RESOLUCION N° 421-2014/SBN-DGPE-SDAPE - Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos eriazos ubicados en los departamentos de Moquegua e Ica
Fecha de publicación | 16 Julio 2014 |
Fecha de disposición | 16 Julio 2014 |
El Peruano
Miércoles 16 de julio de 2014 527889
Sector Público para el Año Fiscal 2014 autoriza a DEVIDA
en el presente año fi scal, a realizar de manera excepcional,
transferencias fi nancieras entre entidades en el marco de
los Programas Presupuestales: “Programa de Desarrollo
Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, “Prevención
y Tratamiento del Consumo de Drogas - PTCD” y “Gestión
Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en
el Perú – GICOD”; precisándose en el numeral 12.2 del
referido artículo, que dichas transferencias fi nancieras, en
el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan
mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el
informe previo favorable de la Ofi cina de Presupuesto o la
que haga sus veces en la entidad, siendo que tal resolución,
debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano;
Que, asimismo, el numeral 12.3 del artículo señalado
en el párrafo anterior, establece que la entidad pública
que transfi ere los recursos en virtud del numeral 12.1
del mismo artículo es la responsable del monitoreo,
seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas, para
los cuales les fueron entregados los recursos. Además, el
referido numeral, precisa que los recursos públicos, bajo
responsabilidad, deben ser destinados, solo a los fi nes
para los cuales se autorizó su transferencia fi nanciera;
Que, para tal efecto y en el marco del Programa
Presupuestal “Programa de Desarrollo Alternativo Integral
y Sostenible – PIRDAIS”, DEVIDA suscribió Convenio
con el Gobierno Regional de Huánuco el 28 de diciembre
2012, para la ejecución de la Actividad “Formalización y
Titulación de Predios Rurales” a través de transferencias
fi nancieras en el año fi scal 2014;
Que, mediante Resolución N° 063-2014-DV-PE de
fecha 09 de abril del 2014, se publicó la transferencia
fi nanciera a favor del Gobierno Regional de Huánuco
por la suma de S/. 1 000,000.00 (UN MILLON Y 00/100
NUEVOS SOLES); asimismo, el 12 de abril del 2014, se
publicó una Fe de Erratas de la Resolución N° 063-2014-
DV-PE para subsanar un error material respecto al nombre
de la Actividad;
Que, con fecha 20 de junio del 2014, DEVIDA y el Gobierno
Regional de Huánuco, suscribieron la Adenda al Convenio de
Cooperación Interinstitucional, con el objeto de modifi car la
cláusula segunda de la Adenda, precisando que será la Unidad
Ejecutora 100-0806 – Región Huánuco Agricultura, quien
ejecutará la Actividad “Formalización y Titulación de Predios
Rurales”; por lo que resulta necesario modifi car el numeral 2
del anexo de la Resolución N° 063-2014-DV-PE;
Con las visaciones de la Secretaría General, la
Responsable Técnica del Programa Presupuestal
Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS,
de las Direcciones de Promoción y Monitoreo y Asuntos
Técnicos, y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12° de
la Ley N° 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2014;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Modifíquese el numeral 2 del anexo de
la Resolución N° 063-2014-DV-PE, conforme al siguiente
detalle:
ANEXO
PROGRAMA PRESUPUESTAL: “PROGRAMA DE DESARROLLO
ALTERNATIVO INTEGRAL Y SOSTENIBLE – PIRDAIS”
N° ENTIDAD EJECUTORA
NOMBRE DE
ACTIVIDAD /
PROYECTO
DESEMBOLSO HASTA S/. MONTO
DE LA
TRANSFE-
RENCIA
HASTA S/.
1° 2° 3° 4° 5°
(…)
2
Dirección Regional de
Agricultura Huánuco
(Unidad Ejecutora 100-
0806-Región Huánuco
- Agricultura)
Actividad
“Formalización y
Titulación de predios
Rurales”
1,000,000.00 1,000,000.00
(…) (…)
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDA
Presidente Ejecutivo
1110946-1
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE BIENES ESTATALES
Disponen primera inscripción de
dominio a favor del Estado de terrenos
eriazos ubicados en los departamentos
de Moquegua e Ica
SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
DEL PATRIMONIO ESTATAL
RESOLUCIÓN Nº 421-2014/SBN-DGPE-SDAPE
San Isidro, 4 de julio de 2014
Visto el Expediente Nº 708-2014/SBN-SDAPE,
correspondiente al trámite de primera inscripción de
dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 119,548.55
m² ubicado al Sur del Proyecto Especial Pasto Grande,
Sector Altos de Omo, distrito de Moquegua, provincia de
Mariscal Nieto, departamento de Moquegua;
CONSIDERANDO:
Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales
- SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes
Estatales encargado de normar y supervisar las acciones
que realicen las entidades que conforman el mencionado
Sistema, en materia de adquisición, disposición,
administración y registro de los bienes estatales a nivel
nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los
bienes estatales que se encuentran bajo su competencia,
procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley
Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes
Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto
Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la
que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno
de 119,548.55 m² ubicado al Sur del Proyecto Especial
Pasto Grande, Sector Altos de Omo, distrito de Moquegua,
provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua,
que se encontraría libre de inscripción registral;
Que, solicitada la consulta catastral a la Zona Registral
Nº XIII – Sede Tacna, con Certifi cado de Búsqueda
Catastral de fecha 03 de enero de 2014 sobre la base del
Informe Técnico Nº 0008-2014-ZRNºXIII/UREG-ORM-R
de fecha 02 de enero de 2014 la Ofi cina de Catastro de la
Zona Registral Nº XIII - Sede Tacna, señala que, sobre el
predio solicitado, se encuentra sobre ámbito que no cuenta
con antecedentes registrales;
Que, realizada la inspección técnica con fecha 18 de
marzo de 2014, se verifi có que el terreno es de naturaleza
eriaza de topografía irregular y presenta un suelo
arenoso;
Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General
del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que
los predios que no se encuentren inscritos en el Registro
de Predios y que no constituyan propiedad de particulares,
ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de
dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la
primera inscripción de dominio a favor del Estado del
terreno eriazo de 119,548.55 m², de conformidad con el
Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado
por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva
Nº 001-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-
2004/SBN, que regulan el trámite de la primera inscripción
de dominio de predios a favor del Estado;
Que, los incisos a) y p) del Artículo 44º del “Reglamento
de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por
Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha
21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de
Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y
aprobar los actos de adquisición y administración de los
bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir
las Resoluciones en materia de su competencia;
De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del
Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento
aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA
y modifi catorias;
Estando a los fundamentos expuestos en el Informe
Técnico Legal Nº 0409-2014/SBN-DGPE-SDAPE de fecha
24 de junio de 2014;
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba