ORDENANZA Nº 113-MDLCH - Incluyen el Procedimiento No Contencioso de la Separación Convencional y el Procedimiento de Divorcio Ulterior en el TUPA de la Municipalidad

Fecha de publicación10 Septiembre 2008
Fecha de disposición10 Septiembre 2008
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 10 de setiembre de 2008
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gozan de autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia. Asimismo el último
párrafo del Artículo 41º del Texto Único Ordenado del
Código Tributario aprobado con D.S. Nº 135-99EF, faculta
a los Gobiernos Locales condonar de manera excepcional,
con carácter general, el interés moratorio y las sanciones,
respecto de los tributos que administren, en caso de
contribuciones y tasas dicha condonación también podrá
alcanzar al tributo;
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 078-CMC,
publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano el 16 de febrero
de 2003, se aprobó el Reglamento de Fraccionamiento de
Deudas Tributarias y No Tributarias, estableciendo en el
Artículo 14º, respecto al Interés de Fraccionamiento y en
el artículo Nº 16º, sobre interés moratorio;
Que, mediante Ordenanza Nº 264-C/MC y Ordenanza
Nº 267-C/MC, de fechas 17 de junio y 06 de agosto
del año en curso, se dispone la SUSPENSIÓN de los
Artículos 14º y 16º de la Ordenanza Municipal Nº 78-C/
MC y la CONGELACIÓN de los intereses y moras de los
Convenios o Fraccionamientos que se hayan suscritos
sobre el monto insoluto de los tributos del Impuesto
Predial y/o Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y
Jardines, así como no deberán estar afectos a ningún
tipo de interés de fraccionamiento. Asimismo dispone
EXONERAR por 31 días el 100% de las Multas Tributarias
a los contribuyentes que voluntariamente se apersonen a
actualizar los valores de sus predios; y, el 90% de las
Multas Tributarias generadas en los procedimientos
de f‌i scalización y/o del Programa de Levantamiento
Catastral, incluidos los requerimientos, Resoluciones de
Determinación y Multas;
Que, mediante Informe Nº 069-2008-GAT/MC.,
de fecha 27 de agosto de 2008, el Gerente de
Administración Tributaria, propone la ampliación
de la Ordenanza Nº 264-C/MC y Ordenanza Nº 267-
C/MC, debido a que las mismas han permitido fortalecer
las acciones tributarias que consolidan los objetivos
institucionales como son: la disminución de la Morosidad;
el Incremento del pago de los Impuestos y Arbitrios
Municipales, la actualización de la Data de Contribuyentes,
así como la Recuperación de la Conf‌i anza Tributaria; por
lo que, solicita la ANULACIÓN de los Artículos 14º y 16º
de la Ordenanza Municipal Nº 78-C/MC;
Que, es política de la presente Gestión Municipal
dictar medidas que favorezcan a la comunidad, de manera
particular en materia tributaria y por otro lado coadyuvar a
alcanzar las metas institucionales.
Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades
conferidas por el Artículo 9° de la Ley Orgánica de
Municipalidades, luego del debate correspondiente, el
Pleno del Concejo aprobó por UNANIMIDAD el siguiente:
ORDENANZA:
Artículo Primero.- AMPLIAR la vigencia del Artículo
1º de las Ordenanzas Municipales Nºs. 264 y 267-C/MC.
hasta el 31 de diciembre de 2008.
Artículo Segundo:- ANULAR los Artículos 14º y 16 de
la Ordenanza Municipal Nº 78-C/MC.
Artículo Tercero.- DISPONER el congelamiento del
monto insoluto más las moras e intereses de los tributos
del Impuesto Predial y/o Arbitrios de Limpieza Pública,
Parques y Jardines, al momento de la suscripción de los
Fraccionamiento y/o Convenios, hasta la culminación de
la cancelación de las mismas.
Artículo Cuarto.- AUTORIZAR al Señor Alcalde,
para que de considerarse innecesario mediante Decreto
de Alcaldía dicte las normas complementarias para la
correcta aplicación de esta Ordenanza.
Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Gerencia de
Administración y Finanzas, Gerencia de Administración
Tributaria, Subgerencia de Informática y Estadística y la
Unidad de Comunicación Municipal el cumplimiento de la
presente Ordenanza.
Artículo Sexto.- DISPENSAR de la lectura y
aprobación del Acta de la presente Ordenanza, para su
vigencia inmediata.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
MIGUEL ANGEL SALDAÑA REÁTEGUI
Alcalde
249017-1
MUNICIPALIDAD DE
LURIGANCHO CHOSICA
Incluyen el Procedimiento No Contencioso
de la Separación Convencional y el
Procedimiento de Divorcio Ulterior en el
TUPA de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 113-MDLCH
Chosica, 22 de julio de 2008
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LURIGANCHO CHOSICA
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Lurigancho Chosica, en
Sesión Ordinaria de la fecha;
VISTO:
El pedido formulado por el regidor Jorge Denegri
Caballero respecto a la inclusión del Procedimiento
No Contencioso de la Separación Convencional y
Divorcio Ulterior en el Texto Único de Procedimientos
Administrativos de la Municipalidad;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29227 se establece y regula
el Procedimiento No Contencioso de la Separación
Convencional y Divorcio Ulterior en las Municipalidades y
Notarías; asimismo, dicha norma en su Única Disposición
Complementaria dispone que las Municipalidades
adecuarán sus Textos Únicos Ordenados de
Procedimientos Administrativos – TUPA para el cobro de
las tasas correspondientes citado procedimiento;
Que, en la Ley Nº 29227 y su Reglamento aprobado
los requisitos y el modo de desarrollo del Procedimiento
No Contencioso de la Separación Convencional y Divorcio
Ulterior;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo
36º numeral 36.1 de la Ley Nº 27444, señala que los
procedimientos, requisitos y costos administrativos
se establecen exclusivamente mediante Ordenanza
Municipal (en el caso de Municipalidades); asimismo,
estos procedimientos deben ser compendiados y
sistematizados en el Texto Único de Procedimientos
Administrativos;
De conformidad a lo dispuesto en los artículos 9°
numeral 8), y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades
N° 27972, con dispensa del trámite de lectura y de
aprobación del acta; aprobó por UNANIMIDAD lo
siguiente:
ORDENANZA QUE INCLUYE EL PROCEDIMIENTO
NO CONTENCIOSO DE LA SEPARACIÓN
CONVENCIONAL Y DIVORCIO ULTERIOR,
EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS
ADMINISTRATIVOS – TUPA DE LA MUNICIPALIDAD
Artículo 1º.- Incluir en el Texto Único de Procedimientos
Administrativos – TUPA de la Municipalidad, el
Procedimiento No Contencioso de la Separación
Convencional y el Procedimiento de Divorcio Ulterior,
cuyo Cuadro de requisitos y costos administrativos obran
como anexo de la presente norma.
Artículo 2º.- Disponer la remisión de la presente
norma a la Municipalidad Metropolitana de Lima, para los
f‌i nes establecidos en el párrafo tercero del artículo 40º de
Regístrese, publíquese y cúmplase.
LUIS FERNANDO BUENO QUINO
Alcalde
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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