Sentencia N° 04617-2012-PA/TC. Caso Panamericana Televisión

Páginas219-297
Cuadernos sobre Jurisprudencia Constitucional - N° 10 - Julio 2015
Sentencia N° 04617-2012-PA/TC
Caso Panamericana Televisión
A continuación se adjuntan las tres resoluciones del Tribunal Constitucional en
el EXP. N.º 04617-2012-PA/TC y que conforman el llamado Caso Panamericana
Televisión.
A. La primera tiene fecha 12 de marzo de 2014, y es la sentencia que en mayoría de
tres votos (los de los magistrados Mesía Ramírez, Eto Cruz y Álvarez Miranda)
contra dos (los de los magistrados Urviola Hani y Vergara Gotelli), declara
fundada la demanda de amparo interpuesta por Panamericana Televisión S.A.
contra la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT).
B. La segunda es la resolución del 16 de mayo de 2014 que da respuesta al pedido
de aclaración presentado por SUNAT y rmado por los tres magistrados que
hicieron sentencia.
C. La tercera es del 18 de noviembre de 2014 y que soluciona el pedido de integra-
ción presentado por SUNAT, el cual de no prosperar se convertía en un pedido
de reposición que perseguía se declare la nulidad de la sentencia de fecha 12 de
marzo de 2014. Esta resolución desestima los pedidos presentados por cinco
votos (Urviola Hani, Blume Fortini, Ramos Núñez y Sardón de Taboada) contra
dos (Ledesma Narváes y Espinosa-Saldaña Barreda).
Cuadernos sobre Jurisprudencia Constitucional - N° 10 - Julio 2015
EXP. N.° 04617-2012-PA/TC
LIMA
PANAMERICANA TELEVISIÓN S.A.
RAZÓN DE RELATORÍA
La presente causa ha sido resuelta por los señores magistrados Urviola Hani, Vergara
Gotelli, Mesía Ramírez, Eto Cruz y Álvarez Miranda, pero no por el señor magistrado
Beaumont Callirgos, debido a que, aun cuando estuvo presente en la vista de la
causa, no llegó a votar y mediante Resolución Administrativa Nº 66-2013-P/TC, de
fecha 3 de mayo de 2013, publicada en el diario ocial “El Peruano” el 6 de mayo de
2013, se ha declarado la vacancia de dicho magistrado por la causal establecida en
emitidos alcanzan la mayoría suciente para formar sentencia, conforme al artículo
(primer párrafo) de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y al artículo 48°
del Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional.
SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
En Lima, a los 12 días del mes de marzo de 2014, el Tribunal Constitucional, en
sesión de Pleno Jurisdiccional, con la asistencia de los magistrados Urviola Hani,
Presidente; Vergara Gotelli, Vicepresidente; Mesía Ramírez, Eto Cruz y Álvarez
Miranda, pronuncia la siguiente sentencia; con los votos singulares de los
magistrados Urviola Hani y Vergara Gotelli, que se agregan.
ASUNTO
Recurso de agravio constitucional interpuesto por Panamericana Televisión S.A.,
debidamente representada por su apoderado Víctor Hugo Velarde López, contra la
resolución de fojas 1377, su fecha 18 de abril de 2012, expedida por la Séptima Sala
Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, que declaró improcedente la demanda
de autos.
ANTECEDENTES
Con fecha 25 de mayo de 2011, la actora interpone demanda de amparo contra la
Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), solicitando que
se declare inexigible la deuda tributaria acumulada durante el periodo comprendido
entre el 24 de febrero de 2003 y el 8 de junio de 2009. Alega que solicita ello en
defensa de sus derechos a la libertades informativas, en cuanto derecho a fundar
medios de comunicación, “a participar en forma individual o asociada, en la vida

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