decreto de Urgencia Nº 040-2009, y sus modif‌i catorias,
que puede ser colocado en una o varias fechas, y que se
destina a f‌i nanciar el proyecto de inversión pública a cargo
de la Municipalidad Distrital de Santillana, Provincia de
Huanta, en el Departamento de Ayacucho denominado
“Construcción Carretera Nuevo Progreso - Chalhuan”
(Código SNIP 7825).
Artículo 2º.- Características generales de la emisión
interna de bonos
Para los f‌i nes de la emisión del septuagésimo tercer
tramo que se autoriza en el Artículo 1º de esta norma
legal, los bonos soberanos contarán con las siguientes
características:
- Monto máximo a emitir : Hasta S/. 3 227 902,00
- Unidad Responsable : Ministerio de Economía y
Finanzas, a través de la Dirección
Nacional del Endeudamiento
Público.
- Estructurador : Dirección Nacional del
Endeudamiento Público.
- Moneda : Nuevos Soles.
- Negociabilidad de los Bonos : Libremente negociables.
- Modalidad de Colocación : A través de subastas.
- Plazo de Colocación : En varias fechas, hasta el 31 de
diciembre de 2010.
- Registro : Los bonos serán registrados
mediante anotación en cuenta
en CAVALI S.A. ICLV y listados
en la Bolsa de Valores de Lima.
Artículo 3º.- De la emisión y colocación del
septuagésimo tercer tramo autorizado
Para los f‌ines de la emisión del septuagésimo tercer
tramo que se autoriza en el Artículo 1º de esta norma legal,
se aplicará lo dispuesto en el “Reglamento de la Emisión

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